Reformas al Código Penal impulsadas por el correísmo serán revisadas por el oficialismo en la Asamblea
La polémica propuesta incluye un intento de aumentar las causales para la revisión de penas. Sectores político alertaron, en su momento, que se buscaría beneficiar al expresidente Rafael Correa.

ADN votó este 20 de agosto de 2025 en contra de la propuesta de Fernando Cedeño de votar por bloques las reformas al COIP.
- Foto
Asamblea Nacional.
Autor:
Actualizada:
Compartir:
Un año y medio ha pasado y en la Asamblea Nacional de Ecuador sigue sin haber consenso para aprobar unas polémicas reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), impulsadas por la bancada de Revolución Ciudadana.
El proyecto que salió de la Comisión de Justicia, que en el anterior periodo era liderada por el correísta, Fernando Cedeño, regresó este 20 de agosto a la mesa legislativa que ahora esta en manos de Acción Democrática Nacional (ADN).
El 15 de febrero de 2024, el Pleno fue convocado para aprobar las reformas. Cedeño propuso que la votación se haga en dos bloques, pero luego de varias horas de debate, diálogos y suspensiones, la sesión fue aplazada, hasta hoy que volvió a retomarse.
Uno de los puntos polémicos fue la inclusión por parte del correísmo de dos nuevos requisitos sobre la procedencia del recurso para revisar sentencias.
Según el COIP, este puede ser presentado sin importar el tiempo que ha pasado desde que se dictó la sentencia, pero se debe cumplir -al menos- una de tres causales. Estas son:
- Si se comprueba la existencia de la persona que se creía muerta.
- Cuando existen, simultáneamente, dos sentencias condenatorias por una misma infracción contra diversas personas.
- Si la sentencia se generó con base en documentos, testigos falsos o informes periciales maliciosos o errados.
Esto implica la presentación de prueba nueva y que deben ser acogidas para que un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) proceda a revisar el caso.
La Revolución Ciudadana propone, por su parte, que se incluyan dos causales más que son:
- Si se comprueba que los hechos que fundamentaron la sentencia fueron establecidos mediante vicios de procedimiento o violaciones al debido proceso.
- Cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas identifiquen violaciones a los derechos humanos o errores en el debido proceso en las sentencias.
Esta última fue la que activó las alertas, porque se incluye a comités de derechos humanos, que no tendrían en mismo valor de una corte internacional, como la CorteIDH.
Además, se eliminaría la condición de presentar prueba nueva para sustentar el pedido de revisión.
Bancadas como la de Construye y el propio Partido Social Cristiano (PSC), que en el anterior periodo contaban con un importante número de asambleístas, consideraban que esto beneficiaría al expresidente Rafael Correa, sentenciado en el caso Sobornos, a ocho años de prisión.
Consulta popular influyó
Este 20 de agosto, Cedeño lamentó que la propuesta nuevamente no haya sido acogida y que regrese a la Comisión de Justicia para ser modificada, ahora por la mayoría de ADN.
Cedeño aseguró que es por "odio" que no se logra un consenso para incluir los nuevos requisitos para revisar sentencias y negó que sea una reforma 'a la carta' para beneficiar a alguno de los condenados de correísmo.
Sin embargo, reconoció que, si se aprobase la propuesta, cualquier persona que considere que no tuvo un proceso penal justo, podría beneficiarse de esa modificación en el COIP.
No es lo único que frenó la votación en febrero de 2024. También, la cercanía de la consulta popular impulsada por el presidente Daniel Noboa en la que se planteó endurecer las penas para ciertos delitos influyó.
De hecho, con el triunfo del 'Sí' en esa pregunta muchos de los artículos incluidos en la reforma al COIP de Cedeño deberán ser eliminados, porque proponían casi lo mismo.
Compartir: