Textileros temen que acuerdo con Estados Unidos abra la puerta para importar ropa usada, piden que el texto se aclare
El acuerdo con Estados Unidos permite importar bienes remanufacturados. La aclaración del Gobierno de que esto no incluye ropa usada no deja tranquilo al sector textil que pide aclaraciones en el texto.

Imagen referencial de productos que se benefician del acuerdo comercial entre Estados Unidos y Ecuador.
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Autor:
Redacción Primicias
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El Acuerdo de Comercio Recíproco (ART), firmado entre Ecuador y Estados Unidos el 13 de marzo de 2026, no solo incluye cambios arancelarios para el comercio entre los dos países.
El documento, que podría entrar en vigencia en agosto de 2026, también plantea cambios "no arancelarios".
Y uno que ha llamado la atención es el que plantea facilitar importaciones de bienes remanufacturados y reacondicionados desde Estados Unidos a Ecuador.
El artículo 2.1 del acuerdo dice que Ecuador "eliminará las restricciones a las importación y los requisitos de licencia sobre los productos remanufacturados y reacondicionados de Estados Unidos".
Esto, "mediante la emisión de un decreto que exima a las importaciones de productos remanufacturados y reacondicionados de los Estados Unidos de cualquier restricción o licencia".
Lo que ha causado dudas es que el artículo es amplio y no detalla excepciones.
¿Qué artículos se podrán traer?
Joaquín Ponce, abogado en asuntos corporativos y regulatorios, explica que en Ecuador, la normativa en general no prohíbe las importaciones de bienes remanufacturados o reacondicionados.
"De hecho, es muy común que se importe maquinaria remanufacturada para las diversas industrias no hay ninguna prohibición, porque es necesario en los procesos productivos", añade David Molina, director de la Cámara de la Industria Automotriz Ecuatoriana (Cinae).
Es así que a Ecuador se pueden traer generadores eléctricos, computadoras, laptops o tablets remanufacturadas.
Esto, siempre que cuenten con la garantía del fabricante de haber pasado por un proceso de reacondicionarlos para dejarlos listos para uso y que se comunique al cliente que se trata de un bien de esa naturaleza, no nuevo.
De ahí que el debate ha surgido en torno a, ¿qué prohibiciones son entonces las que Ecuador debería retirar para Estados Unidos?
En la legislación existen prohibiciones específicas para traer vehículos y ropa que no sean nuevos, aclara Ponce.
Y aunque existan prohibiciones de rango local, como las establecidas en las resoluciones del Comex, si el acuerdo comercial no las reconoce y entra en vigencia, este último las podría anular y por ende liberar dichas prohibiciones, añade el abogado.
En el caso de vehículos, hay dos documentos con prohibición expresa que impide que Ecuador importe componentes, partes y piezas "reconstruidas o reacondicionadas".
Una es el acuerdo de Complementación firmado entre Colombia y Ecuador en 1999.
El otro es la resolución 51 del Comité de Comercio Exterior Comex, que establece que solo se podrán importar vehículos nuevos y que su año modelo corresponda a aquel en el que se realice la importación o al año siguiente de la importación.
El vocero de Cinae no cree que este artículo del acuerdo abra la posibilidad de importar "vehículos remanufacturados", pues ese concepto no se aplica para los carros.
"Está prohibido traer carros usados, por temas de seguridad. Y, por otro lado, para que un carro sea remanufacturado se necesitaría que buena parte de los componentes del carro estén cambiados y eso sería demasiado costoso y difícil, no es algo común", dice.
Lo que sí ocurre es que se remanufacturan componentes específicos de los carros, como por ejemplo, un motor, agrega.
De ahí que el vocero del gremio considera que el acuerdo con Estados Unidos podría abrir la puerta para que lleguen partes y piezas remanufacturadas, que se usarían para repuestos.
Y en el caso de los textiles, la resolución 182 del Comex, establece que está prohibido importar a Ecuador ropa y calzado usado. En este caso, las preocupaciones surgen en torno a identificar si es lo mismo "usado" que "reacondicionado".
Camilo Ontaneda, presidente ejecutivo de la Asociación de Industriales Textiles del Ecuador (Aite), explica que el término "remanufacturar" no se utiliza en el sector de la ropa y zapatos. Lo que sí existe es la ropa o el calzado "reacondicionado", añade.
Aunque la resolución 182 del Comex no utiliza el término "reacondicionar", Ontaneda dice que en esencia, una prenda o calzado reacondicionado debería ser entendido como algo usado.
Y pone como ejemplo que algo reacondicionado puede ser una chaqueta que ya tuvo un uso, pero que tras un proceso de confección se le hacen cambios como nuevos botones, nuevo forro "y con eso le dan una segunda vida, y se vuelve a vender".
Hay preocupación en el sector industrial
De ahí que al sector textil le preocupa que el artículo del acuerdo, por ser tan general, pueda dar paso a interpretaciones perjudiciales para la industria local, y que haya intentos de traer ropa usada.
"No es que estamos en contra del acuerdo, pero esperamos que se aclare mejor la definición de los términos de este artículo. El Presidente ha dicho que el acuerdo no está escrito en piedra, por eso esperamos que se revise esta parte", añade Ontaneda.
Para el vocero del sector textil, es importante que si se renegocia el acuerdo en agosto de 2026, como dijo el presidente Daniel Noboa, se incluya una aclaración al artículo 2.1.
Luis Alberto Jaramillo, ministro de Producción y Comercio Exterior aclaró a PRIMICIAS que el artículo del acuerdo "no aplica para ropa ni vehículos usados".
Sin embargo, en la industria local esperan que esa aclaración se haga mediante una resolución y no se quede solo en declaraciones verbales, para evitar malinterpretaciones.
¿Hay diferencias entre usados y remanufacturados?
Jaramillo enfatizó que los bienes remanufacturados no son iguales a los usados.
El Ministro dijo que los bienes remanufacturados se definen como "productos que han sido previamente utilizados y que, mediante un proceso industrial completo, son desmontados, inspeccionados, reparados o reconstruidos, reensamblados y sometidos a pruebas".
Según el Ministro, en estos procesos, "los bienes son restituidos a condiciones de funcionamiento y calidad equivalentes a las de un bien nuevo".
Este proceso implica la sustitución de componentes defectuosos y el cumplimiento de estándares técnicos definidos, añadió Jaramillo.
De hecho se diferencian de los bienes usados o reparados en que incluso pueden contar con garantía similar a la de productos nuevos, dijo el Ministro.
El acuerdo más bien impulsaría el acceso del sector productivo ecuatoriano a maquinaria industrial, agrícola y de construcción de esta naturaleza, añadió el Ministerio.
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