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Política

Proyecto para controlar fundaciones tiene listo su informe para primer debate en Asamblea

La propuesta que deberá ir al Pleno de la Asamblea incluye reformas a la Ley sobre Lavado de Activos. Comisión de Desarrollo Económico aprobó informe para primer debate con ocho votos a favor y dos en contra.

La Comisión de Desarrollo Económico se reunió el 13 de agosto de 2025.

La Comisión de Desarrollo Económico se reunió el 13 de agosto de 2025.

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PRIMICIAS.

Autor:

Roberto Rueda

Actualizada:

13 ago 2025 - 22:34

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La Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea se reunió este 13 de agosto para aprobar el informe para primer debate del proyecto para regular y controlar fundaciones, rebautizado como "Ley de Transparencia Social".

El documento, que pasará al Pleno del Parlamento, fue aprobado con ocho votos a favor (oficialismo) y dos en contra (correísmo).

En la mesa legislativa se recogieron los criterios, observaciones y sugerencias de los propios legisladores, delegados de la ministra de Economía, de la Unidad de Análisis Financiero del Ecuador (Uafe), autoridades tributarias, entre otros.

Según la presidenta de la mesa legislativa, Valentina Centeno, de Acción Democrática Nacional (ADN) recibieron una decena de comparecencias y cerca de 40 observaciones verbales y por escrito sobre el proyecto. 

  • Ley urgente sobre fundaciones tiene primeras comparecencias en Comisión de la Asamblea

Con esos insumos, el informe para primer debate que deberá ser conocido por el Pleno establece los siguientes puntos, sobre las fundaciones y otras organizaciones de la sociedad civil:

  • La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria ejercerá́ la vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro.
  • Estas organizaciones deberán establecer mecanismos de control que prevengan el uso indebido de los fondos, garantizando que las transacciones estén alineadas con sus objetivos declarados.
  • Deberán implementar sistemas de debida diligencia para conocer a sus donantes, socios estratégicos, proveedores y beneficiarios.
  • Deberán presentar ante el ente de control un informe anual de gestión y uso de recursos.
  • Se crearía el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro. Será una plataforma digital, interoperable, integral y de acceso público, administrada por el Ministerio de Gobierno.
  • Las organizaciones deberán registrarse obligatoriamente en el Sistema, para iniciar operaciones. Sin el registro no podrán realizar sus actividades.
  • Se implementará incentivos para aquellas organizaciones que cumplan con la normativa. Estas retribuciones serán establecidas en el reglamento de la norma.

Cambios en otras leyes

Como era de esperar, la normativa generaría cambios en Ley de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular, que asumiría funciones de control sobre las fundaciones que antes no tenía.

  • Ley urgente sobre fundaciones inicia su trámite y ADN arrebata a la RC proyectos de consulta previa

También, en los artículos que hace referencia a Organizaciones Sociales, fortalecimiento de Organizaciones Sociales y libre asociación de la Ley de Participación Ciudadana.

Pero además, en este informe para primer debate se propone cambiar varios artículos de la Ley de Lavado de Activos y de la Financiación de otros Delitos. Los mas importantes son: 

  • Cuando la Uafe detecte operaciones sospechosas, podrá disponer la inmovilización cautelar de fondos en el Sistema Financiero Nacional y el Popular y Solidario.
  • Los montos inmovilizados relacionados con posibles operaciones de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o fraude, se transferirán a una cuenta única administrada por el Estado, dentro del plazo de cinco días.
  • La identidad del analista de la Uafe, que haya intervenido en la elaboración o análisis de un reporte de operaciones inusuales e injustificadas, tendrá carácter estrictamente reservado.
  • Se prohíbe a los operadores de justicia, partes procesales, abogados defensores y terceros el requerimiento o revelación de la identidad del analista, bajo sanción administrativa, penal o civil.

Impuesto en la distribución de dividendos

La Ley de Régimen Tributario sufriría modificaciones, si es aprobada esta propuesta, en lo referente a Impuesto a la renta en la distribución de dividendos o utilidades.

  • Gobierno prevé recaudar USD 545 millones con reforma tributaria incluida en nueva Ley urgente

"Los dividendos o utilidades que distribuyan las sociedades residentes o establecimientos permanentes en el Ecuador estarán sujetos, en el ejercicio fiscal en que se produzca dicha distribución, al impuesto a la renta único del 12% sobre el importe del monto distribuido", señala y proyecto.

Y emite ocho disposiciones para que se cumpla y ejecute la modificación en el ámbito tributario. Centeno aseguró que esto no implica crear un nuevo impuesto, sino regular un sistema ya existente y se genera un retención.

La legisladora de Revolución Ciudadana, Liliana Durán, aseguró que muchas observaciones de esa bancada no han sido incluidas en el informe preliminar.

Además, cuestionó la inclusión de la reforma de tipo tributario en este proyecto, porque aseguró que se estaría violentando, una vez más, la unidad de materia.

  • #Asamblea Nacional
  • #fundación
  • #Ley económica urgente
  • #Daniel Noboa
  • #Comisión de Desarrollo Económico

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