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Sociedad

La justicia aún debe tramitar 1.928 infracciones del toque de queda

La Policía Nacional controló el cumplimiento del toque de queda en Guayaquil, la noche del 18 de marzo.

La Policía Nacional controló el cumplimiento del toque de queda en Guayaquil, la noche del 18 de marzo.

Cortesía Policía

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

03 sep 2020 - 00:03

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El 12 de septiembre de 2020, en Ecuador terminará el estado de excepción que está vigente desde marzo y que fue la principal medida para limitar la circulación en las ciudades y frenar la propagación del coronavirus.

Una de las restricciones que ya no se aplicará es la del toque de queda. En distintos momentos de la emergencia -y dependiendo de la ciudad y provincia- los ecuatorianos no pudieron movilizarse en determinadas horas.

Quienes incumplieron esa medida tuvieron sanciones diferenciadas: La primera vez recibieron una multa de USD 100. Por la primera reincidencia, de USD 400. Y en la segunda reincidencia fueron detenidos.

Pero todos quienes incumplieron la medida fueron procesados penalmente. La Fiscalía utilizó la figura contemplada en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

Este tipo penal considera penas de cárcel de uno a tres años.

Según el registro de la Fiscalía, entre el 13 de marzo y el 31 de agosto de 2020, se atendieron 2.023 noticias de delito de este tipo. Siendo Guayas la provincia dónde se concentra la mayoría de casos.

Más casos para una justicia rebosada

Antes de la pandemia, este delito se usaba con poca regularidad. Según los registros de la Fiscalía, el uso de esta figura se incrementó en un 28,5% durante la pandemia.

El porcentaje de incremento se obtuvo de la comparación del promedio mensual de casos del período de la emergencia, con el promedio del trimestre previo a la emergencia sanitaria.

El penalista Pablo Encalada explicó que cuando no están vigentes decisiones como las de esta emergencia, este tipo penal se utiliza para otros casos. Por ejemplo, cuando un juez dicta una medida y una persona no la cumple.

La Fiscalía inició un caso por este mismo tipo penal en contra de la exministra María de los Ángeles Duarte. Ella incumplió la presentación periódica dictada por un juez en el caso Sobornos.

Solo el 3,8% de los más de 2.000 suscitados en la emergencia ha recibido sentencia. El 0,7% de los casos se archivó y el 0,1% se suspendió.

Es decir, el 95,3%, que corresponde a unos 1.928 casos, todavía tiene que atravesar todo el proceso judicial. Estos casos llegan a complicar más a una justicia que ya estaba rebosada.

A inicios de 2020, la Fiscalía reveló que su presupuesto había redujo un 9,76% en los últimos seis años.

Más allá de los recortes, los casos fueron aumentando. En 2014, la Fiscalía atendió 309.393 casos y en 2019 se registraron cerca de 338.603.

Al aumento de casos y la disminución de recursos, se suma el déficit de agentes fiscales. Ecuador tiene una media de 4,90 fiscales por cada 100.000 habitantes. El estándar internacional es de ocho fiscales por cada 100.000 habitantes.

Además, el Consejo de la Judicatura denunció -en medio de la pandemia- que el Ministerio de Finanzas redujo en USD 19,5 millones su presupuesto, entre 2019 y 2020.

Lo que complica -no solo a la Fiscalía- sino también a las Cortes y Unidades Judiciales.

  • #Fiscalía General del Estado
  • #estado de excepción
  • #Consejo de la Judicatura
  • #Toque de queda
  • #emergencia sanitaria

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