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Política

“Tenemos 185 pruebas” versus “No existen pruebas” | Así llega a juicio el caso Triple A

La audiencia de juicio en el caso Triple A, que vincula al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y a sus empresas de combustible, debe instalarse este 31 de enero en Quito.

Aquiles Alvarez vs Christian Puente

Christian Puente, director de la Arch, y Aquiles Alvarez, alcalde de Guayaquil.

- Foto

Primicias

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

30 ene 2026 - 15:21

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Al menos 185 pruebas para buscar una sentencia condenatoria en el caso Triple A, que vincula al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, presentará la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) en la audiencia de juicio prevista para las 08:30 de este 31 de enero de 2025. La defensa del funcionario alegará que “no existen pruebas” del delito de comercialización ilegal de combustibles en las zonas fronterizas.

  • A la par del caso Triple A, alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, rendirá versión en Quito por presunto lavado de activos

Luego de seis meses del llamamiento a juicio, la audiencia convocada para este sábado cuenta, incluso, con defensores públicos para los procesados a fin de evitar dilaciones en este caso que comenzó en julio de 2024, tras una denuncia de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) investigada por la Fiscalía y que estima perjuicios al Estado por USD 94 millones.

PRIMICIAS habló con las dos partes involucradas:

ARCH: Las alertas saltaron en 2023

El director ejecutivo de la ARCH, Christian Puente, explicó que la investigación surgió en 2023 cuando recibieron alertas que señalaban “un comportamiento atípico de 455 estaciones de servicio en las que hubo un crecimiento irracional de requerimientos de parte de gasolineras”.

 ¿Qué alerta les llamó la atención?

En el caso del operador Naviero Ternape, que en el periodo 2020-2024, Petroecuador le despachó diésel industrial por 66.034.174 galones, de los cuales facturó 56.963.821 galones. 

Los 10 millones restantes, sí fueron comercializados, no lo hicieron legalmente, porque no fueron facturados. En 2025, por perforaciones clandestinas de los GDO que se dedican a robar combustible hubo una sustracción de 1.506.187 barriles (63 millones de galones).

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Imagen referencial de una gasolinera afiliada de Copedesa ubicada en la vía Durán-Babahoyo, e inaugurada en diciembre de 2022. Según el alcalde Aquiles Alvarez no vende combustible como comercializador hace casi dos años.Copedesa

El caso de Ternape suma el 14 % de las perforaciones de los GDO, ¿así?

Ternape Petroleum es un operador naviero ubicado en Manabí y se dedica a la comercialización de combustible en el segmento naviero, vende a buques con bandera nacional e internacional. Haga sus inferencias: dónde pudieron haber terminado esos 10 millones de galones, facilito, ¿no? Ellos tienen un puerto para abastecimiento privado donde llegan embarcaciones y se cargan de combustible.

¿185 pruebas para demostrar un supuesto "delito irrebatible"?

Todo responde a un proceso articulado de informes de la UAFE, del SRI, de la ARCH, de la Empresa Pública Petroecuador, documentos que aportan en el acervo probatorio. Hablamos de un delito en el cual han participado 22 personas con un rol específico en esta estructura delictiva que será de conocimiento del tribunal el 31 de enero de 2026.

¿Era factible que Copedesa verifique a su red de distribuidores para que no desvíen el combustible? 

Por supuesto, ese es el deber de ellos, no tengo por qué explicarle al señor Alvarez cómo debe operar, él dijo: "yo voy a controlar a mi red y mi red es de este tamaño, de 15, 20, 30 gasolineras". Él debe tener un modelo de gestión y no resulta imposible, porque es una empresa que tiene una gran cantidad de ingresos y empleados a su disposición.

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El director ejecutivo encargado de Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) muestra contratos de las comercializadoras de propiedad del alcalde Aquiles Alvarez, el 17 de diciembre de 2025, previo a la audiencia de juicio del caso Triple A.PRIMICIAS

Las principales pruebas de la ARCH:

