Martes, 23 de abril de 2024

Torturas, abusos y extorsión; una sentencia detalla excesos en las cárceles del país

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

2 Abr 2021 - 0:03

Guías penitenciarios, policías y otros presos se convierten en verdugos al interior de las cárceles. Un fallo de la Corte Constitucional (CC) condenó esas acciones.

cárcel el rodeo

Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

2 Abr 2021 - 0:03

Imagen del archivo del 4 de mayo de 2018 que muestra el ingreso de internos al Centro de Rehabilitación Social El Rodeo, de Portoviejo. - Foto: Flickr Justicia

Guías penitenciarios, policías y otros presos se convierten en verdugos al interior de las cárceles. Un fallo de la Corte Constitucional (CC) condenó esas acciones.

El fallo se dio el 24 de marzo de 2021. El Pleno de la CC revisó las sentencias de cuatro solicitudes de hábeas corpus. Estos recursos fueron interpuestos, entre 2017 y 2020, por cuatro presos que se quejaron de torturas y malos tratos.

Solo en uno de esos cuatro casos, la justicia ecuatoriana concedió el recurso y el detenido fue trasladado de cárcel. Por esta razón la CC anuló los otros fallos y dispuso que el Estado tome medidas de reparación para las víctimas.

Según el organismo,  "los hechos de las causas en revisión no son aislados o excepcionales, sino que existe una vulneración estructural y sistemática". Es decir, las torturas son normales en los centros de rehabilitación social.

Además, la Corte hace énfasis en el contexto en el que se desarrollaron estos hechos. Las torturas coinciden con la peor crisis carcelaria de la historia. Y la asocia, entre otras cosas, al hacinamiento y los problemas estructurales de las prisiones.

Esta sentencia será, desde ahora, un referente en el trato que la justicia dé a los hábeas corpus solicitados por presos. Incluso, la misma CC pide al Consejo de la Judicatura que la distribuya entre todos los magistrados. 

Golpes y torturas en Cuenca

Vista de los presos amotinados el 23 de febrero de 2021 en la cárcel de Turi, en Cuenca.

Vista de los presos amotinados el 23 de febrero de 2021 en la cárcel de Turi, en Cuenca. API

Este caso se inició el 14 de noviembre de 2018. Francisco Carrasco estaba cumpliendo prisión preventiva en la Cárcel de Turi. Su esposa, Paula Arellano, presentó un hábeas corpus.

El 9 de noviembre, según el relato de la mujer, Carrasco fue golpeado, vejado y torturado por los guías penitenciarios y policías nacionales.

"Fruto de esas agresiones perdió piezas dentales, aplastaron su cabeza contra el piso, recibió descargas eléctricas y toletazos en la pierna derecha, golpes de puño en el rostro y la nariz", contó Arellano.

Según el testimonio de Carrasco, en la audiencia del hábeas corpus, esos ataques eran ordenados por el coordinador de la cárcel. Le dijeron que debía pasar un cheque para estar seguro.

El 16 de noviembre, la Unidad Judicial Penal de Cuenca aceptó el hábeas corpus. Y dispuso el traslado del detenido a otra cárcel, tratamiento físico y psicológico. Así como disculpas públicas del Ministerio de Justicia y la toma de medidas para evitar este tipo de acciones de los guías.

La directora de la Cárcel de Turi apeló esa decisión. Y la Corte del Azuay rechazó la impugnación y ratificó el fallo original. De esta manera, Carrasco fue trasladado a la cárcel de Azogues.

Un disparo en Los Ríos

Fachada de la Cárcel de Los Ríos.

Fachada de la Cárcel de Los Ríos. Ministerio de Gobierno

El 16 de agosto de 2017, Freddy Simba, defensor público, presentó un hábeas corpus a favor de Jacinto José Lara Matamoros.

La acción era en contra de los miembros de la Policía Nacional asignados a la cárcel de Los Ríos. El 3 de agosto de 2017, en ese centro, Lara Matamoros y otros 90 presos fueron víctimas de maltratos.

En medio de un operativo por un amotinamiento, los uniformados ingresaron a esa prisión y rociaron con gas a los internos. Lara, además, recibió un disparo con arma de fuego por parte de los miembros de la Policía Nacional, a la altura de su abdomen, cuando se encontraba descansando.

Ese mismo día, el herido fue trasladado a la zona de emergencia del Hospital Sagrado Corazón de Jesús, en donde estuvo hospitalizado por siete días.

El 29 de agosto de 2019, el juez de la Unidad Judicial de Quevedo dictó sentencia en la que rechazó el hábeas corpus aseverando que "no existe violación del derecho a la integridad personal ni física ni psíquica de la víctima".

El detenido apeló. Pero la Corte de Los Ríos también rechazó la acción.

Una violación en Loja

Fachada de la Cárcel de Loja.

Fachada de la Cárcel de Loja. SNAI

El 25 de noviembre de 2019, Carlos P. presentó una demanda de hábeas
corpus en contra del director de la Cárcel de Loja.

El 3 de noviembre, por un altercado interno en el cual según la víctima, él no participó, un guía penitenciario lo envió a un área interna de la cárcel denominada calabozo. Estuvo ahí cuatro horas.

