Viernes, 29 de marzo de 2024

Junta emite resolución para eliminar información del buró de crédito

Autor:

Gabriela Coba

Actualizada:

15 Jul 2021 - 11:56

El presidente Guillermo Lasso aseguró que 1,7 millones de personas se beneficiarán por este decreto que firmó al asumir la Presidencia, el 24 de mayo.

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Autor: Gabriela Coba

Actualizada:

15 Jul 2021 - 11:56

Personas en una agencia de una cooperativa de ahorro en Ecuador, en 2020. - Foto: Cooperativa de Ahorro y Crédito15 de Abril Ltda/ Facebook

El presidente Guillermo Lasso aseguró que 1,7 millones de personas se beneficiarán por este decreto que firmó al asumir la Presidencia, el 24 de mayo.

La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera emitió una resolución en la que establece los lineamientos para que los burós de crédito eliminen de sus registros la información histórica de ciudadanos con deudas vencidas inferiores a USD 1.000.

Según la resolución, se entenderá como deuda vencida al saldo de capital adeudado por una persona hasta el 24 de mayo de 2021, en entidades del sistema financiero e instituciones o empresas que otorgan crédito, teniendo en cuenta los siguientes límites:

  • Bancos y cooperativas

En los bancos públicos y privados y en las cooperativas de los segmentos 1 y 2 se eliminará la información correspondiente a obligaciones vencidas por un saldo de capital menor a USD 1.000. 

  • Otras cooperativas

Para el caso de las cooperativas de los segmentos 3, 4 y 5, y de cualquier otra institución del sistema financiero que no se mencione en el punto anterior, la información que se elimina del buró de crédito es la de operaciones con saldo de capital inferior a USD 500. 

  • Casas comerciales

Si las deudas son en instituciones que entreguen créditos a sus clientes y que no hayan sido mencionadas en los casos anteriores, como las casas comerciales la información que se borrará será aquella correspondiente a operaciones con un saldo de capital inferior a USD 100. 

La deuda total consolidada, que es la suma de los impagos mencionados antes, no puede exceder USD 1.000, teniendo en cuenta los límites establecidos para cada segmento.

Las instituciones y empresas públicas que prestan el servicio de referencias crediticias continuarán reportando los vencimientos en que incurran las personas después del 24 de mayo de 2021.

Se mantiene el cobro

La resolución explica que la eliminación de la información de los registros de los burós, no supone la pérdida de derecho de cobro. "Se mantiene la obligación y facultad de continuar realizando la gestión de cobro para la recuperación de la cartera", sostiene la resolución.

Además la Junta dice que los casos en los que existan dudas serán absueltos por la Superintendencia de Bancos.

La resolución completa de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera: