Viernes, 03 de mayo de 2024

La OEA condena el asalto a la Embajada de México, pero reafirma que se deben respetar las leyes de cada país

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

10 Abr 2024 - 11:03

Los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobaron una resolución de 10 puntos sobre la crisis diplomática entre Ecuador y México. Sin embargo, también se pidió que no se mal utilicen las embajadas y que se respeten las leyes de los países receptores.

Ecuador participó el 9 de abril de 2024 en la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA, para tratar las normas de asilo, después del asalto a la Embajada de México en Quito.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

10 Abr 2024 - 11:03

Ecuador participó el 9 de abril de 2024 en la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA, para tratar las normas de asilo, después del asalto a la Embajada de México en Quito. - Foto: Juan Manuel Herrera/OAS

Los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobaron una resolución de 10 puntos sobre la crisis diplomática entre Ecuador y México. Sin embargo, también se pidió que no se mal utilicen las embajadas y que se respeten las leyes de los países receptores.

Con los votos de 29 países, la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó una resolución de condena enérgica a la "intrusión en las instalaciones de la Embajada de México en el Ecuador y los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la Misión".

El documento impulsado por Colombia y Bolivia recibió el apoyo mayoritario dentro del Consejo Permanente. El único país en votar en contra fue el mismo Ecuador, representado por el vicecanciller encargado, Alejandro Dávalos.

Además, El Salvador se abstuvo y la representación de México estuvo ausente, al igual que Venezuela, que en 2017 había solicitado la salida del bloque regional.

La representación de Colombia pidió la proyección del vídeo del asalto a la Embajada mexicana y lo contrastó con el vídeo de la intervención del embajador ecuatoriano ante la ONU, José de la Gasca, del 2 de abril.

En esa cita, de la Gasca condenó el ataque a la Embajada de Irán en Siria y dijo que el Ecuador "condena toda violación que se realice contra misiones y representantes diplomáticos y consulares".

Los puntos de la resolución

El documento consta de una decena de puntos, pero no todos hacen alusión a la actuación de Ecuador, sino en general a las violaciones de la Convención de Viena que se discutieron en el marco de la crisis diplomática:

  1. Condenar enérgicamente la intrusión en las instalaciones de la Embajada de México en el Ecuador y los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la Misión.
  2. Reafirmar la obligación de todos los Estados de velar por el respeto de los privilegios e inmunidades de las misiones diplomáticas y del principio de inviolabilidad, de conformidad con el derecho internacional, como requisito fundamental y crucial para las relaciones pacíficas entre los Estados.
  3. Hacer un llamado a todos los Estados a respetar y hacer efectivas sus obligaciones y responsabilidades en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y asegurar que la inviolabilidad de las sedes diplomáticas y su personal sea respetada sin excepción.
  4. Reafirmar la obligación que tienen los Estados Parte de la Convención de Asilo Diplomático de 1954 de respetar en su integridad todas sus disposiciones.
  5. Reafirmar que, sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor; y que también están obligados a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado. 
  6. Reafirmar que los locales de la misión diplomática no deben ser utilizados de manera incompatible con las funciones de la misión tal como están enunciadas en el Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, en otras normas del derecho internacional general o en los acuerdos particulares que estén en vigor entre el Estado acreditante y el Estado receptor.
  7. Exhortar al Ecuador y México a que, de acuerdo con el derecho internacional, inicien un diálogo y tomen acciones inmediatas para resolver este grave asunto de manera constructiva.
  8. Poner a disposición de los Gobiernos del Ecuador y México los buenos oficios de la Organización de los Estados Americanos para facilitar todo esfuerzo que pueda ser útil. 
  9. Instruir al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos que transmita esta resolución al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas.
  10. Seguir ocupándose de este asunto y considerar otras acciones que puedan ser necesarias.