Asamblea debatirá reformas al Código Monetario, ¿qué cambios se propone para los clientes de bancos y cooperativas?
El proyecto de ley de reforma al Código Orgánico Monetario y Financiero propone cambios para el sector bancario y de cooperativas. También se plantean cambios para el mercado de valores.

Imagen referencial de agencias bancarias en un centro comercial del norte de Quito, diciembre de 2025.
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PRIMICIAS.
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Redacción Primicias
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La Asamblea Nacional tratará en primer debate una nueva reforma al Código Orgánico Monetario y Financiero (Comyf). Está previsto que el debate se realice a las 10:00 de este jueves 2 de julio de 2026.
Se trata de una reforma propuesta en la Comisión de Régimen Económico y Tributario de la Asamblea, presidida por la asambleísta Nathaly Farinango, del partido de Gobierno, ADN.
El proyecto de ley propone cambios para el sector bancario y de cooperativas, enfocado en los servicios que ofrecen las entidades financieras a los clientes; pero también plantea reformas en el sector del mercado de valores y medidas de prevención para el lavado de activos.
Estos son algunos de los cambios que plantea esta reforma Código Orgánico Monetario y Financiero:
Cálculo y cobro de tasas de interés
Se propone que la tasa de interés por mora en los créditos se aplique solo sobre el valor del capital de la cuota o cuotas efectivamente vencidas e impagas.
Además, el proyecto "prohíbe toda maniobra que busque esconder bajo un acto o contrato legítimo la práctica ilícita de cobrar interés sobre interés, denominado 'anatocismo'".
No obstante, actualmente, el Comyf ya prohíbe el anatocismo. En el artículo 130 se establece textualmente que "se prohíbe el anatocismo".
La reforma que tratará la Asamblea también plantea que el interés de mora comience a devengarse a partir del día inmediato siguiente a la fecha de vencimiento de la obligación pactada.
"Dicho cálculo cesará de forma automática al momento del pago total de los valores en mora, en los casos que apliquen", dice el documento.
No obstante, el Comyf actual ya prohíbe cobrar intereses de mora o multas sobre capital no vencido, en el numeral 12 del artículo 255.
El proyecto también establece que las entidades financieras tienen la obligación de informar a sus clientes, de manera previa a la contratación y durante la ejecución del crédito, lo siguiente:
1. La metodología exacta de cálculo de las tasas de interés, costos y componentes de la operación crediticia.
2. Un desglose pormenorizado en los estados de cuenta que diferencie el capital pendiente de pago e intereses.
También se establece que en el caso de las deudas con tarjetas de crédito, si el cliente cumple con el pago mínimo pactado, la entidad financiera ya no podrá calcular ni cobrar intereses de mora.
Una tasa de interés especial para personas sin historial
El proyecto señala también que la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria establecerá un "régimen especial de tasas de interés de acceso al sistema financiero" para créditos destinados a personas naturales o jurídicas que "no consten en los registros de las centrales de riesgo crediticio" o carezcan de historial crediticio verificable.
Esto significa que habría una tasa de interés especial para aquellos que nunca han tenido un crédito.
Transferencias de dinero más ágiles
Además, el proyecto otorga al Banco Central de Ecuador un plazo máximo de dos años para implementar una infraestructura tecnológica que garantice la acreditación en tiempo real de las transferencias electrónicas entre cuentas del sistema financiero nacional.
Cambios en el mercado de valores
Se incluye a las instituciones financieras privadas (bancos y cooperativas) como intermediarios de valores en el mercado bursátil y extrabursátil.
El economista Alberto Acosta Burneo, editor de Análisis Semanal, explica que la reforma también permitiría que determinados procesos de negociación y subastas primarias de valores públicos se realicen fuera de las bolsas de valores, a través del BCE.
Sin embargo añade que hay riesgos. "La realización de operaciones fuera del mercado bursátil reduce la información pública disponible sobre precios y condiciones de negociación, dificulta el monitoreo integral por parte de los organismos de control y limita la capacidad de verificar que las transacciones se realizaron en condiciones de mercado y al mejor precio disponible", menciona.
Y añade que "la fragmentación de las operaciones entre distintos mecanismos de negociación también dificulta la transacciones y dificulta la trazabilidad de estas", con lo que aumentan los desafíos para detectar oportunamente operaciones vinculadas con lavado de activos.
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