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Política

Así será el concurso para elegir al Fiscal General que reemplazará a Diana Salazar

El periodo de la fiscal Diana Salazar termina el 8 abril de 2025. El Consejo de Participación todavía no ha creado la veeduría y comisión que se encargarán del concurso para reemplazarla.

El CPCCS aprobó, el 11 de septiembre de 2024, el reglamento para el concurso público para seleccionar a la nueva Fiscal General del Estado.

El CPCCS aprobó, el 11 de septiembre de 2024, el reglamento para el concurso público para seleccionar a la nueva Fiscal General del Estado.

- Foto

PRIMICIAS / Diego Corrales

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

12 sep 2024 - 17:45

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El Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) aprobó finalmente el Reglamento para el concurso de méritos y oposición para la designación de la próxima Fiscal General. Según el documento, así piensan garantizar la selección de alguien que "reafirme la confianza de los ciudadanos" en la entidad.

En este nuevo Reglamento, por ejemplo, los consejeros eliminaron todas las prohibiciones relativas a las destituciones, cesamientos o suspensiones en el ejercicio profesional o a quienes ya hayan ocupado el cargo de Fiscal General o de comisionado de selección previamente.

Sin embargo, agregaron prohibiciones para quienes hayan sido abogados patrocinadores de acusados en casos sobre 36 delitos de crimen organizado, en los últimos 10 años.

  • Los concursos de autoridades de control, una historia sin fin en el CPCCS

Seis de los siete consejeros lograron ponerse de acuerdo, en medio de las pugnas internas y externas que sacuden al pleno del CPCCS, y votar a favor del texto. El tiempo se acorta, pues el periodo de seis años de la fiscal Diana Salazar termina el 8 de abril de 2025.

Es decir, en menos de siete meses, el CPCS debería crear la veeduría ciudadana y la Comisión Ciudadana de Selección y, a la par, esta última deberá ejecutar todo el concurso establecido en el Reglamento.

Sin embargo, el CPCCS ha probado ser incapaz de cumplir con los plazos para seleccionar autoridades de control. Lo que ha ocasionado que múltiples entidades permanezcan bajo administraciones prorrogadas o encargadas, entre ellas las autoridades electorales.

¿Qué dice el Reglamento?

El documento aprobado por el CPCCS establece que:

  1. 1

    Organismos previos

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    Primero el Consejo debe crear la veeduría ciudadana, la Comisión Ciudadana de Selección (CCS) y el equipo técnico.

  2. 2

    Facultad de verificación

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    El artículo 19 faculta a la Comisión y al mismo CPCCS a solicitar información, en cualquier momento, sobre cualquier postulante, con el fin de verificarla, "a efectos de pronunciarse motivadamente sobre la probidad" de los mismos.

    Esta facultad se podrá ejercer una sola vez por cada participante y en el caso de verificarse una falta o ilegalidad, esto acarreará la descalificación. Si la decisión la toma la Comisión, esta podrá ser apelada al pleno del CPCCS, que será la última y definitiva instancia.

  3. 3

    Requisitos

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    Los participantes deberán:

    1. Ser ecuatorianos y estar en goce de sus derechos políticos.

    2. Tener título de tercer nivel en Derecho, legalmente reconocido en el país y conocimientos de gestión administrativa.

    3. Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria en materia penal por un lapso mínimo de diez años.

  4. 4

    Prohibiciones e inhabilidades

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    El Reglamento recoge más de 20 factores que impedirán la participación de los interesados. Entre las principales están:

    1. Poseer bienes o recursos en paraísos fiscales, propios o a través de su cónyuge.

    2. Ser cónyuge, tener unión de hecho o ser familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con las máximas autoridades de las instituciones estatales, incluido el CPCCS y la Comisión de Selección.

    3. Haber sido condenado con prisión por delitos de violencia contra la mujer y otros.

    4. Tener contrato con el Estado, como persona natural, socio o socia, representante, apoderado de personas jurídicas, nacionales o extranjeras.

