Amnistía Internacional alerta sobre "leyes anti-ONG" en seis países de América Latina, incluyendo Ecuador
Amnistía Internacional publicó un informe sobre las leyes que buscan restringir y controlar a las organizaciones de la sociedad civil en seis países de América Latina.

Imagen referencial de miembros de una ONG.
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Amnistía Internacional
Autor:
EFE / Redacción Primicias
Actualizada:
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Amnistía Internacional (AI) publicó un informe sobre leyes restrictivas en países como Ecuador que, según la organización, buscan controlar a las organizaciones de la sociedad civil.
El movimiento advirtió que, entre 2020 y 2026, se promulgaron normativas orientadas a restringir a las organizaciones no gubernamentales en Ecuador, El Salvador, Venezuela, Paraguay, Nicaragua y Perú.
Según el informe, estas medidas están “deteriorando el tejido social” en estos países, al dificultar el trabajo de las organizaciones que defienden derechos fundamentales y brindan ayuda humanitaria.
"Estamos viendo un aumento significativo en lo que llamamos prácticas autoritarias en diferentes medidas, que están restringiendo la labor de personas que defienden los derechos humanos, de personas que son identificadas como disidencias a los Gobiernos y eso se ha manifestado en un cierre del espacio cívico", dijo la directora de AI para las Américas, Ana Piquer.

La abogada señaló que las disposiciones de estas leyes buscan "ahogar financiera y administrativamente" a las organizaciones al "exigirles requisitos que son tan complejos que finalmente hacen que la organización esté casi que dedicada a cumplirlos".
Patrones regionales identificados en las "leyes anti-ONG"
Amnistía Internacional identificó en su informe 10 patrones comunes en los seis países analizados, los cuales, según advierte, "comprometen seriamente el derecho a la libertad de asociación, de expresión, la privacidad y la defensa de los derechos humanos".
El movimiento identificó que en todos los casos, la aprobación de estas leyes estuvo acompañada de discursos oficiales que estigmatizan a las organizaciones, calificándolas como “sospechosas”, “enemigos internos” o “interferencias extranjeras”, en un contexto donde no existieron procesos de consulta pública ni diálogo técnico o social con las organizaciones.
Estas normativas imponen nuevos registros o modifican los existentes, transformándolos en mecanismos de autorización previa, algo prohibido por estándares internacionales, y una carga administrativa excesiva que obliga a presentar informes financieros y operativos detallados, planes, inventarios y datos personales de integrantes, beneficiarios y donantes.
El informe también advierte que las sanciones económicas impuestas a las organizaciones, ya sea por carácter arbitrario o punitivo, alcanzan montos desproporcionados y que "exceden la capacidad operativa de la mayoría de las organizaciones".
Ley Orgánica de Transparencia Social, el caso de Ecuador
En Ecuador existen 71.786 organizaciones sociales, de las cuales el 85% se consideran vigentes, concentradas principalmente en Pichincha, Guayas y Manabí, según el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (SUIOS).
En este contexto, Amnistía Internacional analizó la Ley Orgánica de Transparencia Social, publicada el 27 de agosto de 2025, que busca regular a las organizaciones sin fines de lucro para prevenir el lavado de activos y el uso indebido de fondos.
El informe señala que, durante el proceso de aprobación, se registraron discursos estigmatizantes por parte de autoridades.
En una entrevista en Radio Sucre, el 28 de julio de 2025, el Primer Mandatario afirmó que "se usan fundaciones u organizaciones sin fines de lucro, ONG internacionales, para ingresar dinero y desestabilizar el país, sin ningún tipo de control".
Además, la ley fue tramitada con carácter de urgencia en materia económica, lo que implicó que la Asamblea Nacional tuviera un plazo máximo de 30 días para debatirla y aprobarla. Según el informe, este tiempo limitado redujo la posibilidad de un análisis amplio con distintos actores.

A nivel técnico, el informe advierte que no existen evidencias suficientes que justifiquen las medidas adoptadas y hay una falta de estudios que demuestren riesgos reales vinculados a organizaciones de la sociedad civil.
La normativa establece que las organizaciones deben presentar informes dependiendo de su nivel de riesgo, que pueden incluir auditorías, reportes financieros detallados y la divulgación de información sobre donantes y beneficiarios. Según AI, esto genera preocupación porque "existe el temor de que su aplicación se realice de manera arbitraria".
La situación en otros países
Piquer citó como ejemplo la Ley de Agentes Extranjeros promulgada en 2025 en El Salvador, que ordena un 30% de impuestos sobre las transacciones internacionales de las ONG, las cuales ya estaban sujetas a otros impuestos.
"Eso, sumado a otros impuestos a los que ya estaban sujetas, puede significar que paguen más de la mitad de sus ingresos en impuestos. Ya casi que no pueden cumplir su labor, su presupuesto no da", agregó.
Otro ejemplo de esto, indicó, ocurre con la ley sancionada en 2020 en Nicaragua, la primera de este tipo para entonces en América Latina, que ha provocado el cierre de cientos de organizaciones.

En ese sentido, las leyes anti-ONG en los seis países comparten rasgos en sus aprobaciones, al ser "de manera exprés, sin debate, sin participación de la sociedad civil, con conceptos extremadamente vagos y con discursos muy estigmatizantes en contra de las organizaciones", destacó Piquer.
"La recomendación es que esto se tiene que revertir, esto se tiene que modificar", insistió la directora, tras sentenciar que las ONG realizan sus labores humanitarias donde los Estados no llegan.
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