Martes, 30 de abril de 2024

Un cirujano impostor es condenado a seis meses de cárcel en Riobamba

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

4 Dic 2023 - 22:15

El condenado había practicado una cirugía plástica al rostro de una mujer, a pesar de contar con título de nutricionista.

Imagen referencial sobre cirujanos en un quirófano.

Autor: Redacción Primicias

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4 Dic 2023 - 22:15

Imagen referencial sobre cirujanos en un quirófano. - Foto: Fiscalía

El condenado había practicado una cirugía plástica al rostro de una mujer, a pesar de contar con título de nutricionista.

El Tribunal de Garantías Penales de Riobamba (Chimborazo) declaró culpable a Jaime F. y lo sentenció a seis meses de cárcel por el delito de ejercicio ilegal de la profesión, informó la Fiscalía el 4 de diciembre de 2023.

El ahora condenado había practicado una cirugía en el rostro –bichectomía y perfilamiento– a una mujer, el 1 de abril de 2021 en un consultorio médico en Riobamba, sin tener el título universitario que acredite su especialidad médica.

Es decir, el procesado ejercía como cirujano plástico, pero su título es de nutricionista y dietista, aseguró el Fiscal del caso.

Al practicarle el procedimiento estético a la paciente, le hizo unas incisiones en el rostro que le causaron dolor y sangrado no controlado, por lo que cerró los orificios. Al siguiente día, la víctima regresó al consultorio estético, pero el supuesto cirujano no logró solucionar su dolor ni heridas.

Ese mismo día, la mujer fue a una clínica privada donde fue atendida por un médico especialista en cirugía plástica, quien le practicó las correcciones respectivas al procedimiento efectuado por Jaime F.

Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad de Jaime F. con pruebas testimoniales, periciales y documentales.

También entregó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la versión de la víctima, el informe de reconocimiento médico-legal, certificado del registro de títulos (que confirmaron que el ya sentenciado es nutricionista y dietista), entre otros.

En Ecuador, el ejercicio ilegal de la profesión está tipificado en el artículo 330 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena de seis meses a dos años de cárcel.