Pollo, maíz y leche en polvo de Estados Unidos ingresarán a Ecuador sin aranceles, pero con cupos máximos
Estos son los productos importados desde Estados Unidos hacia Ecuador que tendrán exoneraciones o reducciones arancelarias, con el Acuerdo de Comercio Recíproco, una vez que entre en vigor.

Clientes eligen pescados y otros productos refrigerados en un supermercado de Quito, en febrero de 2024. Imagen referencial.
- Foto
PRIMICIAS
Autor:
Redacción Primicias
Actualizada:
Compartir:
El Acuerdo de Comercio Recíproco (ART), firmado entre Ecuador y Estados Unidos el 13 de marzo de 2026, facilitará la importación de productos desde el mercado estadounidense con beneficios arancelarios y no arancelarios, una vez que entre en vigor.
En materia arancelaria, Ecuador se comprometió a otorgar un trato preferencial para más de 90% de los productos agrícolas importados desde Estados Unidos, mediante la eliminación o reducción de aranceles, detalla la Hoja Informativa sobre el acuerdo, publicada por la Oficina del Representante de Comercio Exterior de los Estados Unidos (USTR), en su página web.
Otras importaciones, como ciertos alimentos procesados, insumos industriales, suministros médicos, maquinarias y equipos de oficina, también serán desgravados en períodos cortos.
Este acuerdo entrará en vigor una vez que culminen los procesos internos de ratificación en cada país, aclaró el Ministerio de Producción a PRIMICIAS.
"Se prevé que esto pueda concretarse hacia agosto o una vez que ambas partes concluyan sus procesos correspondientes", explicó la Cartera de Estado.
Exoneración total, con cupos de importación
El acuerdo establece exoneración arancelaria total, desde su entrada en vigor, para un grupo de productos agrícolas, pero solo hasta alcanzar cierta cantidad máxima anual, entre ellos están:
- Maíz, hasta 25.000 toneladas.
- Sorgo, hasta 10.000 toneladas.
- Carnes de aves, como pollo entero y en trozos, hasta 500 toneladas.
- Carne de cerdo, hasta 100 toneladas.
- Lácteos, hasta 500 toneladas; incluidos leche en polvo y evaporada, crema de leche, quesos frescos y quesos de pasta azul.
- Aceite de soya, hasta 2.000 toneladas, solo hasta el tercer año de vigencia del acuerdo. Al cuarto año, se eliminará la cuota y quedará completamente libre de aranceles.
- Alcohol etanol, hasta 1.000 toneladas.
Una vez que se alcance el cupo anual permitido, las importaciones adicionales de esos productos deberán pagar el arancel general vigente de Ecuador, según el principio de la Nación Más Favorecida (NFM) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Aunque este arancel varía por producto o subpartida arancelaria, en Ecuador supera el 20% para productos sensibles.
Desgravación gradual
Según el documento, otros productos tendrán reducción arancelaria gradual, hasta llegar a 0%, en un período de 1 a 4 años.
Algunos productos que ingresarán a Ecuador sin pagar aranceles al segundo año de vigencia del acuerdo comercial están:
- Cortes de cordero y cabrito.
- Ciertas carnes de aves, como pavos, patos y gansos; frescos o refrigerados.
- Peces vivos de agua dulce.
- Langostas y bogavantes congelados.
- Insumos industriales químicos, como óleum.
- Suministros médicos, como vendas y artículos de farmacia.
- Maquinarias y herramientas eléctricas, como taladros y sierras para cortar madera.
- Maquinarias agrícolas y de jardinería, como cortadoras de césped y máquina para limpiar y clasificar semillas.
- Equipos de oficina, como perforadoras, engrapadoras y sacapuntas.
Hay otro grupo de productos, con sensibilidad media, que reducirán su arancel a la mitad en el segundo año del acuerdo y quedarán exonerados en el tercer año, por ejemplo:
- Aceite de soya en bruto (por fuera del cupo anual exonerado)
- Preparaciones para sopas, potajes o caldos.
- Fórmulas no lácteas para niños de hasta 12 meses.
- Cereales tostados.
- Papel higiénico.
- Licuadoras.
- Estufas.
Por último, están los productos considerados más sensibles para la producción nacional, que tendrán una disminución arancelaria hasta el cuarto año del acuerdo, como son:
- Carnes rojas o de res.
- Derivados lácteos como yogur, leche condensada y quesos de pasta azul (las cantidades que se excedan de la cantidad permitida sin pagar aranceles de manera inmediata).
- Truchas y salmones.
- Bacalaos y merluzas.
- Calzado para atletismo y fútbol.
- Muebles de oficina de metal.
Productos que quedaron por fuera
Para evitar perjudicar a la producción e industria nacional con las importaciones de Estados Unidos, los siguientes productos no tendrán beneficios arancelarios y seguirán pagando el arancel actual:
- Arroz.
- Azúcar.
- Leche líquida envasada.
- Papas.
- Ropa.
- Zapatos de cuero y tela.
- Neumáticos
Por el lado ecuatoriano, el camarón también fue excluido del acuerdo, en las negociaciones referentes a la sobretasa arancelaria, para proteger a los pescadores de Luisiana y el Golfo de México, quienes consideran que el camarón de Ecuador es muy competitivo. Este producto paga actualmente una sobretasa de 10%.
Compartir:






