¿Cuánto podrán reducir de Impuesto a la Renta las empresas que donen viviendas de interés social?
La reforma a la Ley de Régimen Tributario aprobado por la Asamblea Nacional establece beneficios tributarios para quienes construyan viviendas de interés social. ¿Cuáles son estos?

Uno de los modelos de la vivienda social que se ofrece en Santiago City, en Guayaquil.
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Cortesía
Autor:
Santiago Ayala Sarmiento
Actualizada:
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Una vez que la Asamblea Nacional aprobó, el 30 de marzo de 2026, la reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno, que incluye incentivos dirigidos al sector privado para construir viviendas de interés social, así será como las empresas podrán beneficiarse.
Cabe recordar que una vivienda de interés social es aquella que según la Ley Orgánica de Vivienda de Interés Social: "es primera y única, destinada a los grupos de atención prioritaria y a la población en situación de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad".
La ley menciona que también está dirigida a núcleos familiares de ingresos económicos bajos o medios "que tienen la necesidad de adquirir una vivienda propia y que no hayan recibido un beneficio similar previamente".
Se trata de viviendas que gozan de algún tipo de subsidio estatal, que depende del segmento en el que se clasifique la casa. Existen tres segmentos, según el Reglamento que regula el Acceso a los Subsidios e Incentivos para Vivienda.
La ley aprobada solo establece beneficios de rebaja de impuesto para los contribuyentes que donen viviendas de los segmentos 1 y 2.
Beneficio para viviendas del segmento 1
Según el proyecto de ley aprobado por la Asamblea, se establece una rebaja del Impuesto a la Renta a quienes hagan donaciones de vivienda de interés social correspondiente al primer segmento. Esto, con un límite máximo del 30% del Impuesto a la Renta causado en el respectivo ejercicio fiscal, sin derecho a devolución.
¿Cuál es el valor de las casas de este segmento? Hay dos tipos:
En terreno de propiedad de la persona beneficiaria
- Se trata de casas de hasta 44 SBU, esto es USD 21.208.
En terreno de propiedad del Estado
- Son viviendas de hasta 64 SBU, es decir USD 30.838. Esto incluye obras de urbanización, equipamiento y costo del terreno.
¿Qué beneficio reciben los donantes? La reforma establece una rebaja del 100% del valor de lo donado. Eso sí, solo hasta el límite máximo del 30% del Impuesto a la Renta causado en el respectivo ejercicio fiscal, sin derecho a devolución.
La rebaja establecida tendrá carácter temporal y será aplicable para el Impuesto a la Renta del período fiscal 2026 hasta el 2029.
Reforma a la Ley de Régimen Tributario
Beneficio para viviendas del segmento 2
La reforma aprobada también establece que tendrán derecho a esta rebaja de Impuesto a la Renta los contribuyentes que donen el valor correspondiente al subsidio parcial del Estado para el financiamiento de viviendas de interés social del segundo segmento.
En el segundo segmento, el subsidio del Estado aplica para viviendas con un costo de entre 44 SBU y 102 SBU, o sea, entre USD 21.208 y 49.164.
¿Cuánto es el subsidio que otorga el Estado?
El valor del subsidio que el Estado otorga a las personas que postulen en este segmento es de 9 SBU, es decir, USD 4.338, siempre que se cumplan con las siguientes condiciones:
- En las viviendas de un dormitorio, el precio máximo será de hasta 70 SBU, o sea USD 33.740.
- En las viviendas de dos dormitorios, el precio máximo será de hasta 86 SBU, o sea USD 41.452.
- En las viviendas de tres dormitorios, el precio máximo será de hasta 102 SBU, o sea USD 49.164.
Esto significa que los contribuyentes podrían donar hasta USD 4.338 para rebajar ese valor de Impuesto a la Renta.
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