Miércoles, 24 de abril de 2024

Así se puede denunciar los abusos laborales durante el estado de excepción

Autor:

Gabriela Coba

Actualizada:

26 Abr 2021 - 15:01

Durante el estado de excepción las denuncias laborales se pueden hacer a través del Sistema Único de Trabajo (SUT) y de la página web del Ministerio del Trabajo.

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Autor: Gabriela Coba

Actualizada:

26 Abr 2021 - 15:01

Un mercado en Cuenca el 11 de diciembre de 2020. - Foto: API

Durante el estado de excepción las denuncias laborales se pueden hacer a través del Sistema Único de Trabajo (SUT) y de la página web del Ministerio del Trabajo.

El Ministerio de Trabajo publicó un acuerdo ministerial con el procedimiento de emergencia de atención a denuncias presentadas durante el estado de excepción que rige hasta el 20 de mayo de 2021.

El 21 de abril el presidente Lenín Moreno firmó el Decreto Ejecutivo 1291, con el que oficializa el estado de excepción por calamidad pública y conmoción social.

Las denuncias sobre las que rige el acuerdo ministerial son aquellas "sobre presuntos actos u omisiones originados por las obligaciones laborales que tienen los empleadores del sector privado, empresas públicas, personas naturales en relación de dependencia, e instituciones del Estado que tengan personal bajo el régimen del Código del Trabajo".

Aquí puede ver una guía para realizar denuncias laborales durante el estado de excepción:

  • Las denuncias laborales podrán ser presentadas a través de:

    • Sistema Único de Trabajo (SUT).
    • Página web del Ministerio del Trabajo.

  • La denuncia deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Nombres y apellidos completos de la persona denunciante.
    2. Número de cédula de identidad o pasaporte del denunciante.
    3. Datos de la relación contractual con la empresa denunciada.
    4. Dirección domiciliaria, número de teléfono y correo electrónico del denunciante.
    5. Determinación de la empresa, empleador o institución denunciada.
    6. De ser conocida por el denunciante, se deberá proporcionar el medio de contacto con la empresa, empleador o institución denunciada para la correspondiente notificación.
    7. Determinación clara y precisa de los supuestos incumplimientos laborales por parte del empleador.

    Sin perjuicio del requerimiento señalado en el numeral 6, el Inspector del Trabajo realizará la notificación al empleador en la dirección de correo electrónica registrada SUT.

  • El Inspector del Trabajo a cargo del trámite de denuncia al terminar el proceso administrativo emitirá al Director Regional del Trabajo y Servicio Público un informe, en donde se fundamente y solicite la imposición de la resolución sancionatoria.

    El Director Regional del Trabajo dentro del término de tres días emitirá la motivación y sanción correspondiente.

    Las multas impuestas por el Inspector del Trabajo serán de hasta tres salarios básicos unificados del trabajador en general.

    Las resoluciones sancionatorias impuestas por el Director Regional del Trabajo y Servicio Público podrán ser de entre tres y 20 salarios básicos unificados del trabajador en general.

  • Las denuncias se archivarán cuando:

    • No cumpla los requisitos de la denuncia determinados en el artículo 4 del acuerdo ministerial.
    • Sea anónima.
    • Haya desistimiento a cargo del denunciante.
    • No se haya encontrado elementos que sustenten el supuesto incumplimiento de las obligaciones laborales denunciadas.