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Economía

¿En qué se diferencian las evaluaciones por desempeño y la supresión de puestos en el sector público?

Conozca las principales diferencias entre las evaluaciones de desempeño y la supresión de puestos con las que el Gobierno podría desvincular a funcionarios. 

Una funcionaria del SRI asesora a un contribuyente sobre obligaciones tributarias, en una brigada móvil de la Administración Tributaria, el 11 de febrero, en Baños de Agua Santa, Tungurahua. Imagen referencial.

Una funcionaria del SRI asesora a un contribuyente sobre obligaciones tributarias, en una brigada móvil de la Administración Tributaria, el 11 de febrero, en Baños de Agua Santa, Tungurahua. Imagen referencial.

- Foto

SRI / X

Autor:

Patricia González

Actualizada:

25 jul 2025 - 18:04

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El Gobierno de Daniel Noboa busca achicar el tamaño del Estado con el fin de reducir el gasto público y aumentar la eficiencia, lo que implicará la desvinculación de miles de servidores, que comenzó desde el 24 de julio de 2025 en varias entidades públicas. 

Estas desvinculaciones podrían ocurrir por dos vías: 

  • Supresión de puestos, con base en una nueva norma técnica. 
  • Evaluaciones de desempeño, en caso de obtener las calificaciones más bajas-  

Los dos procesos se fundamentan en la Ley de Integridad Pública, la Ley de Orgánica de Servicio Público (Losep), los reglamentos de estas normas y resoluciones del Ministerio del Trabajo. Pero, tienen diferencias en su implementación. 

  • Despidos en el sector público de Ecuador: funcionarios de entidades como el IESS ya fueron notificados

Estas son las principales diferencias entre ambos procesos: 

  1. 1

    ¿A quiénes aplica?

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    Las evaluaciones de desempeño deberán aplicarse a todos los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones, con base en la norma que defina para tal fin el Ministerio del Trabajo. 

    En cambio, en el proceso de supresión de puestos solo debe incluirse a servidores que sean "personal de carrera con nombramiento permanente". No aplica para contratos de servicios ocasionales y nombramientos provisionales. 

    Además, están exentos de la supresión de puestos personas con discapacidad o quienes tengan personas a su cuidado con discapacidad; mujeres embarazadas o con licencia de maternidad; servidores en uso de licencia sin remuneración o comisión de servicios con remuneración, por estudios de formación; servidores ascendidos en períodos de prueba. 

  2. 2

    ¿En qué consisten?

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    Las evaluaciones de desempeño son pruebas que se aplicarán a los servidores para medir la calidad de su trabajo, conducta institucional, eficacia en el uso del tiempo, responsabilidad, aportes al mejoramiento institucional, resultado del liderazgo de procesos internos, trabajo en equipo.

    Los resultados de las evaluaciones se medirán de forma cualitativa, con cinco niveles de calificación: excelente, muy bueno, satisfactorio, regular e insuficiente. 

    La calificación que obtenga el servidor servirán de base para promociones, reconocimientos, ascensos o cesaciones de puestos. Es decir, de estas evaluaciones dependerá la estabilidad laboral del trabajador público. 

    Por su parte, la supresión de puestos en el sector público implica de manera directa la salida de un servidor con nombramiento permanente y la eliminación de la partida presupuestaria correspondiente, con base en un informe. 

    Las razones para que se lleve a cabo la supresión deberán estar justificadas en el informe, por ejemplo: duplicidad de funciones, procesos de reestructura interna, fusiones de entidades, condiciones presupuestarias adversas, cambios para incrementar la eficiencia. 

  3. 3

    ¿Cuándo se produce la desvinculación?

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    En el caso de las evaluaciones de desempeño, los servidores que corren el riesgo de ser despedidos son aquellos que obtengan dos veces seguidas la calificación de 'regular' o si en un proceso de evaluación resulta con la calificación de 'insuficiente por deficiencia laboral grave'. 
    ​
    ​Sin embargo, en ambos casos, antes de que ocurra la destitución debe proceder el sumario administrativo, es decir, una investigación en la que se determina si un servidor ha incurrido en faltas administrativas graves o incumplimientos a sus obligaciones. 
    ​
    ​Toda calificación, incluida la de insuficiente, podrá ser objeto de reconsideración y recalificación por parte del evaluado, según el Reglamento a la Ley de Integridad Pública. 

    Mientras tanto, en el caso de la supresión de puestos, la desvinculación es el fin de ese proceso, con base en un informe que lo justifique. Una vez que el Ministerio del Trabajo apruebe el informe, la entidad dispone la supresión del puesto y ordena el pago de la liquidación e indemnización al servidor con nombramiento permanente. 

  4. ¿Cada cuánto se aplicarán estos procesos?

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    Según la Ley de Integridad Pública, con la que se reformó la Losep, las evaluaciones de desempeño a los servidores públicos deberán realizarse de manera semestral. 

    La supresión de puestos puede aplicarse en cualquier momento, con un informe justificativo. 

  5. 4 

    ¿Cuándo comenzarán estos procesos? 

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    La Ley de Integridad Pública establece en su Disposición Transitoria Novena que el Ministerio del Trabajo iniciará en el plazo máximo de 90 días un proceso nacional de evaluación desempeño a los servidores públicos. 

    Sin embargo, aclara que los resultados del primer proceso de evaluación no generarán "efectos sancionatorios", sino que servirán de base para "el ajuste de estándares internacionales, y la posterior implementación de los procesos de evaluación".

    Sobre la supresión de puestos, la Disposición Transitoria Séptima del Reglamento de la Ley de Integridad Pública indica que las instituciones que conforman la Función Ejecutiva tienen un plazo máximo de tres meses para efectuar los procedimientos de supresión de puestos, con base en el informe técnico y económico respectivo. 

    Pese a estos plazos, el Gobierno nacional anunció el 24 de julio la desvinculación de 5.000 servidores de la Función Ejecutiva, áreas administrativas del sector público y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). 

    La vocera oficial de Carondelet, Carolina Jaramillo, justificó el despido de estos funcionarios en la falta de eficiencia. Y aseguró que las desvinculaciones están sustentadas en informes individuales. 

    Sin embargo, al momento no se conocen esos informes, las entidades en las que se están realizando las cesaciones de puestos ni los tipos de contratos que tenían estos servidores. 

    El Reglamento a la Ley de Integridad Pública también da un plazo máximo de tres meses para que las entidades de la Función Ejecutiva den por terminados aquellos contratos de servicios ocasionales y nombramientos provisionales que no respondan "a los principios de racionalización, optimización y funcionalidad". 

    No obstante, no detalla un plazo para supresión de puestos o terminaciones de contratos de servicios ocasionales y nombramientos provisionales en otras entidades del sector público, como las de la seguridad social, donde ya comenzó la salida de funcionarios, tras el anuncio del Gobierno nacional. 

  • #servidores
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  • #Ley de Integridad Pública
  • #Función Ejecutiva
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