Paso a paso: cómo pagar el ISD de sus tarjetas de crédito por consumos hechos en el exterior en 2022 y 2023
El SRI informó que los contribuyentes deben cancelar el ISD en los consumos hechos en el exterior, con tarjetas de crédito o debito, durante 2022 y 2023, pero ¿cómo hacer el trámite?

Imagen referencial de una brigada de atención del SRI en Montecristi, Manabí, 21 de mayo de 2025.
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SRI
Autor:
Redacción Primicias
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La declaración del ISD o impuesto a la salida de divisas en Ecuador, para consumos hechos en el exterior, fue modificado a través de una resolución del SRI, emitida el pasado 21 de mayo de 2025.
Con la nueva resolución, los contribuyentes no solo deben declarar este ISD, sino que también deberán cancelar el impuesto de las compras en el exterior que superen los USD 5.109,79, y que hayan sido hechos con tarjeta de crédito o débito.
De acuerdo con la resolución del SRI, en caso de que la persona natural o empresa que haya realizado pagos al exterior con tarjetas de crédito o débito supere el monto exento anual, y no haya sido objeto de retención del impuesto, deberá realizar la declaración y pago del ISD de manera acumulada anual en abril del año siguiente al que correspondan los montos gravados.
En el caso de la medida actual, esta aplica para compras realizadas entre 2022 y 2023, y el ISD deberá se cancelado hasta el 30 de junio de 2025, ¿pero cómo hacer el trámite?
A través de una publicación en redes sociales, el SRI explica el paso a paso:
- El primer paso es ingresar al portal del SRI en línea, con su usuario y clave.
- Luego escoja la opción de formulario multiple de pagos o código 4580, para cancelar los montos no declarados del ISD entre 2022 y 2023.
- Dicho formulario lo encuentra en el portal del SRI, completa el documento y envía su declaración a través del sistema.
- ¿Quiénes deben pagar este impuesto? Todos los contribuyentes que usaron sus tarjetas de crédito o débito en consumos en el extranjero
- Antes de pagar, verifique el valor del ISD en los años anteriores.

El SRI también recordó que el ISD debe pagarse en las tarjetas adicionales, y que estos valores se atribuyen al titular principal de la cuenta, responsable del pago del impuesto.
Sobre esto, el director general del SRI, Damián Larco, explicó que muchas de las diferencias detectadas se deben a que los contribuyentes usan múltiples tarjetas de crédito o débito de diferentes entidades bancarias para realizar consumos en el exterior.
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