Lunes, 06 de mayo de 2024

Manufactura y comercio, los sectores con más accidentes laborales

Autor:

Patricia González

Actualizada:

30 Oct 2023 - 5:57

Los hombres, entre 21 y 30 años, son los que más sufren accidentes laborales. Conozca cómo acceder a los servicios de Riesgos del Trabajo del IESS.

Imagen referencial de una persona recibiendo atención médica en un centro de salud del IESS.

Autor: Patricia González

Actualizada:

30 Oct 2023 - 5:57

Imagen referencial de una persona recibiendo atención médica en un centro de salud del IESS. - Foto: Cortesía IESS.

Los hombres, entre 21 y 30 años, son los que más sufren accidentes laborales. Conozca cómo acceder a los servicios de Riesgos del Trabajo del IESS.

En las industrias de manufactura y comercio ocurren la mayor cantidad de accidentes laborales, según los reportes del Seguro de Riesgos del Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Entre enero y septiembre de 2023, Riesgo del Trabajo recibió 14.929 avisos de accidentes laborales ocurridos en este año, de los cuales fueron calificados como tal 9.887 casos, según estadísticas de este Seguro, publicadas en el sitio web del IESS.

Según el Reglamento del Seguro de Riesgos del Trabajo, un accidente laboral es todo suceso “imprevisto y repentino” que ocurre “por causa, consecuencia o con ocasión del trabajo" que realiza una persona, que le ocasione lesión corporal, desmejora de las funciones de un órgano o miembro, incapacidad o muerte.

De los 9.887 accidentes de trabajo calificados por el IESS en este año, 19% ocurrieron en la actividad manufacturera y 15% en el sector comercial.

¿Dónde ocurren?

Un accidente de trabajo puede ocurrir en los siguientes sitios o circunstancias:

  • En el lugar de trabajo habitual.
  • Al ir o volver del trabajo, siempre que el trayecto no haya sido interrumpido por motivos personales, familiares o sociales.
  • En desplazamiento durante la jornada laboral.
  • En otro centro o lugar de trabajo, por ejemplo, una oficina secundaria de la empresa.
  • En comisión de servicios, fuera del sitio usual de trabajo, por órdenes del empleador.

El 56% de los casos calificados este año ocurrieron en el sitio de trabajo habitual, mientras que 28% sucedieron en el trayecto al trabajo o de retorno a la casa.

Con 902 accidentes calificados, un desplazamiento durante la jornada de trabajo es la tercera circunstancia en la que más ocurren.

En julio de este año, un trabajador del sector público en la provincia de Guayas sufrió un intento de asalto mientras se dirigía a una actividad laboral, producto de ese hecho resultó herido de una mano.

La primera atención que recibió el trabajador fue en un centro médico del Ministerio de Salud, donde le suturaron la herida, y a los pocos días fue operado en el Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo por rotura del tendón.

Pero, a las tres semanas sufrió una infección en la herida y tuvo que ser internado por ocho días. Por ahora, espera para ser operado de nuevo, puesto que requiere de un injerto de tendón.

El trabajador permaneció más de dos meses en descanso laboral por permiso de salud debido al accidente laboral, tiempo durante el que continuó recibiendo su remuneración, según establece la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep).

Durante los últimos meses, el afiliado ha ido a varias citas en el Seguro de Riesgos del Trabajo, donde le han dado seguimiento a su caso, junto al registro de atenciones médicas recibidas en el IESS. Su caso permanece abierto.

Los hombres son los que más sufren accidentes de trabajo y en rangos de edad, los trabajadores entre 21 y 40 años, de acuerdo con el visor estadístico en línea de Riesgos del Trabajo, que ofrece datos referenciales.

Aviso de accidente

Un afiliado al IESS, bajo relación de dependencia o no, tiene derecho a recibir las siguientes prestaciones del Seguro de Riesgos del Trabajo:

  • Servicios de prevención de riesgos laborales.
  • Asistencia médica por accidente laboral o enfermedad ocupacional, a través de la red de prestadores médicos del Seguro de Salud del IESS.
  • Prestaciones económicas, en función de la incapacidad.

En los casos de accidente laboral, el empleador está obligado a presentar al Seguro de Riesgos del Trabajo el formulario en línea de aviso de accidente de trabajo, en un plazo de 10 días contados desde la fecha del siniestro.

Si el empleador no presenta el formulario dentro de los 10 días exigidos, podrá hacerlo el propio trabajador, familiares o terceras personas, y tendrá “suficiente validez para efectos del trámite a seguirse”, según el Reglamento de Riesgos del Trabajo.

La unidad provincial del Seguro de Riesgos del Trabajo debe calificar si el siniestro ocurrió “por causa, consecuencia o con ocasión del trabajo”, en los siguientes 10 días laborables.

Prestaciones económicas

Los accidentes laborales o enfermedades ocupacionales pueden ocasionar incapacidad temporal, permanente o muerte.

En caso de una incapacidad temporal, que imposibilite asistir al trabajo, el asegurado tiene derecho a percibir un subsidio monetario por el período que señale el médico tratante, hasta por un máximo de año.

De persistir la incapacidad luego de un año, el afiliado podría percibir una pensión provisional por otro año más, según una valoración médica.

Las prestaciones económicas por incapacidad temporal no pueden recibirse si el trabajador continúa recibiendo su salario, aunque no esté asistiendo al trabajo.

En caso de haber una incapacidad permanente parcial, el asegurado tiene derecho a recibir una indemnización. Mientras que de tratarse de una incapacidad permanente, total o absoluta, el afiliado tendrá derecho a una pensión mensual.

Por último, de ocurrir la muerte del afiliado, el IESS otorgará pensiones de montepío a sus viudos y huérfanos, sin importar el número de aportaciones previas al accidente.