Miércoles, 24 de abril de 2024
Economía y Desarrollo

La economía popular y solidaria excluida de las políticas de Gobierno

Andrés Mideros Mora

Andrés Mideros Mora

Doctor en Economía, máster en Economía del Desarrollo y en Política Pública. Director general académico de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

Actualizada:

21 Sep 2021 - 19:50

La Constitución de Ecuador establece, en el artículo 283, que el sistema económico es social y solidario; donde el ser humano es el sujeto y su bienestar es el fin, en armonía con el ambiente.

Este sistema se integra por organizaciones económicas de carácter público, privado, mixto y, popular y solidario. El subsistema de la economía popular y solidaria (EPS) se conforma por los sectores asociativos, cooperativos, comunitarios y económicos populares.

El sector comunitario corresponde a organizaciones territoriales, familiares o identitarias, que mediante el trabajo conjunto producen, intercambian y/o consumen bienes y servicios, de manera solidaria y autogestionada.

Por su parte, las unidades económicas populares son las que se dedican a la economía del cuidado, emprendimientos unipersonales, familiares, domésticos, de comercio minorista y talleres artesanales, desde la promoción de la asociatividad y la solidaridad.

Adicionalmente, integran la EPS el sector financiero constituido por cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, y cajas de ahorro.

De acuerdo a datos de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), a septiembre de 2021, se contabilizan 15.686 organizaciones de EPS, de las que participan 504.363 personas, el equivalente al 6,1% de la población económicamente activa (PEA), en el sector real de la economía (producción, intercambio y consumo).

En cuanto al sector financiero de la EPS, se registran 502 entidades, de las que participan 8.349.743 personas, equivalentes al 65,9% de la población en edad de trabajar (PET).

La relevancia de la EPS tanto en términos económicos como sociales, fundamenta que en la Constitución se establezca, por ejemplo, en el artículo 288 que en las compras públicas se debe dar prioridad a productos y servicios de la EPS; y el artículo 311 que el Estado debe dar un tratamiento diferenciado y preferencial a las iniciativas que impulsen a la EPS.

Sin embargo, la EPS está ausente de la política de gobierno. No se ha hecho ningún anuncio de política de reactivación para este sector.

En la Proforma del Presupuesto General del Estado (PGE) enviada a la Asamblea, el presupuesto del Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria (IEPS), entidad encargada del fomento de la EPS, se mantiene en USD 5,4 millones (que representa el 0,01% del PGE).

Eso mantiene una tendencia de reducción en comparación con los presupuestos iniciales de 2020 y 2021 que fueron de USD 6 millones y USD 5,7 millones, respectivamente. Evidenciando la poca prioridad que se le ha dado al sector, y que ahora implica su exclusión de las políticas económicas poscrisis.

Finalmente, en la información disponible en la página web de la Secretaría Nacional de Planificación, sobre el Plan Nacional de Desarrollo no hay mención alguna a la EPS; pero se habla de “emprendimientos populares” siendo una categoría ajena al marco normativo vigente, y que rompe con la lógica solidaria de la EPS.

La invisibilización de la EPS en la política de gobierno no solo constituye un nuevo incumplimiento de la Constitución, sino que además excluye de opciones económicas de reactivación a los sectores más vulnerables de la población, lo que conllevará a mayores desigualdades y profundización de la pobreza.

Las opiniones expresadas por los columnistas de PRIMICIAS en este espacio reflejan el pensamiento de sus autores, pero no nuestra posición.

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