Jueves, 28 de marzo de 2024

La prisión preventiva, con nuevas reglas para su aplicación en Ecuador

Autor:

Teresa Menéndez

Actualizada:

21 Dic 2021 - 13:36

La Corte Nacional de Justicia emitió una resolución que apunta a que no se use este recurso de forma excesiva. Según el Gobierno, esto ha contribuido al hacinamiento carcelario.

Imagen del hacinamiento carcelario, atribuido a la prisión preventiva.

Autor: Teresa Menéndez

Actualizada:

21 Dic 2021 - 13:36

La Policía realizó operativos en el Centro de Privación de Libertad de Varones del Guayas, donde se produjeron disturbios el 12 y 13 de junio de 2021. - Foto: Policía Nacional

La Corte Nacional de Justicia emitió una resolución que apunta a que no se use este recurso de forma excesiva. Según el Gobierno, esto ha contribuido al hacinamiento carcelario.

La prisión preventiva, un recurso contemplado en la normativa de Ecuador, tendrá ajustes. Una resolución de la Corte Nacional de Justicia aclara a jueces y fiscales las reglas sobre el uso de este recurso.

"La prisión preventiva es una medida cautelar personal excepcional, debe ser solicitada y ordenada de conformidad con las circunstancias de cada caso concreto", recoge el documento.

En la reglamentación, del 15 de diciembre de 2021, la Corte recalca que "podrá ser impuesta solo cuando se desprenda procesalmente que ninguna otra medida cautelar personal es útil y eficaz".

Al momento de fundamentar su solicitud, la Fiscalía deberá justificar que se cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal.

Casos para la prisión preventiva

En este sentido, Fiscalía tiene que demostrar que las medidas alternativas no son suficientes y que se debe aplicar la prisión preventiva, bajo estos parámetros básicos:

  1. Que los hechos delictivos se ajustan a un delito de acción penal pública sancionado con una pena privativa de libertad superior a 1 año.
  2. Que sea probable que la persona procesada sea autor o cómplice del hecho imputado. La sola existencia de indicios de responsabilidad no constituye razón suficiente.
  3. La justificación de que las medidas cautelares alternativas son insuficientes para evitar el riesgo procesal.

Situación de este recurso

En varias intervenciones, autoridades del Gobierno han señalado que el "uso excesivo" de la prisión preventiva ha contribuido al hacinamiento del 28% en las cárceles del país.

Según una investigación del Instituto de Altos Estudios Nacionales, entre 2014 y 2016, el 95% de los 360 casos tuvo prisión preventiva y apenas el 5%, medidas alternativas.

Fiscalía aún no se pronuncia sobre la resolución de la Corte, pero en su momento instó a sus agentes a regular el uso de la prisión preventiva. Lo hizo a raíz de la última masacre carcelaria.

En los últimos años, personajes y exfuncionarios como Pablo Celi, Daniel Salcedo, Jacobo Bucaram, entre otros, han estado o permanecen en prisión preventiva, por pedido de Fiscalía y posterior decisión de los jueces.