Colombia cobra desde este 24 de febrero el arancel recíproco de 30% a 23 líneas de productos de Ecuador
El Gobierno de Colombia oficializa el cobro del arancel recíproco a productos de Ecuador con su publicación en el Diario Oficial de ese país. La medida entra en vigencia desde el 24 de febrero.

Camiones de carga pesada transitando por el Puente Internacional de Rumichaca, el principal paso fronterizo entre Colombia y Ecuador, el sábado 31 de enero de 2026.
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Xavier Montalvo / EFE
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Redacción Primicias
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El Gobierno de Colombia oficializó el cobro de un arancel recíproco de 30% a 23 partidas arancelarias o líneas de productos provenientes de Ecuador. El cobro del arancel entra en vigencia desde este 24 de febrero de 2026.
La medida arancelaria se encuentra en el Decreto N° 0170 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, emitido el 20 de febrero y publicado el 23 de febrero de 2026 en el Diario Oficial de ese país. Según el documento, la medida entra en vigencia un día después de su publicación.
Con la tasa arancelaria se afecta a 23 partidas arancelarias y un total de 73 subpartidas o productos más específicos, que ya se habían anunciado previamente. Entre las líneas de productos afectadas están:
- Frijoles.
- Arroz.
- Grasas y aceites de pescado.
- Aceite de palma.
- Zapatos.
- Neumáticos.
- Otras manufacturas de plástico, como botellas, frascos y tapas.
- Alcohol etílico.
- Insecticidas y fungicidas.
- Desinfectantes.
- Papel y cartón.
- Tubos de hierro o acero y tubos de aluminio.
- Plátanos frescos y secos
- Manzanito y orito
- Azúcar de caña.
Restricción de ingreso
Adicionalmente, con el decreto se oficializa la restricción de ingreso de ciertas mercancías proveniente de Ecuador hacia Colombia, por vía terrestre, a través de Ipiales y de Puerto Asís. Entre los productos afectados por esta medida están:
- Arroz.
- Plátano.
- Banano, en su variedad orito.
- Aguacate.
- Coco fresco y seco.
- Papa.
- Cebollas y ajos.
- Tomate.
- Legumbres y frijoles.
- Maracuyá.
- Camarones y langostinos.
También, se restringe el ingreso de mercancías utilizadas en la producción de fentanilo, por vía terrestre, para prevenir el procesamiento ilícito de estupefacientes.
Según el documento, el incumplimiento de las medidas previstas, tanto arancelarias como de restricción de ingreso, ocasionará la aprehensión de las mercancías y del medio de transporte y "a la aplicación de las sanciones a las que haya a lugar, sin posibilidad de subsanar mediante declaración de legalización o de reembarcar".
Guerra comercial
El Gobierno de Colombia fundamenta el cobro del arancel recíproco en "defensa de su seguridad nacional", teniendo en cuenta el impacto en sus exportaciones que tendría el arancel de 30% o tasa de seguridad que comenzó a cobrar Ecuador desde el 1 de febrero, "ocasionando una alteración súbita a las condiciones de comercio bilateral, y poniendo en grave riesgo la economía del país".
Según el Ministerio de Comercio de Colombia, "el arancel de 30% genera una caída del 97% en las exportaciones colombianas a Ecuador, equivalente a una reducción (anual) de USD 1.803 millones".
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, justificó el cobro de la tasa arancelaria en lo que considera como una falta de colaboración de Colombia en reforzar las medidas de seguridad en la frontera.
Autoridades de ambos países tuvieron una reunión en Quito, el pasado 6 de febrero de 2025, pero hasta ahora no se ha logrado un acuerdo que permita el levantamiento de la medidas arancelarias.
De hecho, Colombia presentó dos demandas ante la Comunidad Andina (CAN) en contra de Ecuador, por considerar que la imposición de la tasa era una violación a las normas comunitarias. La respuesta de Ecuador no se hizo esperar, con la presentación de tres demandas en contra del país vecino, ante la Secretaría General de la CAN.
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