Jueves, 25 de abril de 2024

La comunidad LGTBI exige reformas legales a la Asamblea

Autor:

Jonathan Machado

Actualizada:

10 Jul 2020 - 0:04

Autor: Jonathan Machado

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10 Jul 2020 - 0:04

La comunidad LGTBI celebra la aprobación del matrimonio , el igualitario 12 de junio de 2019. - Foto: Jonathan Machado / Primicias

La Fundación Pakta hizo una solicitud de seguimiento en la Corte Constitucional, para que se hagan las reformas que la corte ordenó en cuatro sentencias.

Desde 2017, la Corte Constitucional ha emitido cuatro sentencias en favor de los derechos de la comunidad LGTBI.

Las sentencias se relacionan con el matrimonio igualitario, la identidad de género, la homoparentalidad, y el procedimiento especial y expedito en el caso de los delitos de odio.

Para que esas sentencias se cumplan por completo la Asamblea tenía que tratar una serie de reformas legales que se ajusten a lo emitido por la Corte Constitucional.

"La Asamblea Nacional no ha cumplido con las reformas legales al Código Civil, al Código de la Niñez, a la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles, a la Ley Nacional de Registro de Datos Públicos, ni al Código Integral Penal", dice Christian Paula, abogado de la Fundación Pakta.

Esta organización está integrada por un grupo de abogados que pelea por los derechos de la comunidad LGTBI y en julio de 2019 advirtió de una falta de voluntad política en la Asamblea Nacional para tratar estos temas.

Un año después, la misma organización acudió a la Corte Constitucional para interponer una solicitud formal de seguimiento, con la que buscan que el Legislativo acate las disposiciones de esa Corte y que trate esas reformas.

Paula recuerda que si los asambleístas no acatan las sentencias de la Corte Constitucional podrían ser sancionados.

Según el constitucionalista Juan Francisco Guerrero, la Corte Constitucional debe analizar el pedido de seguimiento de la Fundación Pakta y comprobar que sus disposiciones no han sido acatadas por la Asamblea.

La Corte Constitucional puede dar un plazo máximo para que el Legislativo realice las modificaciones legales dictadas en sus sentencias pero, de no hacerlo, tiene dos caminos, agrega Guerrero.

El primero tiene que ver con la destitución de los asambleístas, mientras que el segundo es implementar directamente sus disposiciones en las normativas legales.

El asambleísta Ángel Sinmaleza (Independiente) reconoce que la Asamblea está en la obligación de tratar los temas referentes a los derechos de la comunidad LGTBI.

"Los derechos no se pueden postergar y el Legislativo debe poner en agenda estos temas lo antes posible para garantizar que la población LGTBI cuente con el respaldo que la Constitución le otorga", dice.

Matrimonio igualitario

El 12 de junio de 2019, la Corte Constitucional aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo. Con ello, la definición de matrimonio cambió.

El organismo lo cataloga como la unión entre dos personas que buscan el bien común y ya no como la unión de un hombre y una mujer, como hasta el momento consta en la Constitución de la República.

Christian Paula, de la Fundación Pakta, dice que la nueva definición de matrimonio está orientada a que parejas del mismo sexo tengan los mismos derechos que las personas heterosexuales: acceso a créditos, utilidades o herencias.

Con esto en la Constitución, explica, los matrimonios homosexuales no pueden ser discriminados.

Juan Francisco Guerrero explica que la sentencia de la Corte, en la que redefinió al matrimonio, es una interpretación de la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la que hacía un llamado a que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio.

Sin embargo, señala que "la Corte Constitucional no puede modificar la Constitución, pero sí obligar a que la Asamblea reforme las normativas que impidan que se garanticen los derechos de la comunidad LGTBI".

Identidad de género

Las personas transexuales atraviesan problemas legales para cambiar su sexo en la cédula de identidad. Esto a pesar de que la Ley de Datos Civiles y Gestión de la Identidad permite que una persona cambie su sexo por género y también su nombre.

Sin embargo, en la práctica ese trámite es complejo. Las personas transexuales deben acudir con testigos y abogados al Registro Civil para realizar el trámite, lo que a criterio de Pakta "viola los derechos de las minorías sexuales".

El abogado Christian Paula dice que la Asamblea debe pronunciarse en el corto plazo para que el deseo de una persona por cambiar su identidad de género sea el único requisito solicitado en el Registro Civil.

Homoparentalidad 

Han pasado ocho años desde que Ecuador conoció el caso Satya. Una niña a la que el Registro Civil se negó a inscribir con los dos apellidos de sus madres.

En 2018, la Corte Constitucional acogió una acción de protección presentada por las madres de Satya y obligó al Registro Civil inscriba a la niña con los apellidos de las dos madres.

Pese a este logro, Paula dice que las familias del mismo sexo no pueden inscribir a sus hijos con los apellidos de la pareja.

Para que no existan trabas a este proceso "se deben reformar el Código de la Niñez, la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles, el Código Civil y la Ley Nacional de Registro de Datos Públicos", agrega el abogado.

La abogada Julia Cárdenas dice que "actualmente el Registro Civil pone trabas a la inscripción de niños con apellidos de sus padres o de sus madres, lo que también viola los derechos de los niños porque los priva del derecho de crecer en un ambiente familiar".

Agrega que algunos matrimonios del mismo sexo "prefieren no hacer los trámites para inscribir a sus hijos porque se exponen a ser víctimas de discriminación".

Discriminación y odio

El Código Integral Penal (COIP) no contempla un proceso especial y expedito para los delitos de odio en contra de la comunidad LGTBI. La norma establece que este proceso se aplique únicamente cuando exista violencia física y psicológica contra las mujeres.

La comunidad LGTBI, dice Paula, es uno de los grupos que históricamente ha sido víctima de violencia física, verbal y psicológica, por eso considera que los procedimientos rápidos deben aplicarse cuando uno de sus miembro es violentado.

“La discriminación está prohibida en el artículo 11 de la Constitución, en el que se dice que ninguna persona puede ser discriminada por su orientación sexual”, agrega.

El pedido llega después de que cinco miembros de la comunidad LGTBI han sido asesinados en Ecuador lo que va de 2020, según datos de la Fundación Equidad.