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Política

Tres polémicas leyes del Gobierno entran a escrutinio en las audiencias públicas de la Corte Constitucional

Las leyes de Solidaridad Nacional, Integridad Pública e Inteligencia suman 41 demandas ciudadanas de inconstitucionalidad en su contra. La primera audiencia se realizará 25 de agosto de 2025.

Fuerte resguardo militar y policial en los exteriores de la Corte Constitucional, el 12 de agosto de 2025, previo a la marcha organizada por el presidente Daniel Noboa.

Fuerte resguardo militar y policial en los exteriores de la Corte Constitucional, el 12 de agosto de 2025, previo a la marcha organizada por el presidente Daniel Noboa.

- Foto

API /Henry Lapo

Autor:

Adriana Noboa

Actualizada:

25 ago 2025 - 05:55

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La Ley de Solidaridad Nacional, que regula el conflicto armado interno, será la primera en enfrentar el escrutinio público en la Corte Constitucional (CC). Este lunes, 25 de agosto de 2025, el juez Alí Lozada dirigirá la audiencia donde los demandantes y el Ejecutivo deberán enfrentar sus argumentos.

El encuentro será telemático, a partir de las 10:30, y se transmitirá por el canal de Youtube de la Corte Constitucional, apenas dos semanas después de que el mismo presidente Daniel Noboa lideró una marcha de protesta contra los magistrados.

El detonante fue que la Sala de Admisiones de la Corte aceptó a trámite las demandas ciudadanas en contra de las polémicas leyes de Solidaridad Nacional, Inteligencia e Integridad Pública, aprobadas por Acción Democrática Nacional (ADN), entre el Legislativo y el Ejecutivo.

  • Así fue la primera marcha con la que el presidente Daniel Noboa midió la capacidad de movilización de su gobierno

Y, a la vez, el tribunal dio paso a las medidas cautelares solicitadas por los demandantes contra 17 de sus artículos, que fueron suspendidos temporalmente. El Gobierno utilizó esa decisión para responsabilizar a los magistrados por la crisis de inseguridad que recrudeció en 2025.

Pero, pese a la tensión que ha puesto el Ejecutivo sobre la Corte Constitucional, incluso advirtiéndoles que puede quitarles el edificio donde operan, los ministerios involucrados y la misma Presidencia de la República deberán enviar a sus delegados para que participen de las audiencias programadas.

Hasta el 21 de agosto de 2025, estas normativas sumaban 41 demandas en su contra. Además, el Pleno de la Corte no ha tomado todavía una decisión. Es decir, no hay una sentencia definitiva y vinculante.

Las claves de las demandas

  1. 1

    Solidaridad Nacional

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    En el caso de la Ley de Solidaridad Nacional, la Corte unificó cinco de las seis demandas ciudadanas que han ingresado en su contra. Estas son impulsadas por grupos de personas, individuos y organizaciones como la Fundación Regional de Asesoría de Derechos Humanos (Inredh), el Colegio de Abogados de Pichincha y la Federación de Abogados del Ecuador.

    La Sala de Admisión afirma que los demandantes justificaron "los efectos concretos, inminentes y graves" que podría producir la aplicación de las disposiciones" en: la independencia judicial, el principio de legalidad, el acceso a la justicia, la obligación estatal de investigar y sancionar crímenes de especial gravedad, así como los derechos de las víctimas y familiares.

    Por ejemplo, las definiciones planteadas de grupos armados organizados y objetivos militares, "generarán un daño de alta probabilidad, impacto e irreversibilidad en la población".

    A la vez que se cuestiona duramente el ya criticado indulto anticipado, creado por el Gobierno. Esta figura "generará consecuencias severas y críticas en las víctimas de graves vulneraciones de derechos humanos, marcando un alto grado de impunidad".

    Pero también se detiene el artículo sobre el reconocimiento del conflicto armado interno, que establece que esto requiere de un decreto ejecutivo. Pese a los diversos pronunciamientos en los que los magistrados aclararon al presidente Noboa que no requiere de dicho reconocimiento oficial. 

    Esto implica que el decreto 55, del 16 de julio, con el que el Mandatario reconoció la persistencia de un conflicto armado, rechazado legalmente por la Corte Constitucional desde abril de 2024, quedaría en el aire hasta que haya una decisión final.

  2. 2

    Integridad Pública

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    La Ley de Integridad Pública inició como una reforma a la contratación pública, en la que el oficialismo en la Asamblea añadió decenas de páginas con reformas penales y judiciales, de servicio público, monetarias y financieras, de niñez y adolescencia y varias más.

    Los cambios fueron profundos. Es por eso que esta es la normativa que más rechazo ha generado en la ciudadanía. Hasta la Corte han llegado 30 demandas de inconstitucionalidad, principalmente de todo tipo de agrupaciones de servidores públicos.

    Incluso hubo amenazas de manifestaciones y protestas, por lo que el Gobierno dio un paso atrás con los cambios que planteó sobre la compensación por jubilación. Sin embargo, quedaron en pie los cambios en el pago por despido intempestivo y la nueva modalidad de evaluación de los funcionarios públicos.

    Este último, sumado al popurrí de reformas que incluyó ADN, ha hecho que todo tipo de agrupaciones e individuos presenten sus quejas ante el máximo tribunal del país: colegios de abogados, sindicatos, organizaciones de derechos humanos, médicos, estudiantes, profesores, comités, empresas, asociaciones de jueces.

    La Corte acumuló 26 de estas causas en un solo proceso.

  3. 3

    Inteligencia

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    En cuanto a la Ley de Inteligencia, el Tribunal unificó dos de las cuatro demandas ciudadanas que han llegado hasta la Corte. Los escritos fueron presentados por un grupo de sindicatos, entre ellos el Frente Unitario de Trabajadores y la Unión Nacional de Educadores; fundaciones de derechos humanos; un grupo de ciudadanos; y el Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

    En este caso, la Corte frenó artículos como el de los gastos especiales y la incineración de sus respaldos, la doble identidad de los agentes, los requerimientos de información a las operadoras telefónicas sin orden judicial, la interceptación de documentos o comunicaciones sin orden judicial.

    Según los jueces de la Sala de Admisiones, a primera vista, el nuevo régimen de inteligencia instaurado por el oficialismo en esos artículos:

    • Habilitaría prácticas de vigilancia y recolección de información y sin control judicial ni límites claros.
    • Establecería un régimen de reserva generalizada y sin mecanismos de desclasificación.
    • Permitiría realizar operaciones encubiertas sin orden judicial ni procedimiento administrativo.
    • Permitiría el acceso amplio a bases de datos personales.

    Es así que la respuesta cautelar urgente de la Corte, responde al "riesgo de afectación inminente y posiblemente irreversible a los derechos a la intimidad, protección de datos personales, inviolabilidad de la correspondencia, acceso a la información pública y debido proceso".

    Ahora resta que el Ejecutivo y el Legislativo asistan a la audiencia que convoque la Corte, para defender sus leyes en una audiencia y argumentar por qué las normativas no estarían violentando o poniendo en grave riesgo los derechos civiles, el debido proceso y el sistema judicial.

  • #Daniel Noboa
  • #Corte Constitucional
  • #audiencia
  • #acción de inconstitucionalidad
  • #Ley de Solidaridad Nacional
  • #Ley de Integridad Pública
  • #Ley de Inteligencia

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