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Política

El veto a la ley para el aborto por violación entrará en vigencia

La Asamblea no logró pronunciarse sobre la objeción presidencial, por lo que las correcciones del Ejecutivo pasarán directamente al Registro Oficial.

La Asamblea negó el allanamiento al veto a la Ley para garantizar el aborto en casos de violación, el 14 de abril de 2022.

La Asamblea negó el allanamiento al veto a la Ley para garantizar el aborto en casos de violación, el 14 de abril de 2022.

AN

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

14 abr 2022 - 19:25

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La Asamblea Nacional retomó, la noche de este 14 de abril de 2022, el debate del veto presidencial a la Ley para garantizar el derecho al aborto en casos de violación. Sin embargo, el Pleno no logró tomar una decisión sobre la objeción, por lo que esta entrará en vigencia la próxima semana, cuando se cumplen 30 días de su envío.

La presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, puso a votación la moción de Pierina Correa (UNES) para allanarse al veto del presidente Guillermo Lasso. Pero la moción no logró pasar, pues obtuvo apenas 17 votos a favor, 73 en contra y 40 abstenciones.

Inmediatamente, Llori suspendió la sesión. Lo hizo en medio de los reclamos del presidente de la Comisión de Justicia (que tramitó la ley), Alejandro Jaramillo, quien propuso una nueva moción para ratificarse en lo aprobado por la Asamblea originalmente.

Jaramillo aseguró que tenían los 92 votos para ratificarse, pero Llori no dio paso a la votación.

La Asamblea tuvo que volver a tratar el veto presidencial después de que la Corte Constitucional declarara improcedente el pedido del Pleno de revisar el veto por posible inconstitucionalidad.

El veto de Lasso plantea dos puntos que generaron polémica, y que ahora entrarán en vigencia:

  • Fija en 12 semanas el límite para poder acceder a un aborto en caso de violación para todas las niñas, adolescentes y mujeres, sin distinción. La Asamblea aprobó 12 semanas para mayores de edad, y 18 semanas para las mujeres de la ruralidad y para las menores de 18 años.
  • Establece que el aborto se pueda realizar solo cuando se cumpla al menos uno de estos tres requisitos:
    • Que la víctima o quien haya conocido del hecho haya presentado una denuncia para la investigación del delito de violación.
    • Que la víctima suscriba una declaración juramentada. En el caso de menores de edad, esta puede ser suscrita por su representante legal.
    • Que se practique un examen de salud en el cual, bajo juramento, se certifique que hay indicios de una violación.

    También le puede interesar:

    Corte devuelve el veto a la ley del aborto por violación a la Asamblea

    El 14 de abril se cumplen los 30 días para que el Legislativo tome una decisión sobre la objeción. Si no lo hace, este entrará en vigencia.

  • #Asamblea Nacional
  • #Corte Constitucional
  • #Guillermo Lasso
  • #aborto por violación
  • #veto presidencial

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