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Economía

Lasso plantea eliminar intereses de la deuda del Estado con el IESS

Además, el nuevo decreto ley, que reforma el Código Orgánico de Planificación, busca hacer ajustes que podrían resultar una reducción de presupuesto para la salud y la educación.

El presidente Guillermo Lasso, tras decretar la muerte cruzada, en entrevista con CNN este 17 de mayo de 2023.

El presidente Guillermo Lasso, tras decretar la muerte cruzada, en entrevista con CNN este 17 de mayo de 2023.

Presidencia.

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

07 sep 2023 - 09:42

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El nuevo decreto ley que el presidente Guillermo Lasso firmó el 5 de septiembre de 2023 plantea medidas que permitirían al siguiente Gobierno recortar gastos en el Presupuesto General del Estado.

Se trata del decreto ley para el Equilibrio, Organización y Transparencia de las Finanzas Públicas, que contempla reformas al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip).

Las medidas incluyen remisión de intereses por deudas a la seguridad social y con otras entidades públicas, así como ajustes metodológicos que podrían resultar en menos recursos para educación y salud.

  • Lea también: Lasso firma nuevos decretos ley sobre desastres y gestión de recursos

Desde que Lasso decretó la muerte cruzada, el 17 de mayo de 2023, y disolvió la Asamblea Nacional, ha presentado siete propuestas de decreto ley a la Corte Constitucional.

Hasta ahora, el único que logró superar el filtro de la Corte fue la reforma tributaria o Ley de Fortalecimiento de la Economía Familiar, que entró en vigencia en junio de 2023.

Estos son cinco de los principales cambios que propone Lasso en el decreto ley para las finanzas públicas:

  1. 1

    Asignaciones para salud y educación

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    Lasso propone cambiar la fórmula de cálculo para el incremento de las asignaciones para salud pública y educación básica. La fórmula de cálculo de esas asignaciones ya provocó roces entre la Asamblea Nacional y el Ejecutivo, durante el análisis del Presupuesto del Estado de 2023. Según la Constitución, cada año, se debe incrementar un valor equivalente a 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB) a los presupuestos para educación y salud. En el caso de educación, los incrementos deben darse hasta que el presupuesto a este sector sea igual al 6% del PIB. Y los aumentos en el sector de salud deben darse hasta que la asignación sea igual al 4% del PIB.

      El nuevo decreto ley plantea que para calcular esos incrementos, se compare la nueva asignación con el presupuesto que fue efectivamente utilizado por las entidades hasta el final del año anterior. Así, por ejemplo, si en 2023 el presupuesto que en la práctica utilizó el sector de la salud fue de USD 3.602 millones hasta diciembre, la asignación para 2024 debería ser de USD 3.746 millones, para cumplir con lo que dicta la Constitución.
      Pero esta medida podría derivar en menores asignaciones para estos sectores prioritarios, dice el exministro de Finanzas Fausto Ortiz. "Si mañana tenemos un Ministerio de Educación o Salud sumamente ineficiente que no ejecuta hasta el final del año todo lo asignado, el incremento al año siguiente va a ser nulo", agrega Juan Pablo Jaramillo, exasesor de la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea. Pero el viceministro de Finanzas, Daniel Lemus, dice que el cambio no implicaría una menor asignación e insiste en que sí se incrementará cada año un 0,5% del PIB. "Lo que dice la Constitución es el piso mínimo y eso se tiene que incrementar. Si el siguiente Gobierno tiene recursos, puede asignar más del 0,5%", dijo. En la norma actual, el cálculo se hace comparando el presupuesto inicial del año anterior o el presupuesto ajustado (codificado) a lo largo de ese año, dependiendo de cuál sea mayor.
  2. 2

    Cambios en la seguridad social

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    Lasso propone que se eliminen los intereses de la deuda que tiene el Estado por el 40% del aporte que tiene que hacer a las pensiones de los jubilados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Desde 2012, los gobiernos de turno han arrastrado atrasos en esos pagos. Incluso, entre 2015 y 2018, el expresidente Correa eliminó la obligación del aporte, pero la Corte Constitucional dispuso que se restituya en 2019. Según Lemus, la deuda del Estado con el IESS por el 40% de aporte a las pensiones suma unos USD 2.000 millones. El monto de intereses todavía no ha sido auditado por Finanzas, dice Lemus, pero el IESS calcula unos USD 1.000 millones.

    Además, el decreto establece que el Estado contribuirá con el 33,3% del aporte para el fondo tripartito del IESS para el tratamiento de enfermedades catastróficas. La abogada especialista en seguridad social, Patricia Borja, explica que la Constitución establece que el Estado es el encargado de cubrir los gastos por enfermedades catastróficas. De ahí que, al fijar un porcentaje de 33,3% de aporte del Estado, se estaría obligando a que los empleadores y afilados se hagan cargo del porcentaje restante.
  3. 3

    Más deuda interna

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    El Coplafip establece que el Gobierno solo puede emitir Notas del Tesoro hasta por un valor equivalente al 8% de los gastos del Presupuesto del Estado ese año. Se trata de un instrumento de endeudamiento que tiene vencimiento de corto plazo, de menos de 360 días. Pero el decreto plantea que se podrían emitir Notas del Tesoro por un valor mayor al 8% cuando existan emergencias o falta de recursos. Además, el decreto plantea que la emisión de deuda interna no será exclusivamente dentro de alguna de las bolsas de valores, sino también podría ser "mediante plataformas de negociaciones". No se especifica de qué tipo. Lasso también propone que el Estado pague algunas de sus deudas a través de papeles. El mecanismo consistiría en que el Estado entregue el dinero en efectivo al acreedor, pero este se compromete a invertir el dinero en papeles de deuda interna.

  4. 4

    Eliminación de intereses por deudas

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    Si se aprueba el decreto, ya no se podría cobrar intereses y multas por retrasos en pagos entre las entidades públicas que forman parte del Presupuesto del Estado. Además, los intereses y multas que se hayan acumulado en el pasado entre entidades públicas se eliminarían, pero solo cuando la deuda se haya originado por falta de liquidez en el contexto de la pandemia de Covid-19.

  5. 5

    Más ingresos de las empresas públicas

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    El Gobierno también plantea que las empresas públicas ya no puedan crear fideicomisos. También se elimina la posibilidad de que las empresas públicas incluyan en el cálculo de los excedentes las obligaciones por pagar. El Gobierno cuestiona que, al incluir estas deudas en los cálculos, se reduce el porcentaje de excedentes que se termina transfiriendo al Presupuesto del Estado.  

  • #Corte Constitucional
  • #Inversión
  • #Guillermo Lasso
  • #gasto público
  • #deuda pública
  • #decreto ley

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