"Durante mi permanencia en el calabozo varios reos que se encontraban en ese sitio, procedieron a tratar de agredirme, para posterior, tras forcejear y agredirme, me violaron", relató Carlos P.

Minutos más tarde, ya fuera del calabozo, un guía penitenciario preguntó por él, lo agarró del brazo y lo lanzó al piso, quedando de rodillas. Después, le propinó una fuerte patada en la espalda. Y con una manguera negra le dio golpes en las piernas y en el torso.

Producto de los golpes y la violación, el 21 de noviembre Carlos P. tuvo que ser trasladado a un centro de salud. El médico tratante determinó que tenía desgarros en el área anal y una infección grave, ya que había sido violado en el calabozo con una escoba.

El 28 de noviembre de 2019, la Corte de Loja rechazó la solicitud de habeas corpus argumentando que no había evidencia médica de la violación.

USD 10.000 o muerte

Exteriores de la cárcel de Turi, en Cuenca, donde el 23 de febrero de 2021 hubo un amotinamiento.

Exteriores de la cárcel de Turi, en Cuenca, donde el 23 de febrero de 2021 hubo un amotinamiento. API

El 18 de agosto de 2020, Virgilia Siguenza presentó acción de hábeas
corpus en contra del director de la Cárcel de Turi, la Procuraduría General del Estado, el director del Servicio de Atención Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y la Secretaría de Derechos Humanos.

Según la demandante, su esposo, Edmundo M., se encontraba preso desde el 27 de julio de 2020, luego de que la policía realizó un allanamiento en su domicilio, por su supuesta participación en el delito de asociación ilícita.

Luego de un paso breve por una celda transitoria, fue trasladado a la celda No. 29. En ese lugar, un guía penitenciario le habría indicado que junto a otro preso llamado Víctor Sornoza, alias el "Comandante", se harían cargo de su seguridad, ya que ellos comandaban y dirigían esa prisión.

Minutos después, Edmundo M. fue llevado a un lugar sin luz, custodiado por otros presos. Uno de ellos se colocó en la puerta, con un bate de madera, para que su no pueda salir.

Los presos le hicieron sentar en la cama y le dijeron que otro guía penitenciario lo conocía y había ordenado que le den la bienvenida. En ese momento, lo golpearon, le dieron palazos y le amenazaron de muerte.

El guía que lo recibió en primer lugar le dijo que debía pagar USD 10.000 por su estadía y seguridad, en un plazo de ocho días. Si no lo matarían a él y a su familia.

Desde entonces, su esposa recibió varias llamadas para que entregue el dinero. Según Edmundo P., las torturas y extorsión siguieron por varios días.

"(...) Siguió siendo víctima de torturas, tales como sacarle la ropa y sumergirlo en agua con sal en un tanque grande de plástico. Ha sido atado contra las escaleras de una litera con una sábana y amordazado con un trapo mientras lo golpeaban", relató la esposa de la víctima.

Luego de presentar una denuncia en la Fiscalía, el 8 de agosto de 2020, Edmundo M. fue trasladado a la celda de visitas íntimas. Un guía penitenciario le dijo que era un “soplón” y que por eso lo iban a matar envenenando su comida.

Sin embargo, el 25 de agosto de 2020, la Sala de lo Penal de la Corte del Azuay negó la acción de hábeas corpus, por cuanto "el relato de los hechos no llevan al convencimiento que los presuntos actos denunciados como tortura, tratos crueles y degradantes, cumplen con la definición que da los instrumentos internacionales".

Conclusiones y reparaciones

Luego de conocer estos casos y las sentencias en las peticiones de hábeas corpus, la CC recordó que este recurso es idóneo para la protección directa, inmediata y eficaz, del derecho a la integridad personal.

Y ordenó las siguientes medidas de reparación:

  • En el caso de Francisco Carrasco, que es el único en el que se concedió el hábeas corpus, pide al Ministerio de Salud (MSP) atención en salud física y psicológica para la víctima y su familia. Y que el Ministerio del Trabajo lo incluya en los programas de inserción laboral.
  • Sobre los otros tres casos, la Corte Constitucional determinó que los jueces que sustanciaron las solicitudes de hábeas corpus "no tutelaron adecuadamente los derechos" y anularon sus fallos. Además, declaró la vulneración del derecho a la integridad personal y dispuso medidas de reparación:
    • Joaquín Lara todavía tiene secuelas médicas por el disparo que recibió. La CC pide al MSP la atención en salud física y psicológica. Incluyendo una cirugía para solucionar las afecciones por el disparo.
    • Carlos P. no compareció a la audiencia en la CC. Sin embargo, se constataron afecciones a la integridad física, psicológica y sexual. Por lo que se dispuso la intervención del MSP.
    • Edmundo M. todavía está detenido en la Cárcel de Turi, donde fue objeto de agresiones, extorsión y torturas. Por tal razón, la CC dispuso sus traslado inmediato a la Cárcel de Azogues.

Además, el organismo dispuso a la Fiscalía que inicie investigaciones sobre estos hechos. Y que el SNAI haga indagaciones internas y pida disculpas públicas a las víctimas.