En sus Marcas Listos Fuego
Cash, puro cash
PhD en Derecho Penal; máster en Creación Literaria; máster en Argumentación Jurídica. Abogado litigante, escritor y catedrático universitario.
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La semana pasada una noticia inundó las redes: 1 millón de dólares fue hallado en una caja fuerte, en una bodega, en un subsuelo, de un edificio en el Norte de Quito y, como no podía ser de otra forma, los PhD en especulación (todo X) hicieron lo suyo.
Por eso he decidido aterrizar con objetividad este caso para que, en lugar de jugar a las adivinanzas, cuenten con conocimiento técnico para saber cómo interpretar este extraño caso.
Antes que nada, un disclosure: no sé de quién es el dinero y no soy abogado en el caso, por lo que de mí sólo hallarán un criterio neutro. Ahí va.
Tener un millón de dólares en efectivo en una caja fuerte en Ecuador no es ilegal. Lo que convierte en jurídicamente crítico ese hecho no es la mera posesión física del dinero, sino cuatro preguntas concretas que deben ser justificadas documentalmente:
¿De dónde salió el milloncito? Aquí se utilizan técnicas de trazabilidad financiera.
¿Cuál es el propósito de tener dinero en efectivo? Con un millón no vale la frase: “es mío y hago lo que me da la gana”.
¿Está declarado? Es posible tener dinero en efectivo, siempre y cuando esté declarado.
¿Va a ingresar al sistema económico formal? Si la respuesta es sí, respondo: no se puede.
Hacernos estas preguntas es legítimo, puesto que, conforme a la legislación ecuatoriana y los estándares internacionales ALA/CFT, esta situación es extraordinariamente anómala, de alto riesgo y fuertemente sospechosa, aunque no siempre delictiva por sí misma.
Es decir, estamos ante lo que la técnica financiera de control de lavado de activos denomina: movimiento financiero sospechoso e injustificado. Ello no quiere decir que no pueda ser justificado, aunque no dejará de ser sospechoso.
Ello nos lleva a la siguiente regla: no se castiga tener efectivo; se castiga el efectivo sin explicación jurídica y económica convincente.
En otras palabras: un millón en billetes no es ilegal per se; un millón sin trazabilidad, coherencia fiscal y soporte documental sí puede convertirse en prueba o indicio irrefutable de lavado, incremento patrimonial no justificado, defraudación tributaria o uso de fondos de procedencia criminal. Esa es la distinción técnica importante.
¿Cómo se salvan? Demostrando que todo el valor está facturado, que el origen es lícito y que no se incurrió en la institución penal de la ignorancia deliberada (ceguera voluntaria, según los gringos).
¿Por qué un millón en una caja fuerte no es normal?
Desde la lógica financiera internacional, el efectivo masivo tiene tres rasgos problemáticos: anonimato, ausencia de trazabilidad bancaria y dificultad de verificar origen y destino.
El FATF/GAFI trata precisamente el efectivo físico como un riesgo típico porque dificulta el seguimiento del dinero y exige mecanismos especiales de declaración y control en movimientos transfronterizos.
Por eso, tener un millón en billetes guardados no es una simple preferencia patrimonial equivalente a tener un millón en una cuenta bancaria. Es una forma de tenencia que, en la práctica, rompe la lógica ordinaria de trazabilidad que esperan bancos, notarios, autoridades tributarias, UAFE, Fiscalía y aduanas.
En palabras simples: quien tiene un millón bancarizado lo tiene visibilizado al control estatal. Quien tiene un millón en efectivo lo tiene oculto del control estatal. Es que siempre que sumo uno más uno me sale dos. ¿Por qué será?
Jurídicamente, la pregunta clave es si ese millón proviene de una fuente lícita y demostrable. Ejemplos de fuentes potencialmente lícitas podrían ser: utilidades empresariales previamente declaradas y con recibo de ser pagadas en efectivo, venta de un inmueble o empresa, herencia, donación, ahorro acumulado históricamente, retiro bancario documentado, indemnización, dividendos, etc. Pero ojo, no basta con narrar una historia plausible; hace falta soporte verificable.
O se puede seguir la ruta del dinero hasta su origen, o nones, todo apesta. Esto es blanco o negro.
Ahora bien, aquí viene lo más complicado: debemos recordar que, en Ecuador, desde el año 2025, hay prohibición legal de usar efectivo en operaciones comerciales que superen los 10 mil dólares.
Así, guardar el milloncito podría no ser delito, pero usar ese millón en operaciones relevantes sí enfrenta una barrera legal directa. Un patrimonio concentrado en billetes grandes queda encerrado fuera del uso normal y lícito para muchas operaciones formales. ¿Qué les queda? Las operaciones informales.
Mientras más grande es el monto y más física es su tenencia, más alta es la carga práctica de explicación. No porque exista una “presunción automática de delito” sólo por tener efectivo, sino porque el sistema ALA/CFT opera sobre un estándar de riesgo y consistencia económica.
Un millón en billetes exige una explicación mucho más robusta que 5,000 guardados en casa por desconfianza bancaria o para situaciones de emergencia. Por ejemplo, yo siempre tengo 500 dólares en efectivo. Siempre. Por cualquier cosa. Justificarlo es pan comido. ¿Pero si tuviera un millón en efectivo? Me orino.
¿Qué líos van a enfrentar, a partir de ahora, el o los propietarios de ese millón?
Tambalean si estamos frente a un origen no documentado, a una discordancia con ingresos declarados, al fraccionamiento para evadir controles, al uso de terceros, a su ocultamiento físico, a su transporte no declarado, a la compra de bienes con pagos en efectivo prohibidos o intentos de bancarización incoherentes.
Para concluir, ello nos lleva a la pregunta que he estado guardando hasta el final: ¿normalmente (dije “normalmente”) quién tiene un millón en efectivo? Simple: las economías criminales.
Así que todo apesta en este caso. ¿Será que apesta pero que es un buen queso francés? Sólo el tiempo lo dirá y, para que ello ocurra, que sea la justicia, desprovista de especulaciones y envidias ciudadanas, la que determine si aquí alguien debe irse preso o quedar en libertad.