Jueves, 02 de mayo de 2024

¿Quiénes pueden circular con los cambios al toque de queda?

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

24 Ene 2024 - 18:02

El transporte interprovincial, salubristas, abogados y servidores públicos de varias instituciones son parte de los 12 sectores exentos de la restricción de tránsito.

Policías durante un operativo de control a vehículos en Guayas el 24 de enero del 2024.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

24 Ene 2024 - 18:02

Policías durante un operativo de control a vehículos en Guayas el 24 de enero del 2024. - Foto: Policía

El transporte interprovincial, salubristas, abogados y servidores públicos de varias instituciones son parte de los 12 sectores exentos de la restricción de tránsito.

Con los cambios al toque de queda, que fueron decretados el martes 23 de enero por el presidente Daniel Noboa, al menos 12 sectores quedaron exentos de la restricción a la libertad de tránsito en el país.

La modificación se concretó una vez que, según el Gobierno, el estado de excepción vigente desde hace dos semanas por la crisis de inseguridad ha logrado reducir de 27 a 11 los homicidios diarios en Ecuador.

Así, la medida del toque de queda se eliminó para 160 cantones, mientras se mantiene vigente para otros 61, incluidos Quito y Guayaquil.

La restricción de tránsito se exceptúa para quienes se desempeñan en estas áreas:

  • Servicios de salud
  • Seguridad, gestión de riesgos y atención de emergencias
  • Servicios de emergencia vial
  • Servidores públicos relacionados con el Gobierno Central, la Asamblea y el Cuerpo Diplomático
  • Personal dedicado a asegurar la continuidad de los servicios públicos
  • Personas que formen parte de una cadena logística, incluido el sector exportador y empresas que funcionen en horario nocturno, debiendo portar las credenciales correspondientes
  • Transporte público interprovincial, y prestadores de servicios de transporte y logística aeroportuaria
  • Personas que deban trasladarse desde y hacia los aeropuertos por vuelos programados
  • Abogados que tengan diligencias y servidores públicos de la Función Judicial
  • Trabajadores de medios de comunicación social, siempre que lo justifiquen
  • Trabajadores de sectores estratégicos y servicios públicos como la energía y las telecomunicaciones
  • Abastecedores de cadena productiva

Las personas inmersas en estas excepciones deberán acreditarlo documentadamente, según el Decreto. Militares, policías y agentes de tránsito se encargarán de los controles. En caso contrario, pueden ser detenidas como aquellas que incumplan el toque de queda.

La restricción al tránsito a partir de las 23:00, que era de seis horas, disminuyó a cinco en zonas consideradas altamente peligrosas de diez de las 24 provincias del país.

En otras zonas de nivel medio de 14 provincias, el toque de queda será de tres horas en la madrugada, mientras que la medida fue eliminada para sectores de baja conflictividad de 22 provincias.