Si el paquete viene directo de China, no debería pagar USD 20 del impuesto al 4x4, dice exministro de Comercio
El Tratado de Libre Comercio firmado con China hace un año incorpora un capítulo de no restricción al comercio electrónico bilateral. Una guía de preguntas y respuestas sobre la nueva tarifa al 4x4.

Imagen referencial de una fábrica del gigante del comercio eléctronico chino, Shein, en Guangzhou, 24 de junio de 2024.
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AFP
Autor:
Santiago Ayala Sarmiento
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El Gobierno decidió que, desde el 16 de junio de 2025, las compras realizadas en el exterior bajo el mecanismo 4x4 pagarán una tarifa de USD 20 por cada paquete.
La medida, según el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, tiene por objetivos "proteger el empleo formal y la producción ecuatoriana, fomentar un comercio justo y equitativo, evitar el uso comercial no regulado del régimen 4x4 y corregir distorsiones de mercado que afectan a importadores. El mecanismo fue creado para facilitar compras personales desde el exterior".
Sin embargo, hay algunas dudas que surgen una vez conocida la resolución del Comité de Comercio Exterior (Comex). Ante el silencio de los courier, que aseguraron estar analizando el tema al interior de la Asociación Ecuatoriana de Empresas de Mensajería Expresa y Courier (Asemec), PRIMICIAS consultó con el exministro de Comercio Exterior, Daniel Legarda, sobre algunas dudas de operatividad:
¿La tarifa de USD 20 al 4x4 aplica para todos?
En efecto, aplica para todas las personas que se acogen o importan bienes para consuno personal, a través del régimen courier del 4x4. Por ejemplo, si una persona importa un paquete bajo este régimen por USD 100 debe pagar este monto más USD 20 de arancel. Es un valor fijo. Si importa USD 400, que es el máximo de un envío baja este régimen, igual paga esos USD 20. El Comex estableció la tarifa por paquete, la unidad de medida no es el monto ni el valor sino el paquete.
Es decir, ¿ya no hay ningún beneficio por comprar vía 4x4?
Sí, aún conserva los beneficios, porque sigue siendo un régimen en el que no se paga impuestos sobre los productos, porque es para el consumo personal, no para la venta, para la comercialización. Es decir, las personas pueden traer máximo USD 1.600 al año, que podrían ser hasta cuatro envíos de USD 400. Eso no cambia. Pero ahora se deberá pagar USD 20 por cada envío.
La resolución aclara que la tarifa de USD 20 por envío no aplica para el régimen migrante. ¿Cuál es la diferencia?
El régimen migrante se creó con base en la Ley del Migrante. Allí se establecen algunos requisitos que deben cumplir los migrantes, como registrarse en los consulados y embajadas de Ecuador para ser beneficiarios de ciertos envíos. No tiene límites y no están sujetos a tasas ni impuestos. Por lo tanto, tampoco aplica este arancel fijo de USD 20.
¿Se puede dar un traslado del uso del régimen courier al migrante?
Puede suceder que ahora se intensifique el régimen migrante. Porque al final no tiene sentido tener dos regímenes. Cuando estuve en el Ministerio tratamos de igualar, en la medida de lo posible, estos regímenes, para que no existan distorsiones y que la Aduana tenga elementos. Caso contrario no existe forma de controlarlo y se va a incentivar a que todo venga de forma ilegal.
¿Puede recrudecer el contrabando?
El régimen 4x4 de por sí tiene varios objetivos de política publica que se persiguen y que se deben tener en cuenta: el logístico, el acceso mejorado en precio a bienes importados para los ciudadanos y reducir o evitar los temas de contrabando.
Si hay un problema en torno a la comercialización se deben incrementar los controles a esos actos. Además hay que realizar una revisión a las empresas de courier, de que cumplen con un estándar mínimo, de seguimiento a sus clientes, etc. Poner más restricciones al courier no va a impedir que se reduzca la comercialización interna, que es lo que se quiere atacar.
¿Dónde hace falta más control?
La mejor forma de contrarrestar estos efectos está en el control posterior sobre lo que tiene potestad la Aduana y el SRI. Si se ve una publicación en una red social, de una empresa o persona que vende productos y que no tiene ningún tipo de registro de importación ni tampoco factura, ahí es donde se debe realizar los controles. El tema es reforzarlos, pero no complicar el régimen, porque si se complica mucho se va a generar un incentivo al "maleteo”, a esos anuncios de que se cobra USD 7 la libra, o lo que sea, por traer mercadería del exterior.
¿Quién debe cobrar la nueva tarifa de USD 20?
El courier seguramente debe hacer el pago a la Aduana, porque ellos son quienes realizan el trámite de importación. Ese costo luego lo trasladará al consumidor final.
Hay una práctica de los courier que de una compra segmentan el paquete en varios más pequeños. ¿Se debe pagar USD 20 por cada uno de ellos?
No. A eso se le llama operaciones de consolidación de carga. Finalmente, empresas de consolidación y aéreas no traen de paquete en paquete sino como una carga consolidada que van a un mismo destino. Los couriers internos tienen sus oficinas para redistribuir esos paquetes. Es una práctica de eficiencia en la cadena logística y es normal en todo el mundo.
¿Este es un golpe directo a las compras de plataformas chinas?
Debemos tener en cuenta que hay un Tratado de Libre Comercio (TLC) con China que está vigente. Tiene un capítulo de comercio en el que se establece que el comercio 'on line' tendrá el mismo tratamiento que el comercio 'off line'. Para los envíos de comercio electrónico directos desde China se debería aplicar lo que dice el acuerdo internacional que está por encima de las resoluciones del Comex.
¿Eso quiere decir que las compras directas desde China no deberían pagar los USD 20?
Si es que es un envío directo no debería pagar. Si no lo es, sí debe pagar. Cuando se traten de envíos consolidados en otros países, por ejemplo un montón de carga que primero se consolida en una bodega en Estados Unidos, ya no es un envío directo. Hay que tener en cuenta de que el TLC está vigente y las autoridades deben aclarar esto.
Preguntas básicas del mecanismo 4x4
¿Qué es el mecanismo 4x4?
- El sistema courier 4x4 o B permite importar un peso máximo de hasta 4 kilogramos (8,6 libras) y un valor máximo de USD 400. El cupo anual es de de USD 1.600.
¿Quiénes pueden utilizar el mecanismo?
- Todas las personas naturales, que sean mayores de edad y ecuatorianas. El objetivo de la compra debe ser únicamente el uso personal y sin fines comerciales.
¿Qué se puede importar a través de este mecanismo?
- Textiles, zapatos, artículos del hogar, videojuegos, tablets y laptops, vitaminas. Máximo tres artículos similares por cada categoría.
¿Qué no se puede importar a través de este mecanismo?
- Dinero en efectivo, joyas, armas, animales, marfil, ropa usada, medicinas, artículos publicitarios, tabaco, bebidas alcohólicas, repuestos usados.
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