    5. Hallarse en interdicción judicial, mientras esta subsista.

    6. Tener sentencia electoral que suspenda los derechos políticos.

    7. Tener obligaciones tributarias o con el sector público, o estar en mora con el IESS.

    8. Haber sido dictador o haber cometido delitos de lesa humanidad.

    9. Deber dos o más pensiones alimenticias vencidas.

    10. Ser miembro activo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional o ser representantes de cultos religiosos.

    11. Haber ejercido el patrocinio judicial como defensor técnico particular en causas relacionadas con 36 delitos de crimen organizado, en los últimos 10 años. Entre otras.

  5. 5

    Fases del concurso y puntos

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    El proceso se dirimirá en seis fases, que serán públicas y se transmitirán por las redes del CPCCS:

    1. Convocatoria y postulación

      • Una vez lanzada la convocatoria a escala nacional y a través de las sedes diplomáticas en el exterior, los interesados podrán postular con sus expedientes durante el término de 10 días.
    2. Admisibilidad y reconsideración

      • La Comisión tendrá 10 días término para verificar el cumplimiento de requisitos y la inexistencia de prohibiciones de todos los expedientes. Los postulantes no admitidos podrán apelar la decisión ante el pleno del CPCCS, que será la última instancia. 
    3. Calificación de méritos (50 puntos) y recalificación

      • Nuevamente, la Comisión tendrá 10 días término para calificar los méritos de los postulantes y los expedientes se sortearán entre los comisionados.
      • El Reglamento establece 10 materias relevantes del Derecho y 22 categorías de méritos a calificarse, así como 10 acciones afirmativas por un punto cada una.
      • Las calificaciones podrán ser apeladas ante el pleno del CPCCS, que será la última instancia.
    4. Escrutinio público e impugnación ciudadana

      • Esta etapa tiene como finalidad permitir a la ciudadanía y a las organizaciones sociales que presenten sus objeciones respecto de los postulantes.
      • El pleno del Consejo de Participación hará la convocatoria pública y las impugnaciones podrán presentarse en el término de cinco días y por cinco causales: falta de cumplimiento de requisitos legales, falta de probidad, estar incursos en prohibiciones, haber omitido información relevante y haber falsificado o alterado documentos.
      • Los postulantes impugnados deberán presentar sus pruebas de descargo y su contestación por escrito, después de lo cual la Comisión señalará el día y la hora para la audiencia pública.
      • La resolución sobre las impugnaciones podrá ser apelada y después se presentará el informe final.
    5. Oposición (30 puntos de la prueba escrita y 20 de la oral) y recalificación

      • Para la prueba escrita existirá un cuestionario de opción múltiple de 60 preguntas, elaborado por un equipo de 30 docentes expertos en seis áreas del Derecho. El banco de preguntas que crearán será de 3.000 preguntas y los postulantes podrán solicitar una recalificación, en caso de ser necesario.
      • En la prueba oral los postulantes resolverán casos prácticos (10) y tendrán una simulación de audiencia (10), que se ejecutarán en dos días consecutivos. Los casos serán elaborados también por el mismo equipo de expertos. Los tribunales de calificación se conformarán por sorteo cada día entre los docentes y los comisionados. Y los participantes tendrá 30 minutos para preparar el caso y otros 30 para presentarlo.
      • La Comisión creará un equipo de seguridad informática que garantice la "transparencia, confiabilidad, disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información".
    6. Elección y designación

      • Dos días después de finalizada la etapa anterior, la Comisión notificará al pleno del CPCCS el informe de los postulantes que superaron todas las etapas, con la calificación respectiva.
      • Y el Consejo tendrá un término de dos días para designar al candidato con mayor puntaje como la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado.
      • En caso de empate, la definición se dará por sorteo público con presencia de un notario. 

Revise aquí el Reglamento completo:

  • #CPCCS
  • #reglamento
  • #concurso de méritos y oposición
  • #Fiscalía General del Estado

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