Fallo abre la puerta para que Ecuador firme Tratados Bilaterales de Inversión, abandonados por Rafael Correa en 2017
La Corte Constitucional reinterpreta una de las normas más restrictivas de la Constitución y permite a Ecuador volver a firmar Tratados Bilaterales de Inversión con otros Estados.

El presidente Daniel Noboa recibió al Príncipe Heredero de Abu Dabi, Sheikh Khaled bin Mohamed bin Zayed Al Nahyan, 1 de marzo de 2026.
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Ecuador tiene nuevamente luz verde para firmar Tratados Bilaterales de Inversión (TBI), una herramienta que quedó prácticamente desactivada tras las decisiones adoptadas durante el gobierno del entonces presidente Rafael Correa.
Lo anterior tras un dictamen de la Corte Constitucional del 30 de marzo de 2026, en el que redefine el alcance del artículo 422 de la Constitución y abre una nueva etapa en la política de inversiones.
El cambio no es menor, sino estructural, pues reinterpreta una de las disposiciones que durante años fue de las más restrictivas y polémicas del marco jurídico ecuatoriano en materia de arbitraje internacional.
Álvaro Galindo, profesor de la Universidad Georgetown, de Washington, explica los antecedentes del fallo y lo que se viene para el país.
Constitución de 2008: "Querían niño y salió niña"
La Constitución de Montecristi introdujo el artículo 422, que prohíbe al Estado ceder jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional en controversias contractuales o comerciales.
La Asamblea Constituyente, de mayoría correísta, que redactó la Constitución, buscaban con esto prohibir los arbitrajes en materia de inversión, típicos de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI).
Y es que el entonces presidente Rafael Correa era un gran crítico de estos instrumentos y los acusó de abrir la puerta a millonarios juicios de petroleras y empresas eléctricas en cortes extranjeras, lo que consideraba que afectaba la soberanía y la economía del país.
Aunque ese era el espíritu que se buscaba con el artículo, esa prohibición en estricto sentido no incluía de manera taxativa los arbitrajes en materia de inversión, pues el artículo solo hace referencia a controversias de índole contractual o comercial.
De ahí que el jurista Eduardo Carmigniani acuñara la famosa frase "querían niño, pero les salió niña", en un artículo publicado en ese entonces.
No obstante, la interpretación dominante en los años posteriores apuntaba a que el artículo tuviera un mayor alcance.
Corte cerró la puerta a los TBI en 2017
La Corte Constitucional del período 2009–2012, conocida de forma crítica como la “Corte Cervecera” por los cuestionamientos sobre posibles conflictos de interés de algunos de sus jueces en casos vinculados a la Cervecería Nacional y por señalamientos de la supuesta influencia del gobierno de Rafael Correa, adoptó una interpretación amplia del artículo 422.
Esa Corte concluyó que la prohibición constitucional también alcanzaba a los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI).
La interpretación fue que el artículo 422 sí abarcaba el arbitraje inversionista–Estado, lo que llevó a desmontar buena parte de estos acuerdos, explica Galindo.
En ese año, el entonces presidente Rafael Correa denunció 17 Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) por incluir la posibilidad de que inversionistas extranjeros presenten arbitrajes internacionales para resolver sus controversias con el Estado ecuatoriano en cortes internacionales. Denunciar un tratado es retirarse formalmente de este acuerdo internacional.
El artículo 422 de la Carta Magna establece que Ecuador solo puede acudir a arbitrajes en el exterior que tengan como sede cortes en Latinoamérica.
Los tratados que Correa denunció eran con: Estados Unidos, Italia, Bolivia, Perú, España, Canadá, Argentina, Venezuela, Brasil, Francia, Suecia, Chile, Suiza, China, Alemania y Gran Bretaña, que incluye a Irlanda del Norte.
Salida: Ecuador pacta arbitraje en contratos desde 2019
La decisión tomada en el correísmo generó permanentes consultas de los inversionistas, por lo que en 2019 el Estado optó por incorporar cláusulas de arbitraje internacional directamente en los contratos de inversión, dijo Galindo.
Desde entonces, sectores como minería, petróleo, electricidad y telecomunicaciones han firmado contratos que incluyen estos mecanismos de arbitraje internacional, con sede principalmente en Santiago de Chile.
A diferencia de los tratados, estos arbitrajes se limitan a controversias contractuales específicas —como incumplimientos del contrato— y no a disputas bajo estándares de protección internacional a la inversión, que solo pueden activarse a través de tratados, explica Galindo.
El giro: la Corte cambia el criterio
Luego, en 2023, la Corte Constitucional concluyó que el arbitraje inversionista–Estado que había pactado Ecuador en el acuerdo comercial firmado con Costa Rica era incompatible con la Constitución por implicar una cesión de jurisdicción soberana, lo que obligó a renegociar el tratado.
Pero el reciente fallo de la Corte Constitucional sobre el Acuerdo de Inversiones con Emiratos Árabes Unidos cree que esa interpretación es un error y se aleja de esa posición y aclara que la prohibición constitucional expresamente solo hace referencia a controversias de índole contractual o comercial.
Luz verde, pero con condiciones, Ecuador debe renegociar con Emiratos Árabes
Pero el dictamen no es un cheque en blanco, explica Galindo, sino que La Corte declaró la constitucionalidad del acuerdo de inversiones con Emiratos Árabes Unidos condicionada a que se incluya una cláusula expresa que excluya disputas contractuales o comerciales del arbitraje internacional.
Esto obliga al Ejecutivo a renegociar el texto con su contraparte antes de ratificarlo, añade Galindo.
¿Qué cambia en la práctica? Para Galindo, el efecto es claro: “El gobierno tiene luz verde para empezar a firmar tratados de inversión, siempre que respeten los límites fijados por la Corte”.
Qué más implica para Ecuador:
- Ofrecer arbitraje internacional como garantía a inversionistas, incluso en el Ciadi, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, adscrito al Banco Mundial, que abandonó el correísmo en, pero al que volvió Ecuador en 2021 en el Gobierno de Guillermo Lasso.
- Aunque no elimina todos los límites, sí restablece una herramienta clave para competir por capital extranjero.
- Incluir capítulos de inversión en tratados comerciales.
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