Senae publica la resolución que sube al 100% el arancel a las importaciones de Colombia
El aumento del arancel o tasa de seguridad a los productos de Colombia entrará en vigencia el 1 de mayo de 2026, según consta en la resolución de Senae.

Vista general de zona de frontera entre Ecuador y Colombia y del puente de Rumichaca, el 23 de enero de 2026.
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Gonzalo Calvache, PRIMICIAS
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El Servicio Nacional de Aduana de Ecuador (Senae) oficializó el incremento de la tasa de seguridad o arancel del 50% al 100% a los productos originarios de Colombia y que ingresen al territorio ecuatoriano, como lo había anunciado el presidente Daniel Noboa, situación que agrava la guerra comercial entre los dos países.
El Ministerio de Producción de Ecuador anunció el incremento del arancel al 100% el 9 de abril, después de varios enfrentamientos entre los presidentes Daniel Noboa y Gustavo Petro, a través de redes sociales, porque el colombiano volvió a referirse a la situación del exvicepresidente Jorge Glas.
Tras el anuncio del aumento del arancel a Colombia al 100%, el mandatario colombiano reaccionó y dijo que la medida es una "monstruosidad", además, dijo que eso significa el "fin del Pacto Andino" para su país.
El documento de Senae fue firmado el 9 de abril de 2026. El arancel del 100% aplicará desde el 1 de mayo de 2026 para los productos que se encuentran bajo los regímenes aduaneros de importación, de excepción y otros regímenes aduaneros, con las salvedades establecidas.
Según el documento de Senae, el objeto de la implementación del arancel del 100% a los productos provenientes de Colombia es "fortalecer los mecanismos de control aduanero y seguridad nacional".
Las importaciones petroleras y de generación energética se mantienen libres del arancel, según consta en la resolución de la Aduana. Sin embargo, Colombia mantiene suspendida la venta de energía eléctrica a Ecuador desde enero de 2026, cuando inició la guerra arancelaria.
Estos son los principales puntos de la resolución
- El Servicio de Rentas Internas (SRI) será el encargado de habilitar los medios de pago de la tasa, que será administrada por la Aduana.
- Deben pagar la tasalas personas naturales o jurídicas que ingresen mercancías que provengan o que sean originarias de Colombia y que ingresen al territorio aduanero.
- La tasa del 100% se calculará sobre el valor en aduana de las mercancías que provengan o que sean originarias de Colombia.
Además, hay algunos ítems que no deberán pagar el arancel del 100%:
- Las mercancías que se amparen en los regímenes aduaneros de admisión temporal para perfeccionamiento activo, reimportación en el mismo estado, devolución condicionada, tránsito aduanero, reembarque, vehículo de uso privado de turista y transbordo.
- Cualquiera de las formas de culminación: regímenes aduaneros de importación y otros regímenes aduaneros.
- Importaciones petroleras y de generación energética y afines, de conformidad con el anexo que emita la Dirección General.
- Los sujetos pasivos que no tienen la obligación de presentar Declaraciones Aduaneras.
Las relaciones comerciales entre Ecuador y Colombia llegan a su punto más crítico tras casi tres meses desde que el Gobierno de Daniel Noboa anunció la imposición de una tasa de seguridad del 30% al país vecino, con el argumento de que Colombia no tiene un control eficiente de su frontera.
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