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Política

Corte Constitucional valida una propuesta de enmienda de Daniel Noboa y dos de Lucio Gutiérrez

La Corte Constitucional acoge una de las cuatro enmiendas presentadas por el presidente Daniel Noboa para quitarle poderes al Cpccs. En el caso de Lucio Gutiérrez, dos de sus cuatro propuestas, incluida la reducción del número asambleístas, recibieron dictamen favorable.

Imagen de archivo de la Corte Constitucional, en Quito, en octubre de 2025.

La sede de la Corte Constitucional, en el norte de Quito, en una fotografía de archivo.

- Foto

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Autor:

Roger Vélez

Actualizada:

03 mar 2026 - 19:02

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Una de las cuatro propuestas de enmienda a la Constitución presentadas por el presidente Daniel Noboa fue validada por la Corte Constitucional para su trámite por esta vía, pocos meses del referéndum que significó un duro revés electoral para el mandatario.

En el dictamen, que fue aprobado por el Pleno de la Corte el 22 de enero de 2026, pero que se hizo público este 3 de marzo, el organismo determinó que solo puede tramitarse por la vía de enmienda: el traslado de la atribución de designación de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) a la Asamblea Nacional y la implementación de nuevos procedimientos de designación.

La resolución implica que Noboa podrá avanzar con el trámite de esa iniciativa, que supone convocar a las urnas, aunque el 16 de noviembre de 2025 el mandatario no obtuvo respaldo, entre otras cosas, para convocar a una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Constitución. Aunque todavía la Corte debe estudiar el fondo del texto, y emitir otro dictamen.

Tres propuestas de Noboa rechazadas 

Por otra parte, la Corte descartó que se pueda emplear una enmienda para la creación de un registro de personas condenadas por delitos sexuales; y la adopción de una mayoría calificada de la Corte Constitucional para declarar la inconstitucionalidad de decretos de estado de excepción, leyes y consultas populares de iniciativa presidencial. El organismo consideró que eso restringe derechos y altera la estructura fundamental de la Constitución y el carácter republicano del Estado, respectivamente.

La Corte también determinó que no se puede tramitar vía enmienda la inclusión de los delitos de extorsión, robo y receptación en el artículo 81 de la Constitución, relativo a los procedimientos especiales y expeditos para juzgar determinados delitos cometidos contra personas en situación de especial vulnerabilidad.

Sobre esta última, señaló que no puede ser tramitada vía enmienda por restringir derechos y no guardar relación con la protección reforzada a las víctimas en situación de vulnerabilidad establecida en el artículo 81 de la Constitución.

Para más detalles puede revisar el documento adjunto:

Enmiendas de Lucio Gutiérrez

La Corte también se pronunció sobre cuatro propuestas del expresidente y exasambleísta de Sociedad Patriótica, Lucio Gutiérrez, sobre los derechos políticos de personas con sentencia penal, partidos y movimientos políticos, el número y tipo de asambleístas y sobre los requisitos para ocupar un curul.

Al respecto, el organismo resolvió que sí se puede tramitar vía enmienda "que los movimientos políticos sean únicamente de carácter nacional, y que cuenten con una organización nacional que comprenda al menos el 50% de las provincias del país".

Y también, reducir el número de asambleístas ajustando el número de habitantes necesarios para un escaño adicional, aunque eso ya ha sido rechazado en dos consultas populares impulsadas por Noboa y Guillermo Lasso.

En cambio, la Corte puntualizó que no se puede tramitar vía enmienda eliminar de la Constitución la representación de circunscripciones especiales, subir la edad mínima a 25 años y crear nuevas prohibiciones para ser candidato a la Asamblea, o  eliminar la suspensión de derechos políticos a personas condenadas penalmente.

  • #Corte Constitucional
  • #Daniel Noboa
  • #Ecuador
  • #Lucio Gutiérrez
  • #enmienda constitucional

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