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Sociedad

Ministerio de Trabajo ha recibido 458 denuncias de despidos intempestivos

Algunas empresas están aplicando el teletrabajo a causa de la emergencia sanitaria.

Algunas empresas están aplicando el teletrabajo a causa de la emergencia sanitaria.

PRIMICIAS

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

31 mar 2020 - 13:32

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Las denuncias de empleados que han sido despedidos se han conocido, sobre todo, por las redes sociales. Todas tienen en común que esa decisión se ha tomado con base en el artículo 169 del Código del Trabajo que dice:

El contrato individual de trabajo termina: por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo, como incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas del campo, guerra y, en general, cualquier otro acontecimiento extraordinario que los contratantes no pudieron prever o que previsto, no lo pudieron evitar.

Artículo 169, numeral 6. Código de Trabajo

Poveda, en entrevista virtual, dijo que no es posible que en estos momentos de crisis, por la presencia del coronavirus en el país, se den por terminados los contratos individuales de trabajo por cualquier forma.

No aclaró, sin embargo, si es legal la aplicación de este artículo durante la emergencia. Dijo, únicamente, que el Ministerio analiza caso por caso, por lo que invitó a la ciudadanía a presentar las denuncias.

La entidad está recibiendo reclamos a través del Sistema Único de Trabajo y los inspectores en todo el país están activados para verificarlas en el lugar de trabajo

Hasta hoy, martes 31 de marzo, hay 458 denuncias por despidos intempestivos y se han realizado 97 inspecciones focalizadas.

El pago de salarios

El funcionario explicó también los alcances del Acuerdo Ministerial 080, con el que el Gobierno norma el pago de haberes laborales durante la crisis nacional por el coronavirus.

Según dijo, el objetivo del Gobierno es conservar el empleo de los ecuatorianos para lo que es necesaria la comprensión de los trabajadores y la colaboración de los empresarios.

Por esta razón, con el Acuerdo Ministerial se está dando la apertura para establecer convenios entre trabajadores y empleadores.

Recordó que, de acuerdo con la ley, es obligatorio para el empleador pagar las remuneraciones mientras dure la suspensión de la jornada laboral por la emergencia.

Pero, dada la situación que vive el país por el coronavirus, añadió Poveda, donde las empresas están cerradas y no hay producción y liquidez, se ha abierto la puerta a un acuerdo de las dos partes.

"A fin de garantizar el empleo y la estabilidad, esperamos que de común acuerdo de manera libre y voluntaria, los empleados y los empleadores lleguen a un entendimiento para fijar un calendario de pago".

Luis Arturo Poveda, ministro de Trabajo

El funcionario también mencionó que, cuando se normalicen las actividades, los trabajadores tendrán la obligación de recuperar el tiempo de suspensión. La recuperación se hará 12 horas a la semana y ocho horas los sábados.

Esto aplica para los sectores público y privado. Al momento hay 74.566 empleados privados y 47.975 servidores públicos acogidos al teletrabajo. En total son 322.541.

Mire la intervención del ministro de Trabajo:

  • #Ministerio del Trabajo
  • #coronavirus
  • #Covid-19
  • #rueda de prensa virtual

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