Domingo, 16 de junio de 2024

Militares harán un control permanente de armas dentro y fuera de cárceles de Ecuador

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

23 May 2024 - 20:52

El presidente Daniel Noboa expidió decreto para dar paso a lo aprobado en la pregunta número 1 de la consulta popular del 21 de abril.

Militares en una requisa en una prisión en 2023.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

23 May 2024 - 20:52

Militares en una requisa en una prisión en 2023. - Foto: FF.AA.

El presidente Daniel Noboa expidió decreto para dar paso a lo aprobado en la pregunta número 1 de la consulta popular del 21 de abril.

El presidente Daniel Noboa decretó este jueves, 23 de mayo de 2024, una nueva medida en materia de seguridad: las Fuerzas Armadas realizarán el control permanente de armas, municiones y explosivos dentro y fuera de las cárceles del país.

Con el Decreto Ejecutivo 278, Noboa da paso a lo aprobado en la pregunta 1 de la consulta popular del 21 de abril.

Los alcances

En los considerandos de la pregunta 1 de la consulta popular, se explica que:

  • Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial.
  • La seguridad interna de las cárceles corresponde al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, mientras que la seguridad externa o perimetral le corresponde a la Policía Nacional.
  • La Constitución determina que las Fuerzas Armadas (...) a fin de prevenir agresiones a la vida de las personas privadas de la libertad, terceras personas o servidoras y servidores, podrán actuar en las inmediaciones o a lo interno de los centros de privación de libertad en cualquier momento, de conformidad con los protocolos específicos que se expidan para el efecto.
  • Las Fuerzas Armadas son las encargadas del control de armas, municiones, explosivos y accesorios.

La medida explica que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas se encargará de la planificación militar para la ejecución de las operaciones militares de control de armas.

Asimismo, toda arma, munición, explosivo o accesorio que sea encontrada dentro de los operativos será entregada a la autoridad competente para el procedimiento respectivo.