  • El contrato entre Copedesa y Petroecuador establecía que una de las obligaciones de Copedesa era “verificar que los distribuidores autorizados de su red no desvíen el combustible entregado por Petroecuador, dentro y fuera del territorio nacional”.
  • Entre estas obligaciones se incluyen entregar combustible a distribuidores autorizados, verificar que los distribuidores de su red no desvíen el combustible y que no se venda a otros segmentos, automotriz, naviero o industrial.
  • Al vender entre segmentos, por ejemplo, del automotriz al industrial, las empresas procesadas se beneficiaban del subsidio que aplica el Estado para el diésel automotriz, ganando USD 1 o más por cada galón.
  • Copedesa tenía entre sus obligaciones la supervisión y el control a la red de gasolineras, definir mecanismos de verificación para garantizar lo que despachan sus distribuidores con reportes diarios.
  • En el caso de operador naviero Ternape, en el periodo comprendido entre el año 2020 y el año 2024, la EP Petroecuador despachó diésel industrial por la cantidad de 66.034.174 galones de los cuales facturó 56.963.821 galones.
  • Casos como la facturación de 145.115 galones de combustible, entre agosto de 2022 y septiembre de 2024, a un vehículo liviano Chevrolet Cruze, lo que equivale a tanquear el carro 8,4 veces al día todos los días en ese lapso.
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Imagen de los expedientes del caso Triple 'A', en el que está procesado el alcalde Aquiles Alvarez. La justicia le dispuso utilizar el grillete desde el sábado 19 de julio del 2025.Cortesía

Defensa de Copedesa: "No existe delito"

Todas las pericias que se hicieron dentro del proceso Triple A coinciden en que “no existe delito, dice Ramiro García, abogado del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y recalca que así concluyen “los peritos que han analizado la información probatoria que se presentó en calidad de evidencia en la etapa de instrucción fiscal”.

Lo que señala el contrato es ley, ¿por qué Copedesa no fiscalizó a su red de gasolineras?

Sin lugar a duda, pero en el contrato se establece que Copedesa supervisará que las estaciones de servicio no hagan mal uso del combustible que entregan, pero. obviamente, y eso cualquier persona con coeficiente intelectual normal entiende, esa responsabilidad termina en el momento que se entrega el combustible, porque no puede ser que a la comercializadora se le entregue una especie de tutela permanente sobre estaciones de servicios que no son de su propiedad ni de su administración.

¿Pueden demostrar que las empresas del alcalde hicieron la supervisión?

Lo que podemos demostrar, y eso es lo que nos toca, es que la comercializadora cumplió con toda la cadena de comercialización de combustible. Una de las cosas que hay que entender es que todo el combustible entregado por la comercializadora a la estación de servicio ha sido previamente pagado auditado, controlado supervisado y autorizado por Petroecuador.

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Ramiro García, abogado Aquiles Alvarez, alcalde de Guayaquil, se pronunció este 10 de juylio de 2025, frente a "narrativas infundadas, que buscan desprestigiar a su cliente en el caso Triple A", luego de que Daniel Salcedo mostrara fotos de una "supuesta" conversación con el funcionario.API

El caso del operador Naviero Ternape, la ARCH detectó que Petroecuador despachó 66.034.174 galones de diésel industrial y solo facturó 56.963.821 galones.

No, en lo absoluto. Ignoran el proceso de comercialización de combustible, hasta el último galón que recibe la comercializadora es despachado por Petroecuador, no es que usted recibe una x cantidad de galones y después ve a quién vende. 

¿Tienen las facturas?

Todo, por eso digo que este es un delito de imposible comisión: no hay manera que usted facture un galón por fuera de lo que ha sido requerido por las estaciones de servicio del sector industrial o naviero sin que Petroecuador hubiera auditado.

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Imagen referencial del alcalde Aquiles Álvarez junto a una de las gasolineras investigadas en el caso Triple A.PRIMICIAS

Principales pruebas de Copedesa:

  • Todas las pericias dentro del proceso coinciden que no existen delito. 
  • Todo el proceso de comercialización de combustible es un proceso facturado, reglado y documentado.
  • La comercializadora no puede de ninguna manera responsabilizarse por lo que hagan las estaciones de servicio que no son ni de su propiedad, ni de su servicio, ni de su administración, ni de su control.
  • No existe una sola evidencia de una sola transacción de combustible que sea ilícita.
  • Para que exista comercialización ilícita es necesario que ‘A’ comercialice ilícitamente a ‘B’, y no hay un solo procesado por la compra ilícita de combustible. Los 22 procesados son ‘A’ y no hay ni un solo ‘B’.
  • #Aquiles Alvarez
  • #Fiscalía
  • #audiencia
  • #juicio
  • #tráfico
  • #combustibles
  • #Hidrocaburos

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