Martes, 16 de abril de 2024

Asamblea aprueba informe que recomienda juicio político contra Lasso

Autor:

Gabriela Coba

Actualizada:

4 Mar 2023 - 15:02

La aprobación del informe de la comisión del caso Encuentro es apenas un preámbulo para un posible juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, porque no es vinculante.

El Pleno de la Asamblea aprobó el informe que recomienda un juicio político contra el presidente Lasso, el 4 de marzo de 2023.

Autor: Gabriela Coba

Actualizada:

4 Mar 2023 - 15:02

El Pleno de la Asamblea aprobó el informe que recomienda un juicio político contra el presidente Lasso, el 4 de marzo de 2023. - Foto: API

La aprobación del informe de la comisión del caso Encuentro es apenas un preámbulo para un posible juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, porque no es vinculante.

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el informe de la comisión que investigó el caso Encuentro, en el que se recomienda el juicio político contra el presidente Guillermo Lasso.

Lo hizo en la sesión 851, que se extendió por más de seis horas y en la que intervinieron 41 legisladores.

Viviana Veloz, quien planteó la aprobación del informe, acogió cambios que le sugirieron los asambleístas Patricia Nuñez (UNES) y Esteban Torres (PSC).

Por eso, el informe aprobado sostiene que se puede enjuiciar políticamente a Lasso por delitos contra la seguridad del Estado y por supuesta comisión por omisión de delitos de cohecho, peculado y concusión.

El texto fue aprobado con 104 votos de las bancadas de Unión por la Esperanza (UNES), Partido Social Cristiano (PSC), Pachakutik, Izquierda Democrática (ID) y legisladores independientes.

18 asambleístas votaron en contra, tres se abstuvieron y 12 se ausentaron.

Veloz dijo que la semana del 6 al 12 de marzo presentarán la solicitud de juicio político, no precisó qué bancadas lo harían.

Así se pronunciaron las bancadas:

  • La primera legisladora en hablar fue Viviana Veloz, miembro de Unión por la Esperanza (UNES). "El presidente Lasso violentó el artículo 147 de la Constitución", dijo.

    "No intenten justificar su voto para salvar a un funcionario inoperante (...) como el presidente Guillermo Lasso", concluyó.

    Veloz planteó la aprobación del informe.

  • El asambleísta oficialista Juan Fernando Flores habló con los medios y cuestionó el informe en cuya evidencia figuran "memes", afirmó.

    "Ya paremos este disparate, tienen los votos. Pero eso sí, vamos a ver si tienen la voluntad y la capacidad de presentar un juicio político y no se quedan con las ganas", dijo Flores, quien es parte de la Bancada del Acuerdo Nacional (BAN).

  • Por su parte, el legislador Esteban Torres, del Partido Social Cristiano (PSC), argumentó que no impedir que se cometa un delito es omisión, que se establece en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

    "A pocos meses de sentarse en Carondelet, el Gobierno sabía que había un grupo de personas, de amigos y de sinvergüenzas muy peligrosos, mafiosos. Y, sin embargo, no se hizo nada. No se denunció nada", sostuvo Torres.

     

  • La asambleísta Johanna Moreira, de Izquierda Democrática (ID), cuestionó la redacción del informe, ya que se dejaron elementos por fuera.

  • El asambleísta Salvador Quishpe, de Pachakutik, sostuvo que el juicio político contra Lasso se debería a un supuesto peculado. 

    "Hay una razón para el enjuiciamiento político, aplicando el artículo 129 de la Constitución, porque el Presidente y sus allegados en Flopec y EMCO cayeron en el delito de peculado. Hay un perjuicio económico al Estado ecuatoriano", afirmó Quishpe.

     

Proceso de juicio político

La aprobación del informe de la comisión del caso Encuentro es apenas un preámbulo para un posible juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, porque no es vinculante.

Según la Constitución, el proceso de juicio político, con el que se busca la destitución presidencial, debe comenzar con una solicitud presentada por escrito por un asambleísta.

El asambleísta debe tener el apoyo de al menos un tercio del Legislativo o lo que es igual a 46 firmas. UNES ha adelantado que serán ellos quienes presenten el pedido.

Esta solicitud debe incluir la formulación por escrito de los cargos atribuidos al Presidente y anunciar las pruebas que se adjuntarán.

Una vez presentada la solicitud, en máximo tres días, el presidente de la Asamblea debe poner la solicitud en conocimiento del Consejo de la Administración Legislativa (CAL) para la verificación de los requisitos.

El CAL deberá remitir la solicitud a la Corte Constitucional, para que emita el dictamen previo de admisibilidad en un período máximo de seis días.

La Corte Constitucional debe revisar las condiciones de tres aspectos:

  • La solicitud ha sido propuesta de conformidad con la Constitución.
  • En la solicitud se singulariza la infracción que se le imputa y si, por la tipificación jurídica que se hace en la solicitud, ella cabe en el tipo de infracciones previstas como causales del juicio político.
  • Procede o no iniciar el juicio político.

Si la Corte emite un dictamen en contra del juicio político, el caso quedará archivado.

En cambio, si emite un dictamen de admisibilidad, el presidente de la Asamblea tiene tres días para ponerlo nuevamente en conocimiento del CAL.

En caso de aprobación

Si el pedido de juicio político pasa las instancias mencionadas, el CAL debe enviar el trámite a la Comisión de Fiscalización.

Esa mesa legislativa deberá presentar su informe, en el que recomienda o no el enjuiciamiento político en el Pleno, siguiente estos plazos:

  • 10 días para que el Presidente ejerza su derecho a la defensa.
  • 10 días para la actuación de pruebas.
  • Otros 10 días para la elaboración del informe.

Con el informe, el presidente de la Asamblea tiene hasta cinco días para convocar al Pleno para el enjuiciamiento político al Jefe de Estado.

Esa sesión del Pleno deberá desarrollarse de la siguiente forma:

  • El asambleísta que haya hecho la solicitud de juicio político contra el Presidente tendrá dos horas para su interpelación.
  • El Mandatario tendría tres horas para su defensa.
  • Luego, cada parte podrá replicar por un tiempo máximo de una hora.
  • Después de eso, comienza el debate en el Pleno, en el que pueden intervenir los 137 asambleístas y exponer sus razonamientos por un tiempo máximo de 10 minutos.
  • Para la aprobación de la moción de censura al Presidente, se requiere el voto de la mayoría calificada de los integrantes de la Asamblea Nacional, es decir, 92 votos.