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Economía

En el limbo la opción de Finanzas de 'controlar' al IESS

La Comisión de Régimen Económico aprobó la noche del 27 de abril, el informe para primer debate del proyecto de Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.

La Comisión de Régimen Económico sesionó este 27 de abril para dar trámite al proyecto de Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.

La Comisión de Régimen Económico sesionó este 27 de abril para dar trámite al proyecto de Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.

Asamblea

Autor:

Wilmer Torres

Actualizada:

27 abr 2020 - 22:37

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En ese informe se respalda al Ejecutivo en la creación de un seguro petrolero, en establecer límites al momento de modificar el Presupuesto General del Estado (PGE) y se crea un Fondo de Estabilización para paliar la crisis económica.

El documento recibió 8 votos a favor y 5 votos en contra de los legisladores del Partido Social Cristiano y Revolución Ciudadana.

También está en el limbo la posibilidad del Ministerio de Finanzas de establecer los techos presupuestarios a la Seguridad Social, porque no hubo consenso en la mesa legislativa.

Con el informe, el presidente de la Asamblea, César Litardo, determinará el día y la hora para el primer debate.

Propuestas sin mayores reparos

El documento contiene la posibilidad para que Finanzas prepare y expida anualmente la política de prevención, de mitigación y de gestión de riesgos fiscales.

Con ello, Finanzas podrá destinar hasta un 3% del PGE a la atención de posibles contingencias generadas por la materialización de riesgos fiscales.

También se mantiene la propuesta para que Finanzas pueda contratar un "seguro petrolero" para mitigar los efectos de la volatilidad del precio del crudo.

La comisión legislativa estableció esa atribución del ministerio, siempre y cuando, haya un "informe técnico del Ministerio de Energía y de la Procuraduria General del Estado".

La mesa legislativa también se ratificó para que el ente estatal económico solo pueda modificar el PGE hasta un 5%. Actualmente, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip) permite modificar el PGE hasta un 15%.

El proyecto también contempla la creación de un Fondo de Estabilización, que será financiado por los excedentes de la explotación y comercialización de recursos no renovables.

Este fondo, según la propuesta, permite garantizar la estabilidad económica, la sostenibilidad de las cuentas públicas y la capacidad de la ejecución del gasto presupuestado para educación y salud.

Y también se mantiene la opción para crear el Comité Nacional de Coordinación Fiscal que establecerá metas fiscales.

Sin embargo, la mesa legislativa propone que sus integrantes no sean siete sino once:

  • Un representante del Presidente
  • Un representante de Finanzas
  • Un representante de Planifica Ecuador
  • Un representante de los Municipios
  • Un representante de las Prefecturas
  • Un representante de las Parroquias,
  • Tres representantes de las entidades de la Seguridad Social
  • Un representante de la Empresas Públicas
  • Un representante de la Asamblea Nacional.

Los artículos que no tienen consenso

La mesa legislativa no llegó a un acuerdo en siete artículos. Los legisladores esperan que en el primer debate se reciban más observaciones para estas propuestas del Ejecutivo.

"Eso no significa que estamos de acuerdo con la propuesta original planteada por el Ejecutivo", dijo el presidente de la comisión, Daniel Mendoza.

Artículo 2

La clasificación del Sector Público No Financiero fue una de las propuestas más criticadas. En ese artículo se establece que dentro de esa clasificación están los gobiernos seccionales, las empresas públicas y la seguridad social.

Los diferentes comparecientes y varios legisladores han cuestionado esa posibilidad, que daría "vía libre" para que Finanzas pueda establecer techos presupuestarios en esos niveles de gobierno.

Artículo 11

Tampoco hubo acuerdo en la propuesta del Ejecutivo de eliminar el artículo 81 del Coplafip, que establece que, para garantizar la conducción de las finanzas públicas, los egresos permanentes se financiarán exclusivamente con ingresos permanentes.

Además, el artículo señalaba que los egresos permanentes se podrán financiar con ingresos no permanentes en las situaciones excepcionales que prevé la Constitución, para salud, educación y justicia.

Artículo 16

El Ejecutivo planteó que Finanzas elaborará la programación plurianual y anual de las instituciones que están dentro del Sector Publico no Financiero,con base “a los límites, metas y objetivos fiscales determinados en el capítulo de las reglas fiscales”.

Artículo 31

El Ejecutivo planteó que dentro del endeudamiento público se excluirá una serie de transacciones o instrumentos, por ejemplo, los títulos valor. Además, se establece que con base en la programación presupuestaria cuatrianual, Finanzas podrá suscribir operaciones de endeudamiento previo al comienzo de los siguientes ejercicios fiscales.

Artículo 33

El Ejecutivo plantea la eliminación del artículo 124, que establece el límite al endeudamiento público. Allí se determina que el monto total del saldo de la deuda pública no podrá sobrepasar el 40% del PIB.

Artículo 34

La propuesta del Ejecutivo también plantea la eliminación del artículo 125, que fija límites al endeudamiento para gobiernos autónomos descentralizados.

La norma original establece que el monto total del servicio anual de la deuda en los gobiernos seccionales, que incluirá la respectiva amortización e intereses, no deberá superar el 25% de los ingresos totales anuales sin incluir endeudamiento.

Artículo 39

El Ejecutivo planteó reemplazar los Certificados de Tesorería por Notas del Tesoro. Sin embargo, los legisladores no llegaron a un acuerdo.

La propuesta del Ejecutivo establece que Finanzas podrá emitir Notas del Tesoro solamente para administrar deficiencias temporales de caja, hasta el monto que este fije anualmente, que no podrá superar al 8% de los gastos totales del Presupuesto General del Estado.

Artículos eliminados del proyecto

La Comisión de Régimen Económico decidió eliminar dos artículos del proyecto de Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.

Artículo 6

El Ejecutivo planteaba mejorar el ámbito de los planes de inversión al reformar el artículo 59 del Coplafip.

En la propuesta se establecía que los planes de inversión del PGE serán programadas cumpliendo las directrices presupuestarias emitidas y comunicadas por el Ministerio de Finanzas.

La comisión eliminó esa propuesta y ratificó que se mantenga el artículo 59 (original) del Coplafip, que determina que los planes de inversión del PGE son formulados por la Secretaría Nacional de Planificación (Planifica Ecuador).

Artículo 47

La Comisión eliminó la propuesta del Ejecutivo para introducir modificaciones al artículo 75 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (que es parte del proyecto de ley).

La norma original establece la posibilidad que tiene la Entidad Contratante para otorgar anticipos (dinero, giros u otra forma de pago) siempre y cuando el contratista rinda garantías por igual valor del anticipo.

El Ejecutivo planteaba -en el proyecto- que el monto del anticipo lo determinará la entidad contratante.

Pero la mesa legislativa decidió eliminar esa propuesta y a su vez, ratificó el artículo original de la ley.

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  • #Asamblea Nacional
  • #seguridad social
  • #Comisión de Régimen Económico
  • #seguro petrolero
  • #coplafip
  • #Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas

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