Ecuador exigirá visa de transeúnte a ciudadanos de Venezuela y otros 44 países desde el 1 de septiembre
La Cancillería informó que los trámites de la visa de Visitante Temporal de Transeúnte deberán hacerse desde el exterior. La medida busca reforzar el control migratorio en un contexto de creciente presión, sobre todo por la migración venezolana.

Ciudadanos venezolanos frente al Palacio de Carondelet, en el centro histórico de Quito, 28 de enero de 2025.
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En un comunicado difundido este sábado, 30 de agosto de 2025, la Cancillería del Ecuador anunció que, a partir del 1 de septiembre de 2025, se exigirá la Visa de Visitante Temporal de Transeúnte para los nacionales de países que actualmente requieren visa para ingresar al país. La medida está respaldada por la polémica Ley Orgánica de Solidaridad Nacional.
Con la ley aprobada por la Asamblea Nacional, se reformó el artículo 66 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que tiene por objetivo fortalecer la seguridad del Estado y el control migratorio.
El trámite deberá realizarse exclusivamente desde fuera del territorio ecuatoriano, a través de la plataforma digital oficial de la Cancillería.
Los costos ascienden a USD 50 por el formulario de solicitud, y USD 30 por la emisión de la visa.
Migración de Venezuela a Ecuador
La medida se produce en un contexto de fuerte presión migratoria en Ecuador, especialmente por la llegada masiva de ciudadanos venezolanos.
Según cifras de ACNUR, Ecuador habría acogido a unos 440.450 venezolanos, entre migrantes y refugiados, de los cuales aproximadamente el 60 % (es decir, unos 264.270) estarían en situación indocumentada.
Ecuador ha decidido terminar el Estatuto Migratorio bilateral con Venezuela, vigente por 15 años, decisión aprobada recientemente por la Asamblea, argumentando que “ya no cumple el objetivo para el que fue creado y representa cargas económicas para el Estado”.
Por otra parte, la amnistía migratoria vigente para venezolanos (que habría permitido regularización temporal) fue derogada en marzo de 2025 por el Decreto Ejecutivo 560 del presidente Daniel Noboa, eliminando la posibilidad de solicitar la visa VIRTE II, utilizada por miles que estaban en proceso de regularización.
Además, el presidente Noboa declaró que Ecuador no recibirá migrantes deportados de otras nacionalidades, criticando al gobierno venezolano por negar el regreso de sus ciudadanos.
¿Qué es la "Visa de Visitante Temporal de Transeúnte"?
El término Visa de Visitante Temporal de Transeúnte se refiere a un permiso de corta duración, otorgado a extranjeros que ingresan al país sin intención de establecerse permanentemente, ya sea para tránsito, escala o visita temporal.
En Ecuador, la Visa de Visitante Temporal convencional (de turista) permite 90 días de permanencia, orientada a actividades no laborales, pero es distinta a la de transeúnte.
La nueva medida agrega un paso previo: quienes ya necesitan visa, deberán tramitar esa autorización específica desde el exterior, aunque el tiempo exacto de permanencia que autorizará la visa de transeúnte no se detalla en el comunicado oficial.
Listado de países que deberán solicitar la Visa de Transeúnte
África
- Angola
- Camerún
- Costa de Marfil
- Egipto
- Eritrea
- Etiopía
- Gambia
- Ghana
- Guinea
- Guinea Bissau
- Kenia
- Libia
- Mali
- Mauritania
- Nigeria
- República del Congo
- República Democrática del Congo
- Senegal
- Sierra Leona
- Somalia
- Sudán
- Sudán del Sur
- Chad
Asia
- Afganistán
- Bangladesh
- Filipinas
- India
- Irak
- Irán
- Myanmar
- Nepal
- Pakistán
- República Popular China
- República Popular Democrática de Corea
- Sri Lanka
- Tayikistán
- Uzbekistán
- Vietnam
- Yemen
- Siria
- Kirguistán
Europa
- Albania
América y Caribe
- Cuba
- Haití
- Venezuela
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