En sus Marcas Listos Fuego
Traduciendo a Camila León
PhD en Derecho Penal; máster en Creación Literaria; máster en Argumentación Jurídica. Abogado litigante, escritor y catedrático universitario.
Actualizada:
Eso de escribir columnas me aburrió por hoy. Así que por fin cumpliré este rol al que llevo años aspirando: el de traductor simultáneo.
El personaje al que traduciré es Camila León, que para mí habla claro, pero para la mayoría, últimamente habla en chino.
Camila es una joven asambleísta que presentó un proyecto de ley para incorporar un (¿polémico?) inciso en la contravención de injurias.
A raíz de ello, por un lado, el correísmo la ha acusado de crear una nueva ley mordaza, de inventarse una fórmula para callar a la ciudadanía (los burros hablando de orejas).
Por otro lado, desde el periodismo, la han acusado de proponer una fórmula para perseguir a los ciudadanos que critiquen a funcionarios públicos, contraviniendo así el sistema convencional de derechos humanos.
Y ya que su proyecto de ley provocó tantos ataques conceptualmente contradictorios, decidí leer su propuesta y traducirla al español.
Primero, veamos lo que ya dice el COIP:
Art. 396.- Contravenciones de cuarta clase.- Será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días:
1. La persona que, por cualquier medio, inclusive a través de cualquiera de las tecnologías de la información y comunicación, profiera expresiones en descrédito o deshonra en contra de otra, ya sea mediante lenguaje violento, agresivo, vulgar u hostil.
Es decir, injuriar.
¿Y que propone Camila? Agregar este parrafito:
La o el juzgador deberá verificar si las manifestaciones objeto del proceso corresponden al ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión respecto de asuntos de interés público o de críticas dirigidas a las servidoras o servidores públicos en el marco de sus funciones oficiales, aplicando los estándares constitucionales e interamericanos que reconocen la protección reforzada.
¿Y en cristiano, qué quiere decir?
Sencillísimo: el estándar constitucional e interamericano establece una protección reforzada al discurso ciudadano y periodístico que critica (incluso soezmente) a funcionarios públicos.
Lo que quiere decir que las personalidades públicas tienen algo que podríamos llamar honor atenuado, lo que significa que, al aceptar ser famosillos, sobre todo los que viven de un salario público, aceptan estar bajo un riguroso escrutinio público.
Ello obliga al funcionario público (así nos dice la Corte IDH) a ser más tolerante con la crítica (hasta con los desahogos y los insultos), caso contrario, se vulnera la libertad de información y de expresión.
Esta tolerancia, nos dicen las altas cortes, es piedra angular de la democracia. Así lo dice el proyecto de ley: la penalización de la crítica ciudadana hacia servidores públicos ha tenido efectos regresivos en Ecuador, lo cual debe ser corregido.
Nuestra Corte Constitucional en la célebre sentencia de Diario La Hora ya lo expuso con solvencia: cuando un funcionario público se sienta injuriado o calumniado, no podrá recurrir al fuero penal y, si lo hace, los jueces deberán aplicar una protección reforzada al discurso sobre asuntos de interés público.
Esto es justamente lo que refuerza el proyecto: que cuando exista contraposición entre el derecho al honor (del funcionario público o de quien está inmerso en un hecho de relevancia pública) y el derecho a la libertad de información o de expresión (del periodista o del ciudadano), aplicando estándares internacionales, a través de un test de proporcionalidad, deberá primar la libertad de expresión y de información por encima del derecho al honor.
Es decir, Camila inventa el agua tibia en un país donde todos se hielan o se queman. Ella está a favor de la libertad de prensa y de la libertad de expresión, aunque para muchos lo haga en suajili.
Pero, si la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Constitucional ya dicen lo que Camila propone, ¿para qué carajos sirve ser reiterativos?
Porque pese a que ya todos deberíamos entender algo tan obvio, seguimos siendo el país donde los funcionarios públicos presentan querellas porque los pobrecitos se sienten afectados en su honor.
Seguimos siendo el país en donde jueces, sin preparación, condenan a ciudadanos por afectar el buen nombre de las criaturitas que viven del Estado.
Porque vivimos en una tierra en donde las leyes deben escribirse y luego dibujarse.
Así que sí es una reforma (inclusión) importante, eso sí, siempre y cuando el mismo párrafo se lo incluya en el Art. 182 del COIP (el de las calumnias), para que quien pueda lo más, pueda lo menos.
Así que, si hay asambleístas que se sienten escandalizados por lo que propone Camila en su tan refinado mandarín, les digo en esta columna que son analfabetos. ¿Y qué creen? No me pueden denunciar ni querellar por ello. Porque como ciudadano tengo la libertad de fiscalizarlos, criticarlos y hasta de ofenderlos.
Bienvenidos a la democracia y a la libertad que por tantos años nos han querido arrebatar.