Viernes, 19 de abril de 2024

La justicia indígena evoca un ritual que va más allá de la ortiga, el agua helada y el latigazo

Autor:

Jonathan Machado

Actualizada:

26 Jul 2019 - 0:05

Autor: Jonathan Machado

Actualizada:

26 Jul 2019 - 0:05

Uno de los ciudadanos extranjeros es castigado por dirigentes de la comunidad Miguel Egas Cabezas. - Foto: cortesía Diario El Norte

La aplicación de la justicia indígena en una comunidad de Otavalo contra tres extranjeros acusados de robo, reabrió el debate sobre el respeto a los derechos humanos en esta práctica. Pero en la cosmovisión indígena el castigo físico es considerado parte de un ritual de purificación y se aplica bajo normas claras.

Del caso en referencia -ocurrido el lunes 22 de julio de 2019, en la parroquia Miguel Egas de Otavalo- se difundieron imágenes de los extranjeros arrastrados por los comuneros. Luego quedaron semidesnudos, bañados en agua fría y azotados con ortigas.

También recibieron 14 azotes cada uno como parte del proceso.

La aplicación de la justicia indígena se dio después de que las autoridades comunitarias llevaran a cabo un juicio tras el presunto robo de un vehículo. El veredicto determinó que los extranjeros eran culpables.

Así es un juicio indígena

Delfín Tenesaca, expresidente de la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador, (Ecuarunari), explica que los azotes y el baño con agua helada no son el fin del castigo, sino apenas un eslabón del proceso.

"Todo empieza con una denuncia. Después, los dirigentes de la comunidad recogen los testimonios de los involucradas. Tanto acusados como acusadores pueden exponer sus versiones para que los dirigentes las valoren".

De ser hallados culpable, se dicta un castigo preliminar que debe ser aprobado por la asamblea de dirigentes, en la que obligatoriamente deben participar mujeres.

"Si existen reparos, la sanción puede cambiar. Si esto no ocurre, la asamblea determina el castigo final que no solo comprende el castigo físico. También existe trabajo comunitario, reparación a las víctimas, prohibición de salir de la comunidad o devolución de los objetos robados".

Delfín Tenesaca explica en el siguiente video cuál es el espíritu de la justicia indígena. Lo describe como un ritual de purificación, perdón y arrepentimiento:

Un práctica que se ampara en la Constitución

La posibilidad de los pueblos y nacionalidades indígenas está aceptada en el artículo 171 de la Constitución de la República. En el caso de delitos sexuales y contra la vida, la aplicación de la justicia indígena no exime la actuación de la justicia regular.

Beatriz Villarreal, directora de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), reconoce que el proceso de la justicia indígena no viola los derechos humanos, pues el fin no es la tortura o el sufrimiento.

"Lo que se busca es que la armonía de la comunidad no se rompa con actos que generen conflictos al interior de la estructura comunal".

Beatriz Villarreal, directora de Inredh

La experta recuerda que las actuaciones no son arbitrarias, sino se enmarcan en un debido proceso, tal como en la justicia ordinaria. Se respeta la integridad psicológica y física del acusado.

Este criterio es compartido por el constitucionalista Carlos Poveda. "Este tipo de justicia brinda la posibilidad de que las comunidades ejerzan procesos ágiles que determinen culpables que reparen sus acciones con trabajos que beneficien a las víctimas, pero también a sus familias y a la comunidad".

Los dirigentes de Miguel Egas Cabezas analizan la posibilidad de establecer reuniones con representantes de la justicia ordinaria "para que se regule la situación de los migrantes para que no abandonen la comunidad, que vive del turismo", según reportes de prensa.

El experto en justicia indígena, Jaime Vintimilla, dice que la purificación, el arrepentimiento y el perdón son algunos de los pilares más importantes de este tipo de justicia.

"Desde la cosmovisión indígena, el castigo físico y el perdón ante la comunidad sirve como herramienta disuasiva, que se traduce en una verdadera rehabilitación".

Jaime Vintimilla, profesor USFQ

Para él, la justicia ordinaria no genera verdaderos procesos de rehabilitación ni dereinserción de las personas que están privadas de su libertad.

Vintimilla cuestiona al sistema penitenciario al decir que en él se generan procesos más violentos de los que se puede ver en un ajusticiamiento indígena.

Es por eso que recalca que la justicia indígena se enmarca dentro del cumplimiento de los derechos humanos, porque busca el bien de la comunidad.

Una normativa que complemente a los dos tipos de justicia

Jaime Vintimilla, catedrático universitario, dice que Ecuador necesita un cuerpo legal que establezca un sistema de cooperación entre la justicia indígena y la ordinaria.

Esta ley debe marcar los límites de ambos procesos para que no se contrapongan. "El objetivo es que las comunidades indígenas y la justicia ordinaria puedan complementarse y que no haya una doble culpabilidad".

El dirigente indígena Delfín Tenesaca dice que en la educación universitaria debería existir asignaturas que expliquen la justicia indígena.

"La justicia indígena es milenaria y es inexplicable que en un país pluricultural no se conozca a profundidad las tradiciones legales que aplican las comunidades".

Delfín Tenesaca, expresidente de la Ecuarunari

Tenesaca también dice que la justicia indígena ha sido determinante para que las comunidades vivan en armonía, respetando la vida de quienes cometen delitos.