Martes, 23 de abril de 2024

Estado intenta cobrar USD 104,1 millones a sentenciados por corrupción

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

6 Nov 2020 - 0:05

Funcionarios de la Procuraduría exponen el proceso para recuperar el dinero de la corrupción, durante un taller con periodistas, el 5 de noviembre de 2020.

Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

6 Nov 2020 - 0:05

Funcionarios de la Procuraduría exponen el proceso para recuperar el dinero de la corrupción, durante un taller con periodistas, el 5 de noviembre de 2020. - Foto: Cortesía / Procuraduría

Luego de que la justicia sentenció a varias personas en ocho casos de corrupción, la Procuraduría inició el largo y complicado camino para cobrar las reparaciones para el Estado.

Solo dos de los ocho casos en los que la Procuraduría busca la recuperación de capitales robados al Estado han llegado a la fase de embargo.

Se trata de los relacionados con Álex Bravo, exgerente de Petroecuador, y de María Sol Larrea, exdirectora del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

La mayor parte de los sentenciados por casos de corrupción, incluyendo a los del llamado Caso Sobornos, prefiere guardar silencio y poner trabas a la hora de pagar las reparaciones.

Desde 2014, con la aprobación y entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal, el Estado ecuatoriano empezó a figurar como víctima en los casos penales por corrupción.

El nuevo marco legal le dio a la Procuraduría General del Estado (PGE) la opción de participar en los casos como acusadora particular y de emprender acciones legales para recuperar el dinero robado al país.

Con este objetivo, al interior de la PGE se creó la Unidad de Recuperación de activos.

Las cantidades a cobrar las fija la justicia, a través de las denominadas reparaciones integrales. Los sentenciados tienen la opción de pagarlas voluntariamente. Pero cuando esto no sucede empieza a funcionar la Unidad de Recuperación de Activos.

La Unidad -dirigida por Santiago Terán- trabaja en ocho procesos de recuperación de dinero. En total, el Estado pretende cobrar USD 104,1 millones.

El proceso

Una vez que la sentencia está en firme, la Procuraduría debe dirigir una petición de ejecución de la pena al Tribunal que juzgó el caso.

Los jueces, a su vez, calificarán la petición, notificarán a los sentenciados con el inicio del proceso de ejecución y nombrarán un perito.

El perito se encargará de calcular los costos e intereses que siga generando la deuda mientras dura el proceso de cobro.

Con el informe final del perito, los magistrados determinarán las cantidades definitivas que los sentenciados deben pagar y expedirán el mandamiento de ejecución, que establece el tiempo en el que los procesados deben cumplir con la reparación.

Hay tres caminos posibles:

  • Fórmula

Los sentenciados pueden proponer una fórmula de pago, que sea conveniente para ellos y para el Estado.

Para esto, deben entregar bienes en garantía, que sellen el compromiso de cumplimiento de la fórmula.

  • Oposición

Los sentenciados también pueden oponerse al mandamiento. Esto porque, mientras se hizo el pedido y se expidió el mandamiento, pudieron haber reunido la totalidad del dinero y realizar el pago al contado.

Tanto en el caso de la oposición como en el de la fórmula, los jueces convocarán a una audiencia de ejecución en la que se aceptará la fórmula o se verificará el pago y se archivará la causa.

  • Incumplimiento

Este último caso es el más común. Los sentenciados no plantean una fórmula de pago ni tampoco la oposición al mandamiento. Simplemente, guardan silencio y no cumplen con la sentencia.

En esos casos, en la misma audiencia de ejecución los magistrados ordenarán el pago a través de la fuerza de la ley. Ese proceso consta de cinco pasos:

  1. La justicia ordena la publicación del mandamiento de ejecución en la web de la Función Judicial.
  2. Se ordena el embargo de los bienes de los sentenciados, que fueron incluidos por la Procuraduría en la petición de ejecución.
  3. La Policía Nacional ejecuta los embargos y se levantan las actas de ejecución del embargo.
  4. Se realiza la inscripción de los embargos y estos pasan a ser administrados por los depositarios judiciales.
  5. Se rematan los bienes y el dinero recaudado entra a las arcas del Estado.

En los dos casos que han llegado hasta la fase de embargo, que son los del exgerente de Petroecuador, Álex Bravo, y el de la exdirectora del IESS, María Sol Larrea, el proceso de recuperación sigue siendo complicado.

En el caso de Bravo, cuyo monto de reparación supera los USD 300.000, solo se han podido ubicar USD 30.000 en una cuenta bancaria, es decir, el dinero para cubrir el 8% del total de la deuda.

Mientras que para Larrea, que debe pagar USD 3,6 millones, se ha dispuesto el embargo de una oficina y un departamento en Quito; un departamento en Guayaquil, y de varios lotes en El Empalme.

Los demás casos están en las etapas de investigación sobre los bienes y capitales que tienen los sentenciados, el pedido de ejecución y la expedición del mandamiento.

Se suma Sobornos

El 5 de noviembre de 2020 acabó el plazo para que los 20 sentenciados del llamado Caso Sobornos cumplan con el pago de USD 14,7 millones. Para esto la Procuraduría dispuso una cuenta en el Banco Central.

Sin embargo, hasta el cierre del plazo la Corte Nacional de Justicia no ha notificado del pago de ninguno de los sentenciados.

Por esta razón, desde el viernes 6 de noviembre, la Procuraduría ya puede hacer el pedido de ejecución y que la Corte emita el mandamiento.

En el pedido, la Procuraduría debe incluir los bienes que cada sentenciado tiene y que podrían servir para el cobro por la fuerza.

Para esto, la entidad debe solicitar información a 12 entidades del Estado:

  • Superintendencia de Bancos.
  • Unidad de Análisis Financiero.
  • Superintendencia de Compañías.
  • Superintendencia de Economía Popular.
  • Registros de la Propiedad.
  • Inmobiliar.
  • Agencia Nacional de Tránsito.
  • Función Judicial.
  • Dirección de Registro de Datos Públicos.
  • Notarías.
  • Servicio Nacional de Derechos Intelectuales.
  • Registro Civil.

Además, en la misma petición se puede solicitar a la justicia que disponga a los sentenciados plazos y mecanismos para cumplir con las reparaciones simbólicas, como la colocación de una placa, el ofrecimiento de disculpas y un curso de ética laica.

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