Viernes, 29 de marzo de 2024

Reformas al COIP endurecen sanciones de fraudes bancarios

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

12 Jun 2021 - 0:03

A través de la reforma de un artículo y la creación de un nuevo delito, el proyecto de Ley de Violencia Digital plantea más controles a los crímenes informáticos.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

12 Jun 2021 - 0:03

Imagen referencial. Entre enero y mayo de 2020, la Fiscalía recibió 1.066 denuncias por suplantación de identidad. - Foto: Pixabay

A través de la reforma de un artículo y la creación de un nuevo delito, el proyecto de Ley de Violencia Digital plantea más controles a los crímenes informáticos.

El trámite del proyecto de Ley de Violencia Digital, que incluye varias reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), está en su etapa final.

El presidente Guillermo Lasso presentó el 10 de junio de 2021 una objeción parcial a la norma. Ahora, la Asamblea tiene 30 días para evaluar las sugerencias del Ejecutivo y enviar la versión final al Registro Oficial para que entre en vigencia.

Inicialmente el proyecto causó polémica por la reforma a dos artículos que podían generar censura a la prensa. La Asamblea rectificó y eliminó una de las reformas. Mientras que el presidente Lasso, en su veto, moderó la otra.

Además, el Mandatario recomendó cambios en lo que respecta a la violencia de género a través de medios digitales.

Pero, ni la Asamblea ni el Presidente hicieron cambios a las reformas planteadas sobre seguridad informática. El texto original que salió de la Asamblea se mantiene y podría entrar en vigencia de la misma forma.

Seguridad informática

Específicamente sobre delitos informáticos relacionados con la seguridad financiera, el proyecto plantea dos reformas. Ambos cambios legales incluyen estafas ya conocidas en el mundo digital como pharming y phishing.

  • Interceptación ilegal de datos

    En este delito ya existente, que se castiga con penas de tres a cinco años, el proyecto hace una distinción para los delitos bancarios.

    Actualmente, el COIP castiga a quien modifique el sistema de resolución de nombres de un servicio financiero o pago electrónico, de tal manera que induzca a una persona a ingresar a una dirección diferente.

    Pero, con la reforma, se agrega a la persona que posea, venda o distribuya programas u otros contenidos digitales destinados a ese tipo de fraudes financieros.

    La reforma aplicaría al delito financiero conocido como pharming. Esto ocurre cuando un atacante virtual redirige el tráfico web del usuario a un sitio creado y manejado por él, con el fin de extraer datos.

  • Falsificación informática

    Las reformas al COIP plantean un nuevo delito relacionado con los fraudes bancarios, se lo denomina falsificación informática.

    El proyecto busca sancionar con penas de tres a cinco años a la persona que introduzca, modifique, elimine o suprima contenido digital de un sitio.

    Se sancionará este delito siempre que con esta acción se produzcan datos o documentos no genuinos para engañar a un usuario.

    Por ejemplo, este delito aplicaría cuando desde un correo, que simula ser de una entidad bancaria, se falsifica un documento para obtener datos ilegales con base en engaños.

    Con la misma pena se sancionará a quienes usen los datos obtenidos a través de ese engaño para obtener un beneficio, como el retiro o transferencia de valores.

    En el mundo cibernético este tipo de delitos se conocen como phishing. Se trata de un ataque informático que por lo general usa el correo electrónico para estafar a las personas.

    A través de técnicas de manipulación emocional, los delincuentes generan confianza en las personas para poder robar su información y dinero.

Además, en ambos delitos el proyecto plantea una sanción agravada en un tercio de su pena máxima. Es decir seis años y ocho meses de cárcel para quienes perturben de forma grave o duradera un sistema informático, que apoye actividades como el bienestar económico de las personas.

¿Dónde y cómo poner una denuncia?

Al igual que en el resto delitos considerados en el ordenamiento jurídico nacional, para que las autoridades actúen sobre este tipo de fraudes, los perjudicados deben interponer una denuncia en una de estas tres dependencias:

  • El Sistema de Atención Integral (SAI) de la Fiscalía.
  • Las Unidades de Policía Comunitaria.
  • Las oficinas de la Policía Judicial (PJ).

En el siguiente video conozca cómo funciona el trámite en las oficinas de la Fiscalía.

Sin importar dónde se recepte la denuncia, esta tiene el mismo formato y las investigaciones se coordinan entre la Policía y la Fiscalía.

En la denuncia, los agentes receptan lo que se denomina como "datos operacionales", por ejemplo, como ocurrió el hecho y cuáles fueron las pérdidas.

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