Sexto proyecto urgente: Ejecutivo busca revivir un pedazo de la extinta Ley de Solidaridad y acusa a la Corte de atribuirse competencias
La declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Solidaridad y su Reglamento le costó al Gobierno su estrategia legal de seguridad. Pero, con el último proyecto urgente, el presidente Daniel Noboa busca salvar las donaciones para las fuerzas del orden.

Imagen referencial del presidente Daniel Noboa y el ministro de Defensa entregando cascos y chalecos a los militares en Machala, el 13 de enero de 2025.
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En su último proyecto de ley económica urgente, para viabilizar donaciones para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, el presidente Daniel Noboa afirma que estas entidades requieren un fortalecimiento extraordinario, frente a un presupuesto estatal ordinario insuficiente.
En el documento enviado a la Asamblea Nacional, el Ejecutivo arremete contra la Corte Constitucional (CC), sobre sus recientes dictámenes que dieron de baja dos leyes urgentes aprobadas por Acción Democrática Nacional (ADN), por haber vulnerado los requisitos legales y constitucionales.
Carondelet acusa a los magistrados de ignorar su propia línea jurisprudencial y de atribuirse competencias. En resumen, el presidente Noboa reclama que el organismo no tiene por qué revisar si sus leyes urgentes son efectivamente económicas o no.
Sin embargo, la Presidencia reconoce que la Ley de la Función Legislativa sí establece los requisitos que tienen que cumplir las iniciativas económico urgentes, y que no existieron las dos polémicas leyes que fueron aprobadas por la Asamblea:
- Referirse a aspectos sustantivos de la política económica.
- Requerir de un trámite expedito para garantizar el equilibrio de las finanzas públicas o enfrentar una situación económica adversa.
Y, en su argumentación, esta vez el Gobierno afirma cumplir los mandatos constitucionales sobre la política económica y la política fiscal en "estricta concordancia", con los objetivos de: mantener la estabilidad económica; propiciar el intercambio justo en mercados transparentes; financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos; y la generación de incentivos para la inversión.
Esto bajo la lógica de que el crimen organizado ha provocado severas afectaciones económicas (privadas y públicas) y, por lo tanto, el fortalecimiento de las fuerzas del orden contribuiría a mantener y conseguir la licitud económica.
Por ello, este sexto proyecto urgente, apalancado en los constantes estados de excepción, concentra sus cuatro artículos y cinco disposiciones en ese único objetivo porque, según el Gobierno, existe una imperiosa necesidad de autorizar donaciones para que los uniformados puedan combatir a los grupos armados organizados.
Además, sobre la urgencia de la medida, el Ejecutivo sostiene que el combate a la inseguridad amerita una inversión de recursos adicionales, que constituyen un gasto extraordinario, por lo que se requiere la complementariedad del sector privado. Por lo que no se puede esperar en promedio los 18 meses que toma que el pago de tributos se convierta en un bien o servicio tangible.
Y sobre la unidad de materia, Carondelet especifica que en esta ocasión la normativa tiene un conjunto de reglas y principios que sí permite identificar claramente su objetivo. Y afirma que "bajo ningún concepto" este proyecto busca modificar de manera indiscriminada un sinnúmero de preceptos vigentes, sin ninguna conexión. Como lo hizo, previamente, la bancada de ADN.
En el texto remitido al Legislativo, además, el presidente Noboa reconoce que el crimen organizado ha superado al Estado. Y pone como ejemplo el caso de Guayas, El Oro, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas y Sucumbíos, donde estos grupos "han desarrollado capacidad de control territorial, imponiendo reglas sociales y económicas propias".
Sin embargo, el éxito de la iniciativa presidencial depende de la voluntad de sector privado de ejecutar esas donaciones, que deben ser compradas según las características específicas que demanden las fuerzas del orden y que, en la propuesta inicial, se establecía que tenían que ser adquiridas en territorio nacional.
¿Qué plantea el nuevo proyecto económico urgente?
El articulado establece un régimen económico de incentivos tributarios y de facilitación de donaciones, destinado exclusivamente al fortalecimiento de las fuerzas del orden, estas son Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. Esto les permitirá recibir "bienes muebles o inmuebles, equipamiento o suministros nuevos, en condiciones óptimas para su uso".
Y la única reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno establece que las donaciones se ejecutarán solo "en función de las necesidades expuestas por las fuerzas del orden" y que implicarán una rebaja del impuesto a la renta causado del periodo fiscal equivalente al valor de la donación, con un límite del 30% del impuesto causado, sin derecho a devolución".
Las donaciones de bienes perecibles no serán tomadas en cuenta para el beneficio tributario. Los mecanismos para esta transferencia se establecerán en el Reglamento subsiguiente y se ejecutarán con base en el catálogo que creen la Policía y las Fuerzas Armadas.
Y esto justamente es una parte de lo que ya planteó el Primer Mandatario en la extinta Ley de Solidaridad Nacional y su Reglamento, que pretendían crear el marco jurídico para un conflicto armado interno.
La única diferencia con la propuesta actual es que, esta vez, se incluyen las donaciones de bienes muebles y se aclara que los perecibles no cuentan para el beneficio tributario. Por lo que, una vez aprobada esta nueva propuesta, el Ejecutivo podrá emitir nuevamente el Título III del Reglamento anterior, con los ocho artículos que regulaban los detalles.
Y es que la misma Corte Constitucional lo admitió: la gran mayoría de disposiciones originales de la Ley de Solidaridad sí guardaban una coherencia temática jurídica, para delimitar una situación de conflicto armado interno y las medidas financieras, tributarias y de seguridad a ejecutar.
El problema fue que el oficialismo en la Asamblea introdujo disposiciones que no tenían conexión y violaron el principio de unidad de materia. Por ejemplo, colaron reformas que iban desde la creación de sociedades anónimas deportivas, prohibiciones para las sociedades por acciones simplificadas y hasta una visa de transeúntes.
Por eso, una vez declarada la inconstitucionalidad de la Ley esto eliminó todo su contenido y también desapareció la ya regulada posibilidad de que los contribuyentes realicen donaciones a las fuerzas públicas, a cambio de una rebaja del impuesto a la renta de ese año.
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