Viernes, 19 de abril de 2024

El presidente norma hasta la redacción de documentos y las reuniones

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

16 Jun 2021 - 17:55

"No todo tienen que ser reuniones", dice el presidente. El primer mandatario cree, además, que los funcionarios públicos dedican un considerable número de horas a elaborar documentos.

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Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

16 Jun 2021 - 17:55

Primer gabinete ministerial del gobierno del presidente Guillermo Lasso se reúne en el Palacio de Carondelet, en Quito, el 13 de junio de 2021. - Foto: API

"No todo tienen que ser reuniones", dice el presidente. El primer mandatario cree, además, que los funcionarios públicos dedican un considerable número de horas a elaborar documentos.

El presidente Guillermo Lasso, quien lleva menos de un mes en el cargo ya sacó una conclusión sobre la burocracia ecuatoriana: los funcionarios dedican "una considerable cantidad de horas a la elaboración y lectura de documentos innecesariamente extensos y repetitivos y a su posterior impresión".

Y, por eso, cree que se debe optimizar el uso del tiempo de los burócratas porque "eso redunda en ahorro de recursos del Estado".

¿La solución? El presidente firmó el Decreto Ejecutivo No. 85 en el que establece "los lineamientos para la brevedad y eficiencia en la realización de informes, dictámenes y otros actos de simple administración".

Eso quiere decir que los funcionarios públicos tendrán que aprender a redactar sus informes, dictámenes o escritos. Las normas son las siguientes:

  • Fijarán los puntos relevantes de su contenido en párrafos cortos y concisos.
  • Expresarán sus conclusiones con claridad y precisión.
  • Para remitirse a otros informes, bastará una referencia descriptiva y no la transcripción completa.
  • Se preferirá frases cortar y expresivas.
  • Evitarán el uso de formulismos.

Pero, además, Lasso cree que "no todo asunto requiere ser tratado en una reunión". El presidente dice a sus funcionarios que hay directrices e instrucciones directas que pueden ser emitidas por medio de un oficio, correo electrónico o una sumilla en lugar de hacer una reunión.

Para los ciudadanos

El presidente recuerda además que, salvo que existe una disposición legal contraria, "no se requerirá (...) la presentación de información o documentos que pueden obtenerse en base de datos de entidades que conforman el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos".

Y, en particular, dice el decreto "se prohíbe requerir copias de cédulas y certificados de votación".