Desde leche deslactosada hasta fideos instantáneos, SRI aclara que unos 60 alimentos deben pagar 15% de IVA; esta es la lista completa
El SRI emitió una circular para aclarar que alrededor de 60 alimentos no deberían venderse con 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA), sino con 15% de tarifa.

Imagen referencial de una tienda de barrio en Pichincha, noviembre de 2025.
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una nueva circular para aclarar qué alimentos no deberían venderse con 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA), sino con una tarifa de 15%.
Se trata de una circular emitida el 26 de marzo de 2026, que contiene un listado de, al menos, 60 alimentos que deben venderse con 15% de IVA.
Entre los alimentos que deben tener IVA 15% están las leches importadas y las leches de producción nacional que sean deslactosadas, descremadas, semidescremadas e incluso fortificadas con vitaminas, minerales u otros.
El SRI también menciona que deben tener 15% de IVA las sopas de fideos instantáneos, los fideos precocidos o cocidos y los productos alimenticios preparados con fideos. También menciona los edulcorantes, las rosquitas, las empanadas, muffins, entre otros productos de panadería.
¿Por qué el SRI emitió esta aclaración?
Javier Bustos, abogado tributario, explica que esta resolución no está cambiando lo que dice actualmente el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, que es en donde se detalla qué alimentos tienen 0% de IVA, sino que está haciendo una aclaración.
"Seguramente la autoridad identificó que había alimentos que se estaban vendiendo todo este tiempo con 0% de IVA, cuando en realidad debían tener 15%, con lo que la caja fiscal estaba recibiendo menos recursos de los que debería", añade Bustos.
PRIMICIAS revisó dos facturas de supermercados e identificó que en una sí se cobraba 15% de IVA para la leche descremada y en otra no.
El artículo 55 de la Ley establece tres grupos de alimentos que son beneficiados con el 0% de IVA, como muestra la tabla:
Pero en la nueva circular, el SRI aclara cuáles son los productos que no deberían incluirse en estos tres grupos de 0% de IVA. Hay, por lo menos, 60 alimentos. Esta es la lista completa:
La abogada tributaria Yael Fierro aclara que el espíritu de la norma es no encarecer aquellos alimentos básicos, que son de primera necesidad para los hogares ecuatorianos. De ahí que el artículo establece las características de los alimentos que tienen el beneficio de 0%, de manera general.
De hecho, de los 359 productos que conforman la canasta de bienes y servicios que utiliza el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) para calcular la inflación en Ecuador, 154 tienen 0% de IVA.
Sin embargo, con el tiempo la industria alimenticia va innovando y se han ido produciendo alimentos con valor agregado y con procesos nuevos, con lo que hay productos que no podrían entrar en el segmento de 0% de IVA, dice Fierro.
Un ejemplo es lo que ha ocurrido con la leche en estado natural y pasteurizada, que son productos de primera necesidad en Ecuador, y a las que se les estableció 0% de IVA como estrategia para luchar contra la desnutrición infantil, dice Fierro.
Pero la industria de lácteos ha ido innovando y ahora hay leche descremada, deslactosada, de sabores, con vitaminas, entre otras, que ya no pueden entrar en la categoría de leche en estado natural.
Otro de los productos alimenticios importantes en la dieta de los ecuatorianos, con 0% de IVA, son los de origen agropecuario en estado natural, como las frutas, verduras y las carnes.
Fierro añade que, además, se los incluyó en el grupo de 0% de IVA porque el beneficio está pensado "para proteger al agricultor y al productor local, para que lo que vende no se encarezca con el IVA y sea más competitivo".
Entre los alimentos con 0% de IVA están sobre todo los de fabricación local, aunque también hay algunos importados.
Y es que hay productos elaborados que son de alta demanda y de alta producción en Ecuador, por lo que el beneficio solo incluye a aquellos que son hechos localmente. "Por eso la circular está aclarando que el pan se puede vender con 0% de IVA solo si es elaborado localmente. Si se trae de afuera debe tener 15% de IVA", dice Fierro.
Fierro detalla que la circular incluso cierra la puerta para que se cometan ciertas suspicacias, por ejemplo, en productos de panadería.
Y añade que la Ley solo menciona al pan en el beneficio de 0%, sin embargo, es posible que hayan existido empresas que incluían en esa categoría otros productos de panadería, por eso ahora la circular menciona que productos como pastelillos, barquillos, bizcochos, cakes, cupcakes, sí tienen 15% de IVA.
¿Qué pasará con los precios finales de estos alimentos?
Bustos explica que las empresas que han estado vendiendo los productos del listado con 0% de IVA deberán modificar los precios de venta al público.
"Tanto los grandes distribuidores, como supermercados, y las tiendas de barrio tendrán que vender los productos con nuevos precios en los casos en los que no hayan estado incluyendo el IVA de 15%", dice Bustos.
En la circular, el SRI no menciona si hará controles al IVA que declararon las empresas por estos productos en el pasado.
El documento dice: "Dentro del ámbito de sus competencias, la Administración Tributaria adoptará los mecanismos necesarios, en el ejercicio de sus facultades, para el adecuado cumplimiento de lo establecido en la presente circular".
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