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Política

Qué cambios a la Constitución plantea Noboa en su nuevo paquete de preguntas

Entre las nueve preguntas nuevas que el Gobierno envió a la Corte Constitucional, hay seis propuestas de enmiendas constitucionales y tres de consulta popular.

El presidente Daniel Noboa preside la mesa de seguridad en Manta este 5 de enero de 2024.

El presidente Daniel Noboa preside la mesa de seguridad en Manta este 5 de enero de 2024.

Presidencia

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

11 ene 2024 - 10:53

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El Gobierno, finalmente, confirmó las nueve preguntas adicionales que envió a la Corte Constitucional, como un segundo paquete después del envío de las 11 preguntas de consulta popular que entregaron a inicios de mes.

Estas nuevas preguntas son iniciativas de consulta popular mezcladas con enmienda constitucional, es decir cambios a la Constitución.

El anuncio de las nueve preguntas nuevas se hizo el 8 de enero de 2024, pero recién se enviaron un día después, tras una aclaración de la Corte Constitucional. El viceministro de Gobierno, Esteban Torres, aseguró que las preguntas fueron presentadas por vía digital el 9 de enero.

Entre las nueve preguntas, seis proponen cambios a la Constitución. La Corte Constitucional deberá revisarlas y determinar si son reformas que se pueden hacer mediante enmienda, con votación en un referendo, o mediante reforma, a través de la Asamblea.

El segundo paquete ingresó a la Corte Constitucional como un trámite separado del anterior. La causa, que se tramitará como reformas constitucionales, fue sorteada a la jueza Karla Andrade.

  • Consulta popular: las razones por las que 10 de las 11 preguntas no requieren ir a las urnas

Las nueve nuevas preguntas

Las seis propuestas de consulta y enmienda constitucional, si pasan la revisión de la Corte, deberán ir a referendo; es decir, que los ecuatorianos deberán decidir si se implementan o no.

Estas son las propuestas y los argumentos que plantea el Gobierno:

  1. 1

    Extradición

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    Actualmente, la Constitución establece que "en ningún caso se concederá la extradición de un ecuatoriano. Su juzgamiento se sujetará a las leyes del Ecuador". La pregunta que plantea Noboa es una enmienda constitucional para permitir la extradición de ecuatorianos de acuerdo a los requisitos establecidos en la Constitución y la ley.

    El anexo de la pregunta propone que la Constitución diga: "La extradición se solicitará y se concederá de acuerdo con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en esta Constitución, los instrumentos internacionales de los que es parte Ecuador y, en lo no regulado en aquellos, por la Ley". Esta pregunta es distinta a la planteada por Guillermo Lasso (en la que ganó el "No"), que proponía la extradición sólo para los delitos relacionados con el crimen organizado transnacional. Además, Noboa propone que la extradición se conceda "por los jueces establecidos en la Ley, a solicitud de autoridad competente y con la condición de no aplicarse la pena de muerte y otras inhumanas, crueles o degradantes". La iniciativa además asegura que no se concederá la extradición por delitos políticos y conexos, con la exclusión del terrorismo, los delitos contra la humanidad y otros establecidos en los convenios internacionales.
  2. 2

    Extinción de dominio

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    La segunda propuesta de enmienda constitucional habla sobre la extinción de dominio, algo que también se trata en una de las 11 preguntas de consulta popular que envió el mismo Noboa.

    La pregunta de la consulta popular habla de una reforma a la Ley de Extinción de Dominio para hacer el trámite más simple. Aunque no da una propuesta específica, pues habla de que el Presidente enviará un proyecto a la Asamblea. En cambio, esta enmienda constitucional plantea que la Constitución establezca: "La Fiscalía realizará la investigación patrimonial y será sujeto procesal en los juicios de extinción de dominio, que serán imprescriptibles y recaerá sobre bienes de procedencia injustificada, de origen o destino ilícito por cualquier delito, y se aplicará sin necesidad de que se haya dictado previamente una sentencia condenatoria ejecutoriada".
  3. 3

    Minería ilegal

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    Esta pregunta corresponde a una consulta popular, y plantea una pregunta para "erradicar la minería ilegal". Para ello, sugiere evaluar por una sola vez la posibilidad de revocar concesiones mineras (legales) en cuatro zonas:

    • Provincias de Esmeraldas (San Lorenzo), Carchi e Imbabura (Buenos Aires)
    • Provincia de Napo (Yutzupino)
    • Provincias de Zamora Chinchipe (Chinapintza) y Morona Santiago
    • Provincias de Azuay, El Oro y Loja.
    Según los argumentos de la pregunta, esta se fundamenta en que "en muchos casos la minería ilegal se desarrolla dentro de concesiones mineras" y que se estima que esta actividad genera alrededor de USD 800 millones y USD 1000 millones al año. La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables deberá realizar controles e inspecciones de manera aleatoria a fin de "verificar y constatar la existencia de actividades de minería ilegal". Esta pregunta no propone hacer reformas constitucionales ni legales, sino que "persigue la protección de bienes jurídicos superiores como los de seguridad, derechos de la naturaleza, derecho al ambiente sano; entre otros".
  4. 4

    Proyectos de ley calificados como urgentes

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    La propuesta de Noboa plantea una tercera enmienda constitucional. Actualmente, la Constitución dispone que el presidente sólo puede enviar a la Asamblea proyectos económicos urgentes en materia económica, cuyo trámite tarde 30 días. La propuesta es que el presidente pueda enviar proyectos urgentes (trámite de 30 días) en otras materias. Es decir que cualquier proyecto de ley sobre cualquier tema que envíe el Ejecutivo a la Asamblea, pueda ser calificado como urgente.

    Según el documento, la norma actual "no responde a las necesidades públicas existentes" y que "carece de cualquier posibilidad de adaptación a los requerimientos actuales y del futuro". Específicamente, hablan sobre el tema de seguridad, aunque la propuesta es dejar este artículo totalmente abierto.
  5. 5

    Indultos a policías y militares

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    La quinta pregunta del segundo paquete enviado a la Corte Constitucional es nuevamente una propuesta de consulta popular. Esta plantea una reforma al Código Integral Penal, que se suma a las que ya constan en el primer paquete. Esta pregunta se enfoca específicamente en los indultos para miembros de la Policía y Fuerzas Armadas.

    La propuesta es que se incluya en el Código Penal un texto que diga que "el indulto sí podrá concederse durante la sustanciación de la causa penal a la a o el servidor de Policía Nacional, Fuerzas Armadas o del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria a quienes se haya imputado un delito relacionado con el uso de la fuerza en contra de sospechosos de delitos". Es decir, sólo para estos casos, los indultos no se necesitaría tener una sentencia ejecutoriada. El Ejecutivo además propone que el indulto no acarre "ninguna consecuencia jurídica negativa a sus beneficiarios, ni podrán ser desvinculados del servicio público por dicha causa".
  6. 6

    Judicaturas especializadas en materia constitucional

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    La pregunta 6 es nuevamente una iniciativa de enmienda constitucional sobre las garantías constitucionales. Actualmente, la Constitución establece que las garantías (como la acción de proyección y el hábeas corpus) sean sorteados entre cualquier juez del lugar en el que se origine el acto u omisión. La propuesta de Noboa es crear judicaturas especializadas en materia constitucional para resolver las garantías constitucionales, pues "ha habido un incremento exponencial respecto al uso indebido" de estas.

    La propuesta es que las garantías las traten, en primera instancia, "el juez constitucional especializado del lugar en donde se origina el acto u omisión o donde se producen sus efectos". Es decir, que debería haber este tipo de jueces en al menos los 221 cantones del país. Además, dispone la creación de Salas Especializadas en materia Constitucional en las Cortes Provinciales de Justicia, para resolver las apelaciones en segunda instancia. De ganar el "Sí" en esta pregunta, se da el plazo de un año para su implementación.
  7. 7

    Arbitraje internacional

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    La séptima pregunta es otra enmienda constitucional. La Constitución dispone que no se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional. La propuesta de Noboa es que se cambie dicho artículo por uno que diga que sí se podrá celebrar "tratados o suscribir instrumentos internacionales que contemplen reglas de solución de controversias mediante arbitraje internacional".

    La propuesta es que se pueda usar esto en controversias de inversión o de índole contractual o comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas, e incluso en materias relacionadas con endeudamiento externo.
  8. 8

    Jueces especializados en materia penal militar y policial

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    Una nueva propuesta de reforma legal a través de una consulta popular se incluye en el planteamiento de Noboa. En este caso, sugiere que, cuando el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional cometa delitos "dentro de su misión", sean juzgados en todas las etapas procesales por jueces especializados exclusivamente en materia penal militar y policial.

    El principal argumento es que en la Constitución ya consta un artículo que dice que policías y militares serán juzgados por salas especializadas en materia militar y policial. Sin embargo, cuestiona que hasta la presente fecha el Consejo de la Judicatura no lo ha cumplido. Por lo tanto, propone que si gana el "Sí" en esta pregunta, la Asamblea Nacional y el Consejo de la Judicatura, en un plazo de 45 días, deberán reformar el Código Integral Penal y expedir la ley penal y la ley de procedimiento penal en materia militar y policial.
  9. 9

    Contratos a plazo fijo y por horas

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    La última pregunta del segundo paquete también corresponde a una enmienda constitucional. Esta plantea reformar el Código del Trabajo para legalizar el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas. Este se podría aplicar cuando se celebre por primera vez un contrato entre un empleador y un trabajador.

    Actualmente, la Constitución prohíbe la contratación laboral por horas o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras. Sin embargo, según Noboa, "flexibilizar el mercado laboral, ampliando el abanico de posibilidades para generar plazas de trabajo, (...) cumple y favorece la observancia integral de la norma constitucional" Por ello, propone incluir en la Constitución un texto que diga: "El contrato a plazo fijo y por horas no constituyen formas de precarización laboral".
  • #Corte Constitucional
  • #Consulta popular
  • #enmienda constitucional
  • #referendo
  • #Daniel Noboa

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