Clasificación de presos e incentivos para incorporar a policías retirados, entre las reformas carcelarias aprobadas por la Asamblea
La reforma penitenciaria dispone la creación de un subsistema de inteligencia que debería adelantarse a hechos violentos en las prisiones. Habrá un "régimen especial" para reos de alta peligrosidad y vínculos con bandas transnacionales.

Traslados de privados de la libertad al Centro de Privación de Libertad Nro. 1 Guayas el 13 de marzo de 2026.
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SNAI.
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La Asamblea Nacional aprobó el 17 de marzo de 2026 un proyecto de reforma de Ley para el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario con el que el Gobierno de Daniel Noboa aspira a que el Estado recupere el control de las cárceles.
El tema que más atención atrajo fue la propuesta de Acción Democrática Nacional (ADN) para que los privados de la libertad empiecen a trabajar para poder sustentar su estadía, mientras cumplen la pena impuesta por la justicia.
La transitoria dice: "En el plazo máximo 36 meses, el Sistema Nacional de Rehabilitación Social incorporará la política pública de trabajo interno para las personas privadas de libertad, a fin de garantizar el ejercicio del derecho a la rehabilitación social, mediante el desarrollo de actividades laborales y productivas en estricto cumplimiento a los derechos y garantías contempladas en la Constitución".
Esto, mientras las prisiones registran altos niveles de hacinamiento por el volumen de detenciones a raíz de la declaratoria de 'conflicto armado interno' en Ecuador, y una crisis sanitaria por los contagios con tuberculosis en las cárceles.
Sin embargo, no es el único punto que introduce la reforma respaldada por la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados y rechazada por Revolución Ciudadana y Pachakutik.
El proyecto aprobado por la Asamblea el martes 17 de marzo de 2026, modifica seis cuerpos legales. Los principales cambios son:
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Ajuste a faltas de guías penitenciarios
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De entrada, la reforma modifica la naturaleza del Cuerpo de Seguridad Penitenciaria al ubicarlo como un ente de seguridad complementaria de la Función Ejecutiva.
Y lo define como una entidad de carácter civil, armada, uniformada, jerarquizada, disciplinada, técnica, profesional y especializada, con misión operativa en el Sistema Nacional de Rehabilitación Social y de Atención Integral a Adolescentes Infractores (SNAI).
En la ley actual no se contempla que el Cuerpo de Seguridad Penitenciaria sea un organismo armado por naturaleza.
Otro cambio es sobre las faltas en las que pueden incurrir los guías y funcionarios penitenciarios, las cuales, con la reforma, se clasificarán en leves, graves y muy graves.Por ejemplo, permitir el ingreso de personas ajenas a la prisión o de objetos considerados ilícitos será catalogado como una falta muy grave, así como permitir que los presos organicen festejos y otras actividades ajenas al régimen penitenciario. Ahora la actual ley sí detallas las faltas, pero nos las clasifica en función de su gravedad.
La difusión de imágenes y otro tipo de información sobre los privados de la libertad, sin autorización superior, también tendrá sanciones administrativas graves, sin perjuicio de los procesos legales que se puedan derivar de esas acciones.

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Nueva clasificación de carcelaria por nivel de riesgo
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El proyecto aprobado por la mayoría oficialista de ADN y sus aliados en la Asamblea introduce cambios en el Código Penal, tales como una clasificación de las prisiones por su nivel de seguridad:
- Centros de máxima seguridad.
- Centros de mediana seguridad.
- Centros de mínima seguridad.
A la par, se hace una clasificación por el grado de peligrosidad de los reos que con la reforma serán considerados de alto, medio y bajo riesgo y dependiendo de aquello serán distribuidos en las prisiones.
El proyecto plantea la implementación de un "régimen penitenciario especial" para presos cuya clasificación sea de riesgo alto y que por su peligrosidad, tipo penal, capacidad de liderazgo o vinculación criminal nacional e internacional, representen un peligro para el Estado.
Otro aspecto que generó polémica durante el debate de la ley -que debe ser sancionada por el presidente Daniel Noboa para entrar en vigencia- fue la creación de un subsistema de inteligencia penitenciario.
Además de detectar los peligros dentro de las prisiones, podrá coadyuvar a la reclasificación de privados de libertad y compartir información con los otros Sistemas de Inteligencia policial y militar.
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Se regla uso legítimo de la fuerza en cárceles de alto riesgo
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Para estar acorde a la implementación de la categoría de "régimen penitenciario especial" se incluye la posibilidad de aplicar el uso progresivo de la fuerza sobre personas privadas de la libertad catalogadas de alto riesgo cuando pongan en peligro la seguridad del centro penitenciario.
Sin embargo, la clasificación de riesgo, la pertenencia a un régimen especial o la vinculación a estructuras criminales no constituirán por sí mismas justificación autónoma para el uso de la fuerza.
Deben ser elementos a tener en cuenta dentro de un análisis más amplio para ejecutar la operación, que luego deberán ser justificados y estarán sujetos a mecanismos de supervisión y control administrativo, disciplinario y judicial.
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Ley de Seguridad Pública y del Estado
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El documento aprobado plantea que el Consejo de Seguridad del Estado, además de las funciones de asesorar y recomendar al presidente de la República sobre políticas de seguridad pública, también aborde temas penitenciarios.
"Incorporará en su planificación, seguimiento y evaluación la política penitenciaria nacional, en particular la relativa a la ejecución de penas privativas de libertad y medidas cautelares respecto de personas vinculadas a la delincuencia organizada, criminalidad trasnacional, redes de criminalidad compleja o delitos que afecten gravemente la seguridad del Estado", dice el texto aprobado.
También, plantea que el Subsistema de Inteligencia Penitenciaria se articulará con el Sistema Nacional de Inteligencia para establecer mecanismos de intercambio de información, análisis estratégico y gestión anticipada de riesgos de las cárceles de máxima seguridad.
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Promueve la inclusión de policías en servicio pasivo
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Uno de los aspectos que más resaltó la bancada de gobierno durante el debate es que, con la aprobación de esta propuesta, se pondrá fin al déficit de guías penitenciarios que actualmente son unos 3.600 para cuidar a más de 34.000 presos.

Fachada del edificio del Instituto de Seguridad Social de la Policía en el norte de Quito.ISSPOL. Para lograrlo, la proponente del proyecto, Inés Alarcón, de ADN dijo que se facilitará la incorporación temporal de policías y militares en servicio pasivo a las filas del Cuerpo de Seguridad Penitenciaria.
Por eso se introdujo una reforma a la Ley del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL)
La ley vigente dice que quienes perciben pensiones de retiro del ISSPOL y se incorporan a prestar servicios bajo relación de dependencia y reciben un sueldo, dejarán de percibir el 40% del aporte del Estado en su pensión, cuando el monto de la misma supere el valor de una canasta básica familiar.
En el texto aprobado por la Asamblea se excluye de este descuento a quienes se incorporen bajo relación de dependencia a trabajar en el SNAI.
En el informe para segundo y definitivo debate, se incluyó esta posibilidad para los integrantes de las Fuerzas Armadas en servicio pasivo, aplicando una reforma similar en la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
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