¿Cómo funciona la protección CAT, con la que el exministro José Serrano ha evitado su deportación desde Estados Unidos?
El exministro del Interior de Rafael Correa no logró obtener asilo en Estados Unidos, pero la justicia del país norteamericano bloqueó su deportación a Estados Unidos bajo el amparo de la Convención contra la Tortura (CAT). ¿Qué dice este tratado?

El exministro del Interior y expresidente de la Asamblea, José Serrano, en declaraciones medios el 5 marzo de 2018 en Quito, cuando era titular del Legislativo.
- Foto
Asamblea Nacional
Autor:
Actualizada:
Compartir:
José Serrano, exministro del Interior que permanece bajo custodia de agentes migratorios en Estados Unidos, no será deportado (de momento) desde ese país a Ecuador, donde le espera una orden de prisión preventiva por indagaciones en el caso del asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio en 2023.
La razón es que la jueza de asuntos migratorios de Miami, Romy Lerner, otorgó el 13 de mayo de 2026 al exfuncionario correísta una acción aplazada o protección temporal de acuerdo con la Convención contra la Tortura (CAT) de 1984.
Esto implica que Serrano permanecerá bajo custodia del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (ICE) en el centro de detención de Krome, en Miami, Florida.
Antes de la decisión de Lerner, el exfuncionario ya tenía algunas 'jugadas legales' para evitar la deportación.
En Ecuador, Serrano es considerado sospechoso de ser un presunto responsable intelectual del asesinato de Villavicencio, junto a Xavier Jordán, Leandro Norero y Daniel Salcedo.
Pero, ¿qué es exactamente el CAT y porqué impide, al menos de momento, que Serrano sea deportado desde Estados Unidos a Ecuador?
Un tratado firmado por Ecuador en 1985
CAT son las siglas para el tratado denominado Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas adoptado por el organismo internacional en 1984.
Ecuador firmó este compromiso en 1985 y lo ratificó en 1988, según indica la oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos para las Naciones Unidas.
Fue en 1998, bajo la presidencia de Jamil Mahuad, que el Estado ecuatoriano indicó a la ONU que reconocía la competencia del Comité contra la Tortura para recibir y examinar las comunicaciones con las un país pueda alegar que otra nación no cumple sus obligaciones respecto al tratado.
Entonces, ¿qué dice el tratado?
Exigencias del CAT
En el Artículo 2 señala que todos los Estados deberán tomar las "medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción" y que no se aceptarán circunstancias como estados de guerra o inestabilidad política interna como justificativos para ejercer tortura.
El CAT entiende como tortura toda acción intencionada por parte (o bajo consentimiento) de un funcionario público para causar sufrimiento físico o mental a una persona con el fin de obtener información o una confesión.
Específicamente en el Artículo 3 el tratado señala que "ningún Estado parte procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura".
Los Estados firmantes del CAT se comprometen, además, a incluir una educación e información completa sobre la prohibición de la tortura a personal civil o militar, y que en caso que se sospeche se haya cometido tortura, se tengan "autoridades competentes que procedan a una investigación pronta e imparcial".
Comité contra la Tortura pidió aclaraciones a Ecuador en enero
En enero pasado, el Comité contra la Tortura envió una carta al embajador de Ecuador ante la ONU para obtener información detallada sobre las acciones y medidas de un plan integral con enfoque de derechos humanos con el que "hacer frente a la crisis penitenciaria y, en particular, a sus causas sistemáticas".
En esa ocasión, el relator Abderrazak Rouwane, miembro del Comité, también mostró preocupación por la "participación continua de efectivos militares en el interior de los establecimientos penitenciarios" en los estados de excepción de enero de 2024 a junio de 2025, así como por el elevado número de muertes violentas en prisión e "informaciones que denuncian actos de tortura y el uso excesivo de la fuerza por parte de agentes estatales".
Sin embargo, el Comité bajo el amparo de la Comisión de Derechos Humano de las Naciones Unidas señaló que observó la incorporación del Protocolo de Minnesota para investigaciones relativas muertes presuntamente cometidas por miembros de la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas o el Cuerpo de Seguridad Penitenciaria"
Compartir: