Sábado, 27 de abril de 2024

Última semana para que las personas naturales declaren el Impuesto a la Renta

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

27 Mar 2024 - 12:31

Los contribuyentes que no declaren a tiempo al SRI, deben pagar una multa, incluso si declaran en cero. Conozca si aún puede hacerlo sin sanción.

Funcionarios del SRI brinda asesoría tributaria a emprendedores de Santa Elena, marzo de 2024.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

27 Mar 2024 - 12:31

Funcionarios del SRI brinda asesoría tributaria a emprendedores de Santa Elena, marzo de 2024. - Foto: SRI / X

Los contribuyentes que no declaren a tiempo al SRI, deben pagar una multa, incluso si declaran en cero. Conozca si aún puede hacerlo sin sanción.

Las personas naturales deben declarar y pagar el Impuesto a la Renta (IR) correspondiente a los ingresos percibidos en 2023 hasta el 28 de marzo de 2024.

De hecho, el cronograma para pagar, con fechas de vencimiento por el último dígito de la cédula o del Registro Único de Contribuyentes (RUC), arrancó a principios de mes:

Según el cronograma, solo quedarían por declarar, sin pagar multa, los contribuyentes cuyo noveno dígito del número de cédula o RUC sea 0.

Dentro del grupo de personas naturales están trabajadores bajo relación de dependencia, personas que prestan servicios profesionales o 'freelance', y emprendedores del Régimen Simplificado Para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).

Los contribuyentes que hayan percibido ingresos anuales mayores a USD 11.722 al año en 2023 deben declarar el IR.

Para calcular el monto a pagar, primero deben sumar todos sus ingresos anuales y restar los gastos producto de su actividad económica, con ello obtienen la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto.

En el apartado Formularios del sitio web del Servicio de Rentas Internas encuentra el formulario 102 con el que debe hacer la declaración del IR.

¿De cuánto es la multa por declarar fuera de tiempo?

 

En caso de que el contribuyente no declare a tiempo el IR, deberá pagar una multa al SRI, según los siguientes parámetros:

  • Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deben pagar una multa de USD 30, siempre que puedan declarar en cero y se pongan al día de manera voluntaria. Si el SRI detecta la omisión, la multa es de USD 60.
  • Si el contribuyente debe pagar un monto por IR, la multa por no hacerlo a tiempo será del 3% sobre el valor a declarar, por cada mes de retraso, más los intereses.