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Política

Estas son las penas que se discutirán en la Asamblea sobre mal uso de uniformes militares y policiales

El uso de indumentaria de las fuerzas del orden en acciones del crimen organizado, preocupa a los legisladores. Las penas alcanzarían a los fabricantes de uniformes que no están autorizados por el Estado.

Miembros de las Fuerzas Armadas durante un operativo en Durán, Guayas, el 19 de enero de 2026.

Miembros de las Fuerzas Armadas durante un operativo en Durán, Guayas, el 19 de enero de 2026.

- Foto

Fuerzas Armadas.

Autor:

Roberto Rueda

Actualizada:

19 ene 2026 - 17:54

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Seis meses después de iniciado el debate en la Comisión de Seguridad y en medio de ataques perpetrados por sujetos vestidos con prendas policiales, el Pleno de la Asamblea debatirá el 20 de enero de 2026 reformas penales para sancionar el mal uso de uniformes de las fuerzas del orden.

La discusión inició a finales de julio de 2025, a raíz de una propuesta que dejó el exasambleísta Ramiro Vela (ADN), quien aseguró que solo en 2024 hubo algo más de 1.200 denuncias de actos delictivos en los que sus perpetradores usaban indumentaria policial o militar.

En parte, por la facilidad que existe para adquirir este tipo de uniformes ya sea por internet o en tiendas físicas. En agosto de 2025, PRIMICIAS constató que se pueden encontrar trajes de camuflaje, escarapelas y otros distintivos de la fuerza pública desde los USD 48.

  • La Asamblea quiere controlar con códigos QR, numeración y cámaras la venta de uniformes de la Policía y las Fuerzas Armadas

Aunque quienes los comercializan aseguran que son prendas que están descontinuadas o no son las oficiales de los cuerpos de seguridad, su similitud con las originales hace que el ciudadano común no sepa distinguirlas.

Eso facilita las acciones de grupos delictivos que han ejecutado masacres, como la que se produjo en isla Mocolí, en el cantón Samborondón, en Guayas, el 7 de enero de 2026.

En el ataque murieron Stalin Olivero Vargas, conocido como alias 'El Marino', cabecilla de Los Lagartos, Jefferson Xavier Sanlon Olivero y Richard Josue Mina Vergara.

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Los atacantes usaban ropa similar a la de policías y militares, llevaban pistolas y fusiles y abrieron fuego, según se pudo observar en las cámaras de seguridad de la cancha de fútbol en la que se dio el ataque.

Un vuelco en la propuesta

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La Comisión de Seguridad, en sesión del 15 de enero de 2026, aprobó el informe para primer debate.Asamblea Nacional.

En los primeros encuentros de la Comisión de Seguridad se empezó hablando de la creación de todo un marco normativo encaminado a estandarizar los uniformes, así como regular y sancionar su mal uso.

En su exposición, el exasambleísta Vela, dijo que se encontró que los propios policías y militares compran muchas veces sus uniformes en línea o en las tiendas físicas, pero los tonos de los colores o los modelos no coincidían unos con otros.

Por eso, planteaba como punto de partida la exigencia de homologar los uniformes de Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, pero también de otras fuerzas como las de los agentes de tránsito o bomberos.

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La propuesta incluía la necesidad de numerar las vestimentas para que se sepa a qué funcionario pertenecía en caso de pérdida o robo, y hasta que las indumentarias contarían con un código QR intransferible. 

Eso permitiría tener trazabilidad de las prendas, pero además se planteaba empezar a regular a las empresas que hacen los trajes y obligarlas a cumplir estándares definidos por ministerios como el del Interior y Defensa.

Sin embargo, el informe borrador para primer debate se centra únicamente en las sanciones. Dicho informe fue enviado para que sea analizado por el Pleno de la Asamblea en la sesión convocada por el presidente Niels Olsen para el martes 20 de enero de 2026.

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Para eso, propone reformas a artículos del Código Orgánico Integral Penal (Coip) que son:

  1. Circunstancias agravantes de una infracción (artículo 47, numeral 13)

    • Actualmente, el COIP considera un agravante "utilizar indebidamente insignias, uniformes, denominaciones o distintivos militares, policiales o religiosos como medio para facilitar la comisión de la infracción"
    • "La propuesta es que se reemplace ese texto por: "utilizar indebidamente uniformes, insignias, credenciales, denominaciones o distintivos de instituciones públicas, militares, policiales, religiosas o privadas de seguridad, como medio para facilitar la comisión de la infracción o para asegurar su impunidad, siempre que esta conducta no constituya el delito previsto en el artículo 364-A".
  2. Usurpación de uniformes e insignias (artículo 296)

    • La ley actual señala que "la persona que públicamente utilice uniformes o insignias de un cargo oficial que no le corresponden, será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días"
    • La reforma señala que "la persona que, sin autorización, use públicamente uniformes, insignias o distintivos propios de una institución del Estado, con el propósito de simular autoridad, inducir a error o beneficiarse de dicha apariencia, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a noventa días".
  3. Simulación de autoridad operativa

    • El proyecto plantea crear el artículo 364-A que señala: "la persona que, utilizando uniformes, insignias o distintivos propios de instituciones públicas sin tener derecho a ello, realice operativos falsos, controles simulados, retenciones ilegítimas, desalojos aparentes o movilización pública fraudulenta que afecten la seguridad de las personas, los bienes o la confianza institucional, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años".
    • Agrega que "si como consecuencia directa de estas conductas se produce la privación efectiva de la libertad, el ingreso no autorizado a un inmueble, el desplazamiento forzado de personas o una afectación patrimonial concreta, la pena será de tres a cinco años. Sin perjuicio de los tipos penales más graves que correspondan"
    • "Cuando las conductas descritas se ejecuten, utilizando uniformes o distintivos de la Policía Nacional o Fuerzas Armadas, la pena será de cinco a siete años".
  4. Comercialización no autorizada de uniformes e insignias institucionales

    • En el informe se propone implementar el artículo 364-B que señala que "la persona natural o jurídica que, sin autorización expresa de la institución competente, fabrique, importe, distribuya, comercialice, venda o ponga en circulación uniformes, insignias, credenciales, denominaciones o distintivos de instituciones públicas, militares, policiales, religiosas o privadas de seguridad, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años".
  • #Asamblea Nacional
  • #uniformes
  • #Policía Nacional
  • #Fuerzas Armadas
  • #militares
  • #Proyecto de ley
  • #crimen organizado

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