Estos son todos los feriados que tendrá Ecuador en febrero de 2026
Además del esperado feriado de Carnaval, varios cantones y provincias de Ecuador tendrán días de descanso en febrero de 2026 por sus festividades locales.

Turistas en una playa de Manta, en la provincia de Manabí, en enero de 2023.
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Ecuador se alista para un nuevo feriado nacional, el de Carnaval. Pero, además, en febrero hay varios días festivos locales, por los que también hay descanso obligatorio, según lo establece la Ley de Feriados.
El lunes y martes de Carnaval son de descanso obligatorio y se suman el sábado y domingo previos, formando un puente festivo.
El feriado de Carnaval será uno de los más largos y esperados del año, por lo que las diferentes ciudades ya se preparan para el movimiento turístico. Tras esta celebración, el mundo católico iniciará la época de Cuaresma, a partir del Miércoles de Ceniza.
La Ley de Feriados establece 10 feriados nacionales en Ecuador. Además, fija como días de descanso obligatorio las fechas de independencia de o creación de las diferentes provincias y cantones del país.
Por lo tanto, en febrero de 2026 los siguientes días erán feriado:
- 7 de febrero: Cantonización de Pueblo Viejo (Los Ríos)
- 9 de febrero: Cantonización de Urcuquí (Imbabura)
- 10 de febrero: Cantonización Penipe (Chimborazo)
- 12 de febrero: Provincialización de Napo
- 12 de febrero: Cantonización de Antonio Ante (Imbabura)
- 13 de febrero: Provincialización de Sucumbíos
- 14 de febrero: Cantonización de San Miguel de los Bancos (Pichincha)
- 14 de febrero: Cantonización de El Pangui (Zamora Chinchipe)
- 15 de febrero: Cantonización de 24 de mayo (Manabí)
- 18 de febrero: Provincialización de Galápagos
- 18 de febrero: Cantonización de San Cristóbal (Galápagos)
- 18 de febrero: Cantonización de Santa Cruz (Galápagos)
- 26 de febrero: Cantonización de Yanzatza (Zamora Chinchipe)
- 26 de febrero: Cantonización de Paute (Azuay)
- 27 de febrero: Cantonización de Déleg (Cañar)
- 27 de febrero: Cantonización de Girón (Azuay)
La Ley establece que si un día de feriado local cae viernes o lunes, el descanso será el mismo día. Pero si cae en domingo, martes o miércoles, el asueto se traslada al lunes. Si cae jueves o sábado, se mueve para el viernes.
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