Martes, 19 de marzo de 2024

El COE nacional recomienda nuevo estado de excepción en 8 provincias

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

1 Abr 2021 - 15:20

Las autoridades pidieron al presidente Lenín Moreno que aplique la medida en Azuay, El Oro, Esmeraldas, Pichincha, Guayas, Manabí, Loja y Santo Domingo, para intentar frenar los contagios de covid-19 y descongestionar el sistema de salud.

Operativo de control a las medidas sanitarias por parte de la Policía, el 31 de julio de 2020.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

1 Abr 2021 - 15:20

Operativo de control a las medidas sanitarias por parte de la Policía, el 31 de julio de 2020. - Foto: Ministerio de Gobierno

Las autoridades pidieron al presidente Lenín Moreno que aplique la medida en Azuay, El Oro, Esmeraldas, Pichincha, Guayas, Manabí, Loja y Santo Domingo, para intentar frenar los contagios de covid-19 y descongestionar el sistema de salud.

Este 1 de abril, Ecuador suma 330.388 casos de covid-19, 16.877 personas fallecidas con diagnóstico confirmado y con sospecha, casas de salud nuevamente colapsadas y la falta de camas para atención. Por eso, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) recomendó un nuevo estado de excepción.

Por la velocidad y aumento de contagios, la desobediencia y el relajamiento de la ciudadanía en cuanto a las medidas de bioseguridad, Juan Zapata, director del ECU-911, informó que el COE nacional recomienda al presidente Lenín Moreno dictar la medida durante 30 días.

Si el Mandatario acepta la sugerencia y decreta un nuevo estado de excepción focalizado la medida regirá en Azuay, El Oro, Esmeraldas, Guayas, Manabí, Pichincha, Santo Domingo y Loja.

La petición del COE incluye una serie de medidas iniciales, desde el 2 de abril a las 00:00 hasta el viernes 9 de abril a las 23:59:

  • Incrementar el toque de queda desde este viernes, desde las 20:00 hasta las 05:00.
  • Prohibir reuniones familiares y sociales de personas que no pertenezcan al mismo círculo familiar.
  • Ley seca de 18:00 a 06:00, de lunes a jueves, y prohibición total el fin de semana.
  • Suspensión total de la jornada presencial del sector público desde el lunes 5 de abril.
  • Prohibir el acceso a playas y balnearios, con fines turísticos.
  • Suspender el funcionamiento de servicios y locales de entrenamiento, gimnasios, canchas deportivas, cines, teatros, parques. Mantener la prohibición de abrir bares, discotecas y centros de tolerancia.
  • Mantener la prohibición de eventos públicos masivos y celebraciones religiosas que generen aglomeraciones.
  • Suspender las clases presenciales de los planes pilotos aprobados previamente.
  • Restringir la circulación vehicular de acuerdo al último dígito de la placa:
    • Las placas pares no podrán circular los lunes, miércoles y viernes.
    • Las impares no podrán circular los martes, jueves y sábados.
    • El domingo 4 de abril no circularán las placas pares.
  • Los aeropuertos no se cierran y los requisitos para los viajeros internacionales son los que están vigentes.

Zapata dijo que las autoridades medirán la eficacia de estas medidas, para determinar su continuidad o no. Además, recordó que se requiere del Decreto Ejecutivo del presidente Moreno para las medidas entren en vigencia.

Dependerá de los números y, especialmente, del comportamiento ciudadano, hasta completar los 30 días del estado de excepción.

Juan Zapata, director del ECU911

Antecedentes legales del estado de excepción

El Ejecutivo, a través de su secretario de Gabinete, Jorge Wated, se quejó de la inflexibilidad de la Corte Constitucional (CC) que "golpea en una situación tan difícil".

Según el funcionario, sin el apoyo del organismo, "se comienza a ver un momento complejo y donde se podría tener una herramienta importante para controlar mejor, no se la tiene".

Por ello, el 31 de marzo, la Corte emitió un comunicado para responder y recordar que el presidente Moreno tiene intacta su facultad de emitir estados de excepción, ya que esto no ha sido restringido por el organismo.

Los magistrados señalaron que los estados de excepción deben ser focalizados y debidamente justificados “en función de criterios técnicos coordinados con las autoridades seccionales, de salud y de manejo de riesgos competentes”